La Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia que había rechazado la demanda de la Unión de Usuarios y Consumidores para que la filial de la francesa Peugeot Citröen venda sus automóviles provistos de matafuegos y compense a los particulares que debieron adquirirlos en los últimos 10 años. Aquel fallo fue dictado por la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que sostenía que la UCC no estaba “legitimada” para promover esa demanda invocando la representación de los supuestos damnificados. La Corte revocó esa decisión, lo que implica que la entidad de consumidores ahora recobra su legitimidad para introducir la demanda. La UUC. La entidad pidió que se provea a todas las unidades nuevas del matafuego reglamentario y se entregue ese elemento de seguridad a los adquirentes de todas las unidades comercializadas durante los últimos 10 años. La empresa afirmó que la obligación de poseer matafuego reglamentario “no pesa sobre el fabricante de automotores, sino que está a cargo de los usuarios de los rodados”.