La Corte recibirá otros planteos contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Será a través de un per saltum que presentará el Observatorio por el Derecho a la Ciudad. Así lo anunció después de que el juez federal Enrique Lavié Pico rechazara una acción de amparo que habían presentado contra el megadecreto. El magistrado –que está de feria en la primera instancia de los tribunales en lo contencioso administrativo– también denegó la acción que había introducido el expresidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal Jorge Rizzo, que también buscará llegar rápido al cuarto piso del Palacio de la calle Talcahuano.

El economista Claudio Lozano, el Observatorio, la CTA Autónoma y ATE presentaron el primer amparo contra el DNU. Lo hicieron el 21 de diciembre, horas después de que saliera publicado. El juez Esteban Furnari accedió a tramitarlo como un proceso colectivo –lo que fue visto con buenos ojos por el gobierno de La Libertad Avanza (LLA) que pretendía concentrar todas las impugnaciones contra el decretazo en el fuero contencioso administrativo.

Entrada la feria, Lavié Pico desarmó el proceso colectivo y, de esa forma, todos los cuestionamientos pasaron a tramitar en los juzgados que habían sido inicialmente presentados. La Cámara del fuero –integrada por Carlos Grecco y Sergio Fernández– validó su decisión.

Ahora, Lavié Pico resolvió rechazar las acciones de amparo que habían presentado el Observatorio y Rizzo. Ya había denegado la cautelar que había pedido el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Los argumentos centrales de Lavié Pico para rechazar los amparos fueron que los peticionantes no se encontraban afectados por las medidas y que, por ende, no había caso o controversia para zanjar por parte del Poder Judicial. Concretamente, el juez dijo que el Observatorio, Lozano, la CTA Autónoma y ATE no pueden representar a todos los habitantes de la Nación argentina y que incluso el estatuto del Observatorio decía que su incumbencia está en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

En esa línea, Lavié Pico afirmó que el Poder Judicial no puede expedirse en forma general sobre la constitucionalidad de las normas emitidas por los otros poderes del Estado. La decisión fue criticada por el Observatorio. “Estamos frente a una sentencia arbitraria que no analizó ninguno de nuestros planteos con seriedad y llena de afirmaciones abstractas que no respetan los precedentes de la Corte Suprema”, afirmaron a través de un comunicado en el que anunciaron que tratarán de llevar el tema al máximo tribunal a través de un per saltum –un mecanismo que permite llegar rápido a la Corte saltándose instancias.

Según la asociación civil, el fallo de Lavié Pico “implica un desconocimiento manifiesto del derecho humano a la Democracia y al Sistema Republicano que tiene cada habitante del país a que las decisiones que afectan sus derechos y la regulación de la sociedad sean adoptadas con su participación, ya sea indirecta (Congreso) o directa. El DNU Tiránico implicó la quita de numerosos derechos sin intervención del Congreso y no cumpliendo los requisitos excepcionales que establece la Constitución Nacional para que el Poder Ejecutivo pueda adoptar decisiones legislativas. Cada habitante del país está directamente perjudicado cuando no se respetan las normas democráticas”.

Rizzo también fue crítico de la decisión del juez. El dirigente de Gente de Derecho (GDD) habló de la “celeridad total” del juez para resolver después de que él presentara su último escrito a las dos de la madrugada. “Apelaremos y per saltum”, adelantó.

Una derrota para Barra

La gran apuesta del procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, fue concentrar todos los cuestionamientos contra el DNU en el fuero contencioso administrativo. Para eso, pretendía que la Cámara le diera la razón y le reclamara al fuero laboral el amparo que presentó la CGT –y con el que consiguió la primera cautelar con la que logró frenar el capítulo IV del megadecreto.

Sin embargo, Grecco y Fernández rechazaron tal pretensión este martes. Los camaristas siguieron los lineamientos que había establecido la fiscalía: que la impugnación de la CGT debe continuar en el fuero laboral porque lo que cuestiona es el capítulo que introduce una reforma en el mundo del trabajo.

El gobierno llevó a la Corte la cautelar que consiguió la CGT. Pretende que los supremos la revoquen. En la Corte ya está el planteo contra el DNU que presentó la provincia de La Rioja con el patrocinio del excortesano Raúl Zaffaroni y el constitucionalista Gustavo Ferreyra. El máximo tribunal ya avisó que analizará los pormenores en cuanto termine la feria de enero.Sin embargo, ya le pidió un dictamen a la Procuración General de la Nación.

En los próximos días podrían llegar, de acuerdo a lo anunciado, los per saltum del Observatorio y de Rizzo.

La apelación del CELS

El CELS anunció que apeló el fallo de Lavié Pico en el que les había negado la legitimación colectiva para actuar y en el que había rechazado la cautelar contra el DNU.

“Respuestas judiciales como éstas pueden incentivar este tipo de DNU, en los que se incorporan numerosos temas, materias y asuntos en una única norma de ‘excepción’. El Poder Judicial autolimita su función constitucional, allí donde más se necesita”, reclamaron desde el organismo de derechos humanos.

“El DNU es inconstitucional porque el Ejecutivo usa poderes de emergencia para reformar normas jurídicas de forma permanente, invade competencias legislativas y limita la participación ciudadana que es la base legitimidad de las normas en un Estado democrático. Se trata de una reforma masiva, estructural, regresiva y sistemática. El gobierno sigue sin explicar cuál es la relación entre la crisis que pretende solucionar y el uso de esta herramienta excepcional, ni cómo los cambios que plantea el DNU pueden superar la pobreza”, puntualizaron.