La Justicia Federal de La Plata dictaminó ayer a favor de admitir la representación colectiva de los usuarios residenciales de gas al Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y Solidaridad (Cepis), la entidad que el año pasado logró frenar el tarifazo y obligó al Gobierno a convocar a audiencia pública. Ahora la entidad reclama la inconstitucionalidad de las resoluciones 212/16 y 74/17 que fijaron nuevos precios de gas en boca de pozo. “Para nosotros es importante que nuevamente nos reconozcan el carácter de actor para litigar en un proceso colectivo que puede llegar a beneficiar a los hogares de todo el país”, señaló a PáginaI12, Mariano Lovelli, presidente de Cepis. En el Ministerio de Energía, por su parte, aseguraron a este diario que por ahora prefieren no hacer declaraciones. 

El fiscal federal Guillermo Héctor Ferrara se pronunció por reconocer al Cepis en la acción declarativa de certeza que esa asociación planteó contra el Ministerio de Energía por la modificación del cuadro tarifario, que incrementó el costo de provisión del servicio a nivel nacional. En su dictamen, el funcionario del Ministerio Público consideró que la demanda estaba dirigida a proteger los derechos de la totalidad de los usuarios de gas de Argentina, lo que “incluiría a todas la categorías de usuarios previstas en las resoluciones atacadas (Servicio Residencial, Servicio General P, Servicio General G, Gas Natural Comprimido y Gran Usuario)”.

El fiscal también sostuvo que la Justicia Federal de La Plata es competente para intervenir en la demanda e indicó que corresponde “denunciar la existencia del proceso ante el Registro de Acciones Colectivas que lleva adelante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, así, dar inicio al proceso”. El juez Adolfo Gabino Ziulu debería ahora avalar la resolución del fiscal y avanzar con el tratamiento de la cuestión de fondo para resolver en lo que queda del año, aunque al haber sido recusado podría llegar a inhibirse y girarle las actuaciones a otro magistrado. 

El Cepis quiere saber “si resultan compatibles con nuestra normativa (o no), los diversos cuadros tarifarios establecidos por dicho ministerio, como resultante de la Revisión Tarifaria Integral, que fueran aprobados mediante Resoluciones 212/16 Y 74/17, por entender esta parte que, por un lado, no se cumplió en brindar la información adecuada y veraz establecida en el art. 42 de nuestra Constitución; por otro lado, entendemos que las actuales tarifas violan los preceptos de razonabilidad, justeza y accesibilidad, doctrina del Máximo Tribunal Nacional en el caso Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros C/ Ministerio de Energía y Minería S/amparo colectivo, expediente FLP 8399/16”. “Entendemos que el precio irrazonable establecido para el PIST (gas en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte) causa que los usuarios vean afectados sus derechos humanos reconocidos constitucional y supraconstitucionalmente”, dice el texto.

El Gobierno fijó el valor del millón de BTU de gas para los usuarios en 6,80 dólares, pero Cepis afirma que no tiene relación con los costos de las gasiferas. Para demostrarlo, cita el informe anual que YPF elevó a la SEC (equivalente estadounidense de la Comisión Nacional de Valores) donde reconoce un valor sustancialmente más bajo. “Para la petrolera, su costo de producción asciende a $171,59 por BOE (barril de petróleo equivalente, o barrel of oil equivalent, según su sigla en inglés)”, señala la presentación. “En su conversión, un BOE equivale a 5,615 Mmbtu (millones de unidades térmicas británicas). Por lo tanto, efectuando las equivalencias convirtiendo los pesos al dólar y del BOE al Mmbtu , el costo de producción de gas (...) asciende a la suma de 2,09 u$s/Mmbtu”.

El 24 de mayo de este año, PáginaI12 le preguntó al ministro de Energía Juan José Aranguren si era razonable que las empresas recuperen en cuatro años lo que perdieron en 12 años por el congelamiento de tarifas. “Si hubiésemos sido irrazonables la Corte tendría que haber actuado. ¿Qué presentación hizo Cepis? Debo asumir que el aumento fue razonable”, respondió el funcionario. Finalmente, la presentación de Cepis llegó y ahora deberá resolver la Justicia. En caso de considerar que los nuevos precios no cumplen el criterio de razonabilidad el tarifazo quedaría nuevamente anulado para los usuarios residenciales.