La Justicia cordobesa le reconoció a una mujer de la comunidad islámica su derecho a rezar en una mezquita en el mismo espacio físico que los hombres, sin una barrera física. A la vez, consideró su derecho a compartir otras actividades del culto junto a los varones como lo hacía anteriormente, bajo la dirección de otro sheik (líder religioso).
El dictamen fue otorgado por la jueza Mariana Wallace, a cargo del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de cuarta nominación de la ciudad de Córdoba. La entidad consideró que el límite para el ejercicio del derecho a profesar una religión se encuentra dado por el orden público.
En la resolución, el juzgado señaló que el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y discriminación "forma parte del orden público argentino", en lo dispuesto por el artículo 6, inciso b, de la ley N° 2.6485. Asimismo, Wallace hizo uso del "principio de no regresividad" de los derechos humanos, entendido como "la prohibición de adoptar medidas deliberadas que supongan el empeoramiento del nivel de goce de un derecho".
La denunciante alegó que el nuevo sheik le imponía viejas prácticas, ya superadas por sus predecesores. Ante esta situación, el juzgado dispuso medidas de resguardo previstas en la ley de Violencia Familiar y de Género, mientras que, una vez vencidas, formuló una serie de recomendaciones a quienes dirigen la mezquita en cuestión.
A raíz de las pruebas reunidas en la causa, Wallace consideró que las acciones del nuevo líder religioso no estaban justificadas por razones de suficiente peso para desinstalar la práctica establecida por el anterior imán (quien guía la oración). "Los argumentos no son los suficientemente contundentes para justificar la regresión en el ejercicio del derecho", ratificó.
Además, la magistrada se refirió a la postura de la mujer, quien no objeta rezar detrás de los varones, sino el hecho de hacerlo detrás de una biblioteca. En esta línea, añadió: "La denuncia fue realizada por el marido de la mujer. Para los musulmanes, la vida religiosa impacta de una forma legal. Y esto trae tensiones en el ejercicio de derechos cuando se encuentran en un Estado laico".
Por su parte, el sheik puso en juego el argumento religioso de que el mobiliario colocado delante de las mujeres tenía la función de evitar que el paso de los hombres “interrumpa” su rezo. Explicó, también, que el espacio que se les reservó no era incómodo ni las degradaba, que él busca la paz y la concordia entre hombres y mujeres, justificando esa separación con la práctica de viejas costumbres.
Ante esto la jueza planteó que “son justamente esos valores de tolerancia, libertad y respeto mutuo los que obligan al tribunal a recordarle al denunciado que su imposición de volver a colocar una biblioteca delante de la mujer en oportunidad de rezo, como así impedirle que comparta las conversaciones e ingesta de comida tras el rezo, no respeta a esta mujer en singular”.
En esta línea, Wallace ordenó a la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG) que articule acciones con la mezquita para promover el ejercicio efectivo de los derechos de la denunciante.
En medio de la disputa, se alzó la voz del imán Jihad Sleiman, presidente del Centro Islámico de Córdoba, quien afirmó que este era un caso particular y que este fallo puede dejar asentada una jurisprudencia. Por esta razón, las mujeres musulmanas del Centro interpretarán el fallo a través de abogados.
El referente explicó que en la religión existen mujeres que prefieren rezar detrás de “un muro” y otras que no, pero que de todos modos “en nuestra mezquita están las dos opciones”. Y aclaró que la separación entre hombres y mujeres para el momento de la oración está establecida en el culto islámico.
Sumado a esto, apuntó que “hay puntos grises en el dictamen”, tras no coincidir con la jueza en que este era un caso de violencia de género. “En el fallo pareciera que la jueza interpreta que los hombres rezan en la mezquita y las mujeres en la calle”, asentó. Y cerró separando a la justicia de la religión: “La jueza no puede tener injerencia en lo que cada culto es o la forma en que lleva adelante sus oraciones y su práctica”.