El lunes pasado comenzó el juicio oral con jurados populares en el que la joven de 21 Dahyana Gorosito enfrenta serios cargos por la muerte de su beba recién nacida el 20 de mayo de 2016. El 15 de mayo de 2016 Dahyana fue forzada a dar a luz en un baldío por quien entonces era su pareja, Luis Oroná. En esa madrugada Oroná –que consideraba que la nena no “era suya”-, después de negarse a llevar a la joven al hospital, la interceptó en la calle cuando salía hacia el centro de salud de la zona porque estaba con contracciones. Oroná la condujo hacia un descampado y después del parto la abandonó, llevándose a la nena.

Después de esto, Dahyana, bajo presión de su ex pareja, dio una versión de los hechos que daba cuenta del nacimiento sin vida de su hija en el Hospital José Miguel de Urrutia, de Unquillo, y que el cuerpo no le había sido entregado.

La joven supo de la muerte de la beba recién el 5 de junio, cuando la policía encontró el cuerpo en la casa que compartía con Oroná y parte de la familia de éste, después de cuatro allanamientos. Entonces Dahyana seguía internada con custodia policial en el Hospital Rawson de Córdoba, debido a una infección por las condiciones inhumanas en las que tuvo lugar el parto.

La autopsia aportó el dato de que la causa de muerte de la beba había sido hipotermia. Ambos fueron acusados de homicidio calificado por el vínculo y en el caso de Dahyana “por omisión”. En concreto se la acusa de no haber evitado que Oroná asesine a su hija, es decir por faltar a un deber de cuidado que la fiscalía considera que toda madre debería tener en cualquier circunstancia. Dahyana estuvo un año detenida, en prisión preventiva, tiempo durante el cual no pudo ver a su hijo Luis, que hoy tiene cuatro años, y logró ser liberada en mayo gracias al trabajo de la campaña de la que participaron más de cien organizaciones, instituciones y referentes sociales, feministas y del movimiento de mujeres, incluyendo personalidades como Nora Cortiñas y Mirta Baravalle de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora.

Dahyana vivía con los Oroná desde los 15 y tuvo su primer hijo a los 17. En el juicio oral que comenzó el lunes pasado, cuyas audiencias continuarán la semana entrante, se la juzga porque no pudo evitar la muerte de la beba. Sin embargo, tal como denuncian desde la defensa, la Fiscalía no tuvo en cuenta el contexto de violencia en el que dio a luz y en la situación de vulnerabilidad en la que vivía antes del parto. “Cuando empezó el juicio el fiscal anunció que iba a utilizar una perspectiva de género. El problema es que hay una incomprensión de lo que eso implica”, explica Natalia Di Marco, integrante de la mesa de trabajo por la absolución de Dahyana. En paralelo, hubo un reduccionismo: las preguntas en las audiencias esta semana apuntaron únicamente a identificar situaciones de violencia física “con modos poco eficientes como preguntarle a los vecinos y compañeros de trabajo de Oroná si habían visto a él maltratarla”, agregó Di Marco. Según explica la defensa, los operadores de Justicia no están considerando “que la beba le fue arrancada en un momento puerperal y también el marco en el que la joven se encontraba antes y después de parir, que reducía su capacidad de agencia y posibilidades de hacer algo que no fuera lo que Oroná la obligaba a hacer”.

Hasta el momento los testigos que han comparecido han dejado en claro la participación de la familia Oroná en “lo que fue la construcción de esa cuartada que planteaba que Dahyana había tenido a la beba, Selene, en el hospital. La declaración de los tres testigos hasta ahora deja en claro que eso fue una mentira. Incluso dos de ellos dijeron que les ofrecieron dinero para testificar en falso”.

Otros testigos relataron que “era muy raro que Dahyana saliera sola de su casa. Cada vez que salía lo hacía acompañada de su suegra, su pareja o su cuñado. Quedó clara la situación de aislamiento en la que vivía desde los 15 años. Ella perdió prácticamente todos los vínculos por fuera de la familia Oroná, que en sí misma funciona como un clan”. La estrategia del fiscal hasta el momento se ha concentrado en “preguntar en torno a las características de Dahyana que la harían buena o mala madre y si era infiel o no”. Según explica Melina Canesini, abogada del equipo defensor, la figura que se la imputa (“homicidio calificado por el vínculo” en la modalidad “por omisión”) no existe en el Código Penal, sino que es una “interpretación analógica de otros delitos que se cometen por omisión. Lo que desde la defensa queremos que quede establecido es que se la imputa por no haber impedido deliberadamente que su ex pareja se lleve a su hija, y que se tenga en cuenta el contexto de violencia, y las condiciones inhumanas en que dio a luz”.