Mezclada en medio de los decretos con los que el Gobierno nacional degradó distintos organismos culturales, la transformación de la Comisión Nacional de Monumentos, Lugares y Bienes Históricos puso en alerta a las organizaciones que trabajan en la defensa del patrimonio histórico nacional. Advierten que, además de quitarle autonomía, el Gobierno le recortó quince atribuciones a la comisión que ni siquiera podrá proponer la creación de nuevos monumentos o la adquisición de bienes para su patrimonialización. Sostienen que en el fondo se esconden intereses inmobiliarios sobre los edificios patrimoniales y sus entornos.
Como informó este diario el viernes pasado, los decretos 345 y 346/25 impusieron la transformación y degradación de una larga lista de organismos culturales entre los que se encuentra la comisión, convertida ahora en "unidad organizativa" bajo la órbita de la Secretaría de Cultura. Hasta el momento la comisión funcionaba con una conformación estable de una presidenta --Mónica Capano-- más diez vocales con un mandato de seis años para cada uno, lo que será reemplazado por un "órgano asesor" de la unidad, integrado por diez expertos ad honorem elegidos por la propia secretaría.
Pero esas no son las únicas modificaciones que degradan las facultades y capacidad de acción del organismo. Así lo advirtieron este lunes desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC). Su titular, el abogado Jonatan Baldiviezo, señaló que el decreto 345 --el que atañe a la comisión-- le dejó al organismo "sólo tres facultades": "La de superintendencia, la de aprobar o rechazar las intervenciones materiales en los inmuebles y la de intervenir previamente en toda transacción o gravamen sobre los bienes históricos", indicó el abogado, que agregó que "la disminución de todas estas facultades está orientada a seguir alimentando la especulación inmobiliaria y no a proteger los bienes del patrimonio histórico del país".
Hasta la publicación del decreto en el Boletín Oficial, la comisión, creada por ley, tenía un total de 18 atribuciones que le daban una importante capacidad de decisión sobre los monumentos históricos, no sólo por la cantidad de facultades sino también por sus alcances. La palabra "establecer", por ejemplo, aparecía en tres de sus facultades y ahora ya no existe: la comisión podía establecer los criterios y pautas de selección, clasificación y valoración de los monumentos, los alcances y límites de la protección de cada caso, y las denominadas “áreas de amortiguación” en el entorno de los inmuebles. Se trata de las zonas delimitadas en los alrededores de los monumentos históricos en las que se define también un área de protección o usos limitados para complementar la conservación del bien patrimonial. Nada de eso quedó en pie tras el decreto.
Tampoco el verbo "proponer" aparece más en la normativa de las atribuciones de la comisión, al punto de que hasta la capacidad del organismo de proponerle al Ejecutivo la declaración de nuevos monumentos patrimoniales quedó eliminada. Lo mismo ocurre con la facultad para proponer inmuebles específicos a comprar para transformar en monumentos o para recomendar el impulso en el Congreso de posibles expropiaciones con el mismo fin. De esta manera, la comisión tendrá sólo atributos de autorización, control y vigilancia sobre intervenciones o transacciones en los monumentos, siempre en el caso de inmuebles ya catalogados previamente al decreto.
A futuro, sin embargo, la capacidad de proponer nuevos monumentos será potestad sólo del Ejecutivo o, en su defecto, del Congreso. En este último caso también se eliminó la posibilidad de que el parlamento solicite a la comisión la conformación de un comité de expertos para elaborar un dictamen sobre los méritos históricos, artísticos, arquitectónicos, industriales o arqueológicos del lugar propuesto, por lo que esa opinión también quedará exclusivamente bajo la órbita del Ejecutivo o del Congreso. Desde el ODC advierten así que la eliminación de facultades busca "flexibilizar las normas patrimoniales" para limitar la posibilidad de darle entidad patrimonial a nuevos inmuebles o espacios, que podrían quedar libres para otro tipo de intereses como los inmobiliarios.
Un caso paradigmático en la Ciudad de Buenos Aires es el del predio aledaño al conjunto arquitectónico del Monasterio Santa Catalina de Siena. El conjunto está declarado como Monumento Histórico Nacional y por eso no se lo puede intervenir, pero el terreno lindante, donde hubo un estacionamiento privado, está en la mira del interés inmobiliario desde hace décadas, con diversos proyectos para construir torres que por ahora fracasaron por la resistencia en la Justicia de grupos vecinales. La disputa se centra, entre otros puntos, en definir si el espacio forma parte o no del área de amortiguación del monasterio, potestad que ahora el Gobierno le quitó a la comisión.