La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por las defensas de personas condenadas relacionadas a la causa de Enrique Blaksley Señorans --ex-empresario apodado "Madoff argentino"--, hallado culpable el diciembre pasado de liderar una asociación ilícita, estafas en perjuicio de cientos de inversores y lavado de activos en un contexto de esquema Ponzi.

La declaración de inadmisibilidad fue firmada por los mismos jueces que dictaron la condena anteriormente, Diego Barroetaveña, Alejandro Slokar y Carlos Mahiques. Antes de fallar, el juez Slokar --quien en la condena original votó en disidencia pidiendo el decomiso de bienes de los acusados tanto en el país como en el extranjero-- dió lectura a las decisiones previas de esta sala con los imputados de esta causa.

Tras la condena, interpusieron un recurso extraordinario federal la defensa particular de Pablo Andrés Willa --abogado de Hope Funds en sus primeros años, condenado a 3 años de prisión-- y la de Felipe Badino, junto con la defensa pública oficial de Federico Armando Dolinkue --gerente administrativo considerado mano derecha de Blaksley, condenado a 4 años--, Verónica Inés Vega --cuñada del empresario, a 3 años y medio y una multa por lavado de activos y 286 estafas-- y Alejandro Miguel Carozzino .

Los tres jueces coincidieron en que los planteos de los abogados defensores de estos imputados no cumplían con los requisitos necesarios para ser tratados por la Corte Suprema. Esta decisión estuvo en línea con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal y el de la querella del ahora Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

"No se advierte, ni las partes han logrado demostrar, que sus planteos impliquen el debate de una cuestión federal, ni que nos encontremos ante defectos graves en la decisión que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido", argumentó Barroetaveña.

Debido a esto, confirmó las condenas a Vega, Carrozzino y Dolinke, ya que "el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre".

Willa, Badino y Dolinkue cuestionaron en uno de los recursos la decisión de anular su absolución y condenarlos por el fideicomiso de administración inmobiliaria “Verazul”. Frente a esto, Barroetaveña consideró que no cumple con los requisitos para hacer una excepción a la regla general, ya que "no constituye sentencia definitiva ni puede considerarse equiparable por sus efectos, no pone fin al procedimiento, ni impide su continuación, ni demuestran las partes un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior".

De esta manera, Casación descartó que en los planteos se discutieran cuestiones federales relevantes o que se tratara de fallos arbitrarios y ordenó que las actuaciones vuelvan al tribunal de origen --el Tribunal Oral Federal N°4-- para que se dicte una nueva resolución.

La condena

Este Tribunal había condenado a los imputados de la causa por distintos cargos y consideró a Blaksley el responsable de la mayor estafa piramidal registrada en la Argentina. Esto fue confirmado el año pasado por Casación.

Durante el juicio se comprobó que el empresario prometía rendimientos extraordinarios a través de contratos de inversión que ocultaban un esquema Ponzi, donde los pagos a los primeros inversores se hacían con el dinero de los nuevos. Este negocio era presentado bajo la fachada de la empresa Hope Funds.

Más de 300 personas cayeron en esta estafa gracias campañas de marketing, eventos lujosos y vínculos con figuras del deporte y del espectáculo. En la causa se acreditó un complejo entramado de más de 60 sociedades, algunas con vínculos internacionales, que fueron utilizadas para captar fondos de manera ilícita. El nombre de Blaksley apareció en los Panama Papers vinculado a firmas offshore y se detectaron "movimientos sospechosos" hacia cuentas en el exterior, compra de inmuebles en Miami y Panamá y el patrocinio millonario a celebridades.

A lo largo del proceso “se acreditó que la seducción a las víctimas se conformaba no sólo por la puesta en escena utilizada sino que se recurría también al conocimiento cercano de los vendedores o productores de la compañía”, decía el documento. Por la recomendación de los familiares y conocidos a quienes la empresa les había cumplido parcialmente, más personas caían. La condena explicaba: “con el objeto de que el ‘boca a boca’ ampliara el universo de fondos captados, procurando la creación de una falsa sensación de seguridad”.

Además de los 8 años de cárcel, Blaksley recibió una multa cuatro veces mayor al monto involucrado en las maniobras fraudulentas. El tribunal ordenó la devolución de bienes por al menos 2 millones de dólares y aceptó la incautación de propiedades, vehículos y otros activos. Muchos se pusieron como garantía para que Blaksley lograra la prisión domiciliaria. Su familia y otro empresario aportaron en conjunto una fianza valuada en 391 millones de pesos.

Blaksley llegó a escuchar su condena desde su casa, con una tobillera electrónica en el tobillo. Antes había estado preso en el penal de Ezeiza, tras ser detenido en su vivienda del country Pacheco Golf en 2018.

Informe: Natalia Rótolo.