La Sala I del Tribunal de Impugnación de Salta, integrada por Luciano Martini, Virginia Solorzano y Ramón Medina, declaró, por mayoría, la nulidad de la sentencia dictada por el juez Aníbal Reynaldo Burgos en la causa por la violencia policial sufrida por Franco Darío Centurión durante su detención en la Comisaría 45, de la ciudad de Tartagal, en noviembre de 2021. El Tribunal dispuso que se haga un nuevo juicio.
Franco había sido trasplantado de médula ósea a los 12 años y también tenía un injerto en la pierna desde los 15, y requería cuidados especiales de salud. Después de permanecer detenido varios días en la Comisaría 45, salió en estado grave de salud y murió el 1° de enero de 2022. Antes reveló que había sido golpeado por los efectivos policiales.
Su fallecimiento en el Hospital San Bernardo de la ciudad de Salta, fue precedido por un cuadro de deterioro físico que su familia atribuye a los malos tratos sufridos en la comisaría. La causa penal se convirtió así en un emblema de la lucha contra la violencia institucional en el norte salteño.
El padre de Franco, Santos Centurión, no había quedado conforme con la sentencia de primera instancia y ahora ve en esta anulación una segunda oportunidad para que los policías reciban una condena de prisión efectiva.
La querella de la familia, representada por el abogado Sergio Heredia, recurrió la sentencia solicitando una calificación penal más severa y cuestionando las absoluciones. Las defensas, a cargo de los abogados Nicolás Vedia y Jaquelina Rodríguez Valdez, pidieron la absolución cuestionando la valoración de la prueba y la participación en los maltratos que se les atribuyó.
En cambio, el fiscal Gonzalo Vega no apeló la sentencia. Sin embargo, la Fiscalía de Impugnación dictaminó que debían rechazarse los recursos presentados por las defensas y que el planteo de la querella debía resolverse conforme a derecho.
La sentencia cuestionada
El juez Aníbal Burgos, de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal, condenó a Julio César Martínez y a Cristian Adrián Vargas a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por los delitos de vejaciones y severidades. Mientras que fueron absueltos del delito de omisión de los deberes de funcionario público por aplicación del principio de la duda.
Asimismo, condenó a Héctor Federico Flores, Francisco Ramón Espinoza y Carlos Facundo Borja a pagar $12.500 de multa y un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos como autores del delito de omisión de los deberes de funcionario público.
Además, absolvió a Flores, Borja y Espinoza del delito de severidades por aplicación del principio de la duda. De igual modo, absolvió a Isaac Silvestre Galarza, Ernesto Mariano Velázquez, Marcelo David Morales y Rodrigo Albano Correa por los delitos de severidades y omisión de los deberes de funcionario público también por la duda.
El análisis de Impugnación
En Impugnación el juez Martini opinó que la sentencia del Tribunal de Juicio tenía una contradicción insostenible debido a que por un mismo hecho algunos imputados fueron condenados y otros, absueltos. No se puede afirmar y negar al mismo tiempo que un hecho ocurrió y que los acusados participaron, sostuvo el magistrado.
También señaló que los delitos por los que se juzgó a los policías (vejaciones y omisión de deberes) no pueden aplicarse juntos en este caso, porque uno absorbe al otro. Es decir, si se prueba que hubo vejaciones, ya no corresponde condenar por omisión. Entre tales preceptos "rige una relación de consunción”, explicó, citando fallos anteriores.
Además, criticó que la sentencia no estuviera bien fundamentada. Citó al jurista Alfredo Vélez Mariconde, quien explica que la motivación de la sentencia "surge así como un ligamen psicológico de extraordinaria importancia, que une al juez con la ley que aplica, como si fuera un cordón umbilical que no puede cortarse sin decretar la muerte del acto jurisdiccional”. La jueza Solorzano coincidió con Martini.
Por si parte, el juez Ramón E. Medina coincidió parcialmente con la decisión de anular la sentencia. Consideró bien fundamentada la condena a Martínez y Vargas por vejaciones al momento del ingreso de Centurión a la comisaría y propuso anular solo la parte que trata los hechos ocurridos durante la permanencia de Franco Centurión en la comisaría, cuando se le negó atención médica y se agravó su salud.
Tortura y tratos crueles
En el fallo de Impugnación, se pueden leer las declaraciones de familiares y testigos, que dan cuenta de las torturas y tratos crueles que profirieron los policías a Franco durante su detención. Aunque éstas no son las calificaciones que impuso la fiscalía.
Uno de los detenidos dijo: "antes de ingresar a las celdas, personal de la Comisaria n° 45 también lo golpeó". Otro interno relató: "antes que ingrese Centurión a las celdas escuchó gritos (…) como si fuese de dolor" y añadió que los policías "agresivos son siempre los mismos", los sargentos Martínez y Avila".
Asimismo, un tercer testigo indicó que "cuando ingresa Centurión lo hacen desvestir en la habitación donde se realizan las entrevistas" y luego "hacen que haga sentadillas, mientras estos policias se le burlaban y verdugueaban (…)". Este testigo también contó que Centurión le dijo que "los policías lo golpearon" antes de meterlo en la celda de la Comisaria 45.
Otro detenido dijo que antes de que ingrese Centurión a la celda, "escucha gritos de dolor y golpes que provenían de la parte de adelante de la comisaria" y que "antes que ingrese Centurión a la celda, lo hacen desvestir en la celda de video llamada y todos lo miraban y se le burlaban".
El juez Medina señaló que el padre de Franco, Santos Centurión, refirió en su denuncia que ya libertad, su hijo orinaba sangre. Y contó que Franco le reveló que ello se debía a que fue agredido por personal policial durante su detención. En el juicio ratificó lo denunciado, y agregó que su hijo le indicó que sus agresores eran Martínez y Correa.
La mamá de Franco, Gladis del Carmen Córdoba, declaró que su hijo "no podía golpearse, ni pelear, nada de eso, a raíz de su condición de salud. Por eso le dije a mi marido que vaya a verlo para que no le peguen los de la policía. En la 45, yo tenía entendido que le pegan a los presos". Y luego, cuando estaba internado en el Hospital San Bernardo, "le pregunté si los policías le habían pegado, y me dijo que sí le habían pegado, eso me dijo antes que lo lleven a terapia".
"Me dijo que le hicieron sacar la gorra, la ropa, y hacer saltos de rana, él no tenía cabello, dormía con la gorra, le daba vergüenza (…) Cuando fui a la visita tenía una remera agarrada en la cabeza. Me dijo que se burlaban de él, que estando desnudo le hacen hacer saltos de rana, y le pegaban en la cola, y él no podía hacer ninguna de esas cosas por su herida", relató la madre.