La jueza civil Analía Romero se excusó de intervenir en el expediente en el que fueron suspendidas las elecciones en Boca Juniors. La magistrada, que quedó al frente de la causa después de que se apartara Alejandra Abrevaya -que resolvió la suspensión de las elecciones en el club-, justificó su decisión ya que es socia activa del xeneixe designada por el macrismo, condición que adquirió sin haber pasado por la categoría de adherente. Eso significaría que habrá un nuevo sorteo y un nuevo juez o jueza.

Romero, integrante de una agrupación de magistrados afín al macrismo -Compromiso Judicial- pasó sin escalas a activa en tiempos en que conducía el club Daniel Angelici, hombre clave de Macri, cuya estrategia en términos de ampliar el volumen de socios consistió en privilegiar, primero, a jueces, juezas y fiscales, por sobre otros socios adherentes.

La cuestión del pase de adherente a activo es justo el fondo de la polémica actual, porque la lista de Andres Ibarra-Mauricio Macri cuestiona el padrón habilitado para votar, al señalar que hay 13.000 socios que eran adherentes y pasaron a activos en 2021

La primera jueza sorteada para llevar adelante la causa presentada por Ibarra y Macri fue Abrevaya, hermana del dirigente del PRO Sergio Abravaya. El nuevo sorteo hecho por el Centro de Informática Judicial recayó en Romero, sobre quien, pocas horas después de quedar designada, se conoció que había llegado a ser socia activa en la gestión de Angelici. 

"Uno para ser juez tiene que estudiar un montón, hay que felicitar a todos. Hoy nosotros podemos decirle al hincha que Analía Romero lleva adelante la causa. Ella, en 2013, junto con su marido y su hijo pasaron a ser socios de nuestro club. Al ser socia, ella tuvo que verificar todos los papeles me imagino, porque ellas es juez y si aceptó debe ser reglamentario...", señaló el vicepresidente de Boca, Juan Román Riquelme, en la entrevista que dio a El Canal de Boca.

Y agregó: "Eso a mí me demuestra que hoy es un gran día, porque si ella aceptó ser socia con su marido y su hijo vamos a tener elecciones", dando por hecho que la presentación de Ibarra apunta contra los mismos mecanismos utilizados por Angelici.  

Sin embargo, la jueza eligió apartarse de la causa, antes que habilitar las elecciones, utilizando la figura de a "excusación" con el objetivo de  "ejercer la objetividad de la actividad jurisdiccional para posibilitar un proceso adecuado", argumentando su decisión con la jurisprudencia asentada sobre el artículo 30 del Código Procesal Civil; y en particular  para los casos de asociaciones, clubes y círculos deportivos.