"Es un mensaje contundente a las brigadas policiales". Así calificó la familia de Lucas González el fallo de la Cámara de Casación que ratificó las condenas a prisión perpetua de Gabriel Isassi, Fabián López y Juan José Nieva, los tres policías porteños que en 2021 asesinaron al chico de 17 años cuando volvía de entrenar junto a sus amigos. La Sala N°3 de la Cámara confirmó los agravantes por los que fueron condenados, incluido el de "odio racial". También ratificó las condenas a otros cuatro comisarios y subcomisarios de la fuerza, aunque absolvió a dos policías que habían sido condenados como parte del grupo que colaboró para encubrir el crimen.

La resolución lleva la firma de los tres jueces de la sala, Gustavo Bruzzone, Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite, y responde a los recursos presentados por las defensas de los nueve policías que habían sido condenados en el juicio de julio de 2023. El fallo tiene 116 páginas y se ocupa, primero, de Isassi, López y Nieva, los oficiales de brigada condenados por el homicidio agravado por ser integrantes de fuerzas policiales, por el uso de arma de fuego, por alevosía, premeditación y odio racial. El recurso de la defensa contra esos agravantes fue declarado directamente "inadmisible" ya que, según los jueces, la presentación sólo se limitó "a decir que no hay ninguna prueba" que los sostenga, sin establecer argumentaciones sólidas.

La condena fue así ratificada con todos sus agravantes y la familia de Lucas celebró particularmente que la Cámara haya sostenido la figura de "odio racial" en la sentencia. Su abogado, Gregorio Dalbón, aseguró que "es un mensaje contundente a las brigadas policiales, en un país con decenas de casos que quedan impunes de la mano de aquellos que defienden malos policías o los premian por matar o reprimir". "Tanto odio racial debía tener una condena, ojalá sirva a las generaciones venideras", agregó.

El escrito confirma la reconstrucción de los hechos que se realizó durante el juicio y en el fallo de origen del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°25: que Lucas y sus amigos salieron en auto de entrenar de un predio de Barracas Central cerca de las 9.30 de la mañana de aquel 21 de noviembre, que pararon a comprar jugo, que la brigada comenzó a perseguirlos allí y los interceptó finalmente en Avenida Iriarte y Luzuriaga, y que ahí abrieron fuego contra el auto de los chicos, que intentaron huir para luego ser detenidos por otros agentes.

La cronología es importante porque una de las estrategias que la defensa encabezada por el abogado Fernando Soto presentó durante el juicio, y elevó después en sus recursos, se centraba precisamente en intercambiar el orden de dos elementos: argumentaba que el auto de los chicos avanzó sobre los policías antes de que ellos dispararan, y que sólo entonces abrieron fuego. En el recurso de casación citado en el fallo, la defensa esgrimió que los chicos "han agredido a los funcionarios policiales que intentaron identificarlos, chocando el móvil" y que por eso actuaron para defenderse: "Los funcionarios policiales no son ‘robots’ ‘implacables’, que no pueden sentir temor o sorpresa. Son personas que reaccionan ante impactos”, escribió. Los camaristas rechazaron también ese planteo al señalar que el fallo del TOC concluyó con "motivos suficientes" que los agentes "procedieron inmediatamente a disparar" y que eso "motivó la decisión de las víctimas de intentar alejarse".

Soto, hoy funcionario en el Ministerio de Seguridad de Patricia Bullrich, también volvió a insistir con otro de planteo que sostuvo durante el juicio. Argumentó que los disparos, al menos los de Nieva, pudieron haber sufrido "rebotes" en la calle antes de llegar al auto de los chicos, y que no se realizaron los peritajes correspondientes para determinarlo. La estrategia es la misma que el abogado utilizó en su defensa del policía Luis Chocobar y que ahora articula junto a la ministra en el caso de Pablo Grillo: que el gendarme no tiró el cartucho de gas lacrimógeno a matar, sino que el proyectil sufrió un rebote en el camino. En el caso de Lucas, sin embargo, sigue sin éxito: los jueces ratificaron el razonamiento del TOC citando el fallo que aseguró que el peritaje balístico de la Policía Federal “echa por tierra cualquier tipo de especulación acerca de posibles desvíos o rebotes”.

Además de Isassi, López y Nieva, el fallo sostuvo las condenas a otros cuatro agentes por encubrimiento y la detención ilegal de los amigos de Lucas. Se trata de los comisarios Rodolfo Ozán y Fabián du Santos, el subcomisario Roberto Inca, los tres con penas de seis años, y el oficial Héctor Cuevas, condenado a cuatro años. La contracara fueron las dos absoluciones. La primera fue para el comisario de brigadas Juan Romero, superior de los tres sentenciados por el homicidio, que había sido condenado como partícipe de la trama de encubrimiento que incluyó un arma de juguete plantada. Romero aparecía mencionado por su apodo "Perro" en los audios claves del juicio en los que Ozán, entre otras cosas, le decía por teléfono a Du Santos, veinte minutos después de la balacera, "¿por qué no lo llamas al 'Perro' y le decís que venga para emprolijar esta cagada?".

Ahora, los jueces sostuvieron que más allá de eso la sentencia de origen "no permite comprender cuál es la conducta" que ubicaría a Romero actuando en el encubrimiento. Sobre las llamadas telefónicas, sostienen que en su caso no hay "expresiones" en alguna comunicación telefónica "sobre cuya ambigüedad pueda discutirse", como sí sucede con el audio de Ozán y Du Santos.

El otro absuelto fue el oficial Sebastián Baidón, que cargaba con una condena de 8 años de prisión como responsable también del delito torturas. A él se le endilgaba haber mantenido detenidos contra el piso a Julián López y Joaquín Zuñiga, los amigos de Lucas, y de haberles gritado cosas como "villeros", "negros de mierda" o "a vos también hay que pegarte un tiro". El propio Joaquín reconoció a Baidón durante el juicio, pero para los camaristas eso no permite por sí solo "respaldar el valor que se le asignó en la sentencia a ese reconocimiento". Los jueces enmarcaron la situación de Baidón en un "cuadro de duda".