La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunció en la Justicia Federal a la empresa litífera Galaxy Lithium, que explota en Catamarca el proyecto Sal de Vida, por los delitos de evasión simple y evasión agravada. La presentación judicial contra la firma minera es por presentar una declaración jurada que en principio sería “engañosa”. La presentación fue realizada esta semana ante la Fiscalía Federal de Catamarca.

La AFIP advirtió que la firma de capitales australianos que opera en el departamento de Antofagasta de la Sierra, ocasionó un perjuicio al fisco nacional por un total de 198.060.815 pesos en el pago irregular del impuesto a las Ganancias durante el periodo fiscal 2018. Según el organismo, hasta la fecha, la empresa no saldó la deuda, ni solicitó un plan de pago para regularizar su situación.


Galaxy Lithium se suma a las mineras Livent y Liex-Zijin que también fueron denunciadas por la AFIP por maniobras fraudulentas al momento de declarar sus ingresos y egresos para el pago de impuestos nacionales. 

Galaxy Lithium actualmente se denomina Allkem luego de la fusión entre las marcas internacionales Galaxy Resources y Orocobre en 2021. Además, Allkem (ex Galaxy) está vinculada con Livent, luego de que ambas firmas se fusionaran a principio de año. Sin embargo y por el momento, Allkem y Livent operan en Catamarca en forma separada.

Las anomalías detectadas corresponden a las declaraciones presentadas por la empresa minera y fueron descubiertas en un trabajo de auditoría realizado por la AFIP en el año 2019.

Según la Agencia Federal de Impuestos, Galaxy ha presentado una “declaración jurada engañosa”, lo que a su criterio representa un medio comisivo para el tipo penal de “evasión de tributos”. Sin embargo, esta no es la única irregularidad que detectó la AFIP en el accionar de Galaxy, también denunció que la firma realizó deducciones de gastos que no están contemplados en la ley de Impuestos a las Ganancias para el tipo de actividad minera que realiza en la provincia de Catamarca y que son específicos. 

En este sentido, el organismo recaudador consideró que el hecho de incluir gastos que no pueden ser justificados con documentación específica deja de manifiesto “una maniobra de acción idónea” de la que claramente surge que se encuentra acompañada del elemento adicional, “esto es el ardid o engaño” dirigido a ocasionar un daño inevitable al fisco, ya que logra con ello disminuir la utilidad en el impuesto a las ganancias para ingresar “en muchísimos menos” el tributo que le corresponde.

Fuente: El Ancasti