El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta condenó a seis meses de prisión en suspenso a la gendarme Karen Depaoli y a su colega Enrique Gehrmann, tras hallarlos penalmente responsables del delito de "allanamiento ilegal en concurso ideal con el de incumplimiento de deberes de funcionario público".

Depaoli y Gehrmann se desempeñaban en la Agrupación Séptima de la Gendarmería Nacional con el grado de subalférez. El 5 de noviembre de 2021 ambos ingresaron a un inquilinato ubicado en el barrio San José, en la zona oeste de la ciudad de Salta. En el proceso judicial se probó que iban uniformados, lo que provocó que la moradora del departamento al que ingresaron no opusiera resistencia ni cuestionara cuando le dijeron que cumplían una orden judicial, que en realidad no existía.

La pareja de agentes buscaba droga pero no halló nada sospechoso. Al retirarse, Depaoli confeccionó un acta en la que suscribió el nombre de otra suboficial, la hizo firmar a la moradora y no le dejó copia. De esta manera trató de darle cierto sesgo de legalidad a la intromisión.

La moradora hizo una denuncia después y aseguró que los gendarmes habían robado dinero y joyas. La Policía de Salta inició una investigación y ubicó a la pareja de gendarmes, ya que el lugar poseía cámaras de video.

En ese marco, las autoridades locales de la Gendarmería Nacional identificaron y pusieron al implicado y a la implicada a disposición del Juzgado de Garantías N° 8 del fuero provincial, que se declaró incompetente y el caso quedó en manos de la Unidad Fiscal Salta. 

Absolución, revocatoria y condena

El 23 de septiembre del año pasado el caso llegó a juicio ante el TOF 2, en ese momento integrado por Abel Fleming, Domingo Batule y Gabriela Catalano.

La pareja de gendarmes reconoció antes sus superiores que había cometido un allanamiento ilegal. La medida fue impulsada por Depaoli, quien llamó a Gehrmann para realizar el allanamiento.

La subalférez dijo que una amiga le había dado información, que sumaba al hecho de que la denunciante era investigada por otra área de la Unidad Fiscal, aunque esa investigación se frustró precisamente por el allanamiento sin autorización judicial. En el juicio se deslizó la hipótesis de que esa irrupción estaría motivada en un fin espurio, pero no se avanzó en esa línea. 

Finalmente, el 28 de octubre de 2022 el tribunal absolvió a la pareja por entender que no hubo allanamiento ilegal. “No hemos advertido que se haya forzado o violentado la voluntad expresa o presunta de la moradora que tenía derecho a excluir a los acusados, y que el acto no se trató de un allanamiento, sino del ingreso a una vivienda que se practica a partir de un acto previo de la moradora, que invita a pasar a los funcionarios públicos”, afirmaron los jueces y la jueza.

La Unidad Fiscal interpuso un recurso de casación. El fiscal federal Eduardo Villalba consideró erróneo el análisis del tribunal y afirmó que incumplió los “deberes de fundamentación tras valorar arbitrariamente la prueba producida en el juicio”. Insistió en que los acusados ingresaron sin tener autorización, resaltó que estaban uniformados y dijeron que “tenían que hacer un allanamiento”, a la vez que rechazó como válido el consentimiento de la moradora. “Más aún si se tiene en cuenta que la supuesta acta de allanamiento fue luego encontrada en trozos en un tacho de basura”, en la casa de Depaoli, agregó el fiscal.

El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación, Javier De Luca, reforzó la posición de la fiscalía de Salta respecto al consentimiento expreso, al señalar que “tales límites no son solo los que pone el morador, sino que también deben considerarse, para evaluar el caso, aquellos que pone la ley" y aseveró que "la sentencia impugnada no tuvo en cuenta las prescripciones legales que autorizan el ingreso de funcionarios estatales en un domicilio particular”.

En febrero de este año la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinscky, revocó la absolución por entender que “se ha efectuado una valoración aislada y fragmentada de las pruebas reunidas en el proceso, cuyo análisis tampoco cumple con las reglas de la sana crítica racional", lo que a su vez "derivó en una errónea interpretación y aplicación de la ley sustantiva en el caso". Con lo que "la decisión del tribunal de la instancia previa responde a una mirada parcial de las circunstancias que rodean el suceso de autos y, por ende, resulta arbitraria”. Casación declaró penalmente responsables a ambos acusados y ordenó que la Oficina Judicial de Salta avanzara con la determinación de pena.

En su voto el juez Hornos destacó las garantías constitucionales que protegen la propiedad privada, y reiteró el carácter de inviolable del domicilio, como lo establece el artículo 18 de la Constitución Nacional. Recordó asimismo que “la Corte Suprema se encargó de afirmar que sólo los jueces son los habilitados para expedir órdenes de allanamiento, a la vez que estableció que el consentimiento prestado por el morador carecía de efectos por las circunstancias en que fue dado”.

Respecto a la acusación de incumplimiento de deberes, Hornos resaltó que los gendarmes “contaban con el conocimiento específico de las normas que regulan institutos invasivos de la intimidad como lo es un allanamiento de morada”. Por ende, consideró que “el tribunal de juicio sopesó arbitrariamente la prueba producida”.

La resolución de la causa se demoró porque una vez que quedó firme este fallo de Casación, el TOF 2 sostuvo que era imposible seguir adelante con el juicio de determinación de pena porque ya tenía formada una convicción de inocencia de los gendarmes, por lo que se excusó. El caso recayó en el TOF 1, que se opuso. Luego el TOF 2 trató de que la competencia fuera dirimida por la Corte Suprema de Justicia, después se jubiló el juez Fleming y fue recusado Batule, y así se llegó a octubre, cuando el tribunal 2, integrado por Gabriela Catalano, Marta Liliana Snopek y María Alejandra Cataldi llevó a cabo el juicio por las penas.

En esa instancia la fiscalía requirió para Depaoli una pena de 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación por el mismo tiempo, mientras que para Gehrmann pidió un año y medio de prisión, con la misma inhabilitación. Las defensas apelaron al mínimo de la escala delictiva, planteo que terminó por imponerse por parte del tribunal, de manera unánime.