La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves un plateo realizado por los grupos ambientalistas que se oponían a la exploración petrolera en el Mar Argentino, en una zona ubicada a unos 300 kilómetros de las costas de Mar del Plata.

De esta manera, los planteos presentados por organizaciones o particulares desde que se anunció el proyecto, quedaron desestimados.

La exploración sísmica comenzó días atrás en el bloque Cuenca Argentina Norte (CAN) 100-a 307 kilómetros de Mar del Plata, a cargo de la empresa Equinor, que está asociada a YPF y Shell. La operación también abarcará a los bloques CAN 108 y 114, a 307 y 443 kilómetros de la ciudad, respectivamente. La exploración se extenderá por, al menos, tres meses.

El domingo llegó por primera vez a la ciudad el Geo Service I, el barco que llevará suministros al BGP Prospector, buque a cargo de las tareas para determinar la presencia de petróleo a más de 300 kilómetros de las costas locales.

El camino judicial

Los recursos habían sido interpuestos por representantes de la Fundación Greenpeace Argentina y otra decena de organizaciones ambientalistas, a los que se había sumado un conjunto de representantes individuales. , Fue rechazada con el votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, que resolvieron que “el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal” debe ser desestimado.

La historia de la demanda que mantenía trabado el proyecto comenzó a fines del año 2021 cuando el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible autorizó el el comienzo de los trabajos a cargo de la empresa Equinor Argentina S.A.

Ya en la previa de aquel permiso, el grupo de ambientalistas sostenía que la iniciativa afectaba el ecosistema marino, razón por la cual realizaron una presentación en el Juzgado Federal 2, que hizo lugar al amparo.

Con el proyecto paralizado, el litigio llegó a la Cámara Federal de Apelaciones luego de la apelación del Estado Nacional, que luego de exigir el cumplimiento de algunas pautas para garantizar el desarrollo de las actividades, revocó parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Martín.

Sin embargo, los ambientalistas presentaron un recurso extraordinario de queja que fue el que finalmente quedó en manos de la Corte, que finalmente resolvió desestimar los planteos.