ECONOMíA › LA PUBLICITADA REPARACIóN HISTóRICA A LOS JUBILADOS ABRE LA PUERTA A LA PRIVATIZACIóN DEL SISTEMA

Hoy un juramento, mañana una traición

El capítulo previsional de la ley ómnibus que elevó el Gobierno al Congreso asume compromisos que no tienen financiamiento asegurado. Al mismo tiempo, permite la liquidación del Fondo de Sustentabilidad de la Anses y proyecta una reforma del sistema en tres años.

El proyecto de ley ómnibus de blanqueo de capitales y pago de sentencias previsionales abre la puerta a una reforma completa del sistema previsional. La magnitud de los cambios previstos en la normativa que benefician a un universo acotado de adultos mayores y la continuidad de los reclamos judiciales por ajuste de haberes una vez que el Estado reconozca por ley su incumplimiento pueden poner en riesgo la sustentabilidad del esquema público vigente. En el corto plazo, la legislación propuesta por el gobierno de Mauricio Macri allana el camino para enajenar las acciones de empresas privadas en manos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses (FGS), una exigencia corporativa presente desde la estatización de las AFJP. Pero, antes de terminar su mandato, el Poder Ejecutivo prevé llevar adelante una transformación más profunda del sistema previsional. Con un laxo lenguaje, el texto enviado al Congreso propone la creación de un Consejo de Sustentabilidad Previsional en el ámbito del Ministerio de Trabajo que tendrá a su cargo proponer “un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario y sustentable”. Esa reforma debería estar lista dentro de tres años.

El proyecto modifica el esquema de administración del FGS al derogar la ley 27.181, la normativa que bloquea la venta de las acciones de empresas privadas en poder de la Anses. El texto aprobado el año pasado estableció que para decidir la enajenación de esas participaciones en poder del Estado se requería una mayoría de dos tercios en el Congreso. Dar por tierra con esa legislación habilita a la Casa Rosada a desprenderse sin necesidad de construir consensos parlamentarios de las acciones en empresas como Techint, Molinos, Aluar, Banco Macro, Grupo Clarín y Banco Galicia, entre otras participaciones heredadas de las AFJP.

“El pago de las sumas a los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino que hayan homologado judicialmente acuerdos con la Anses podrá ser atendido con recursos del FGS a cuyos efectos podrá disponerse la liquidación de activos”, afirma el texto del proyecto que comenzará a ser discutido hoy en el Congreso. A finales de 2015, las acciones de empresas privadas en poder del FGS contabilizaban 85.000 millones de pesos. Representan el 12,8 por ciento del fondo, el tercer rubro detrás de los títulos públicos que suman el 64 por ciento de la cartera y las inversiones en proyectos productivos que alcanzan al 12,9 por ciento.

Con el argumento de financiar el pago de sentencias y mejoras de haberes de una porción minoritaria de los adultos mayores que más cobran (según las estimaciones de la Anses, las mejoras alcanzarían a un tercio de los jubilados) se liquidarían participaciones en activos estratégicos. Ese cambio facilitará la venta y privatización de empresas que no están vinculadas al financiamiento del proyecto ni el sistema jubilatorio como Arsat o el Correo Argentino. Ese curso había sido bloqueado por la legislación que declaró de interés público la participación estatal en esas compañías públicas y privadas.

Incluso si se vendieran todas las acciones y el blanqueo fuese exitoso, el stock de recursos obtenido no alcanzaría para cubrir de manera sustentable la deuda acumulada con los jubilados a partir del reajuste de haberes y el nuevo flujo de las prestaciones. Por eso, los diferentes especialistas consultados por este diario advierten que la intención del Gobierno es dar lugar a un cambio estructural del sistema previsional para solucionar los problemas de financiamiento e inequidades profundizadas por la reforma propuesta.

Una de las razones esgrimidas por el gobierno para avanzar en el pago de las sentencias por reajuste de haberes es terminar con la elevada litigiosidad. Sin embargo, la fórmula de actualización para los haberes implica pasar de un reajuste promedio de entre 60 y 80 por ciento mediante el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic) al publicitado incremento de hasta el 45 por ciento a través índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Macri anunció la semana pasada que este elemento sería implementado por decreto pero finalmente decidió incorporarlo a la ley.

Adicionalmente, el Artículo 5 del proyecto prevé que las jubilaciones reajustadas de quienes accedan al pago ofrecido por el Gobierno no podrán superar el haber máximo fijado hoy en 36.330 pesos por mes, por debajo de los valores que pueden habilitar los fallos judiciales. Por eso, incluso cuando los jubilados acepten la propuesta del Gobierno podrán continuar reclamando ante la Justicia por la diferencia (la ley prevé la renuncia a accionar en tribunales pero como se trata de un derecho constitucional no puede ser resignado).

La aprobación del proyecto implicará elevar en cinco años, de 60 a 65, la edad de retiro para las mujeres que no lleguen a cumplir con los aportes obligatorios. La legislación no hace distinciones entre varones y mujeres para la edad mínima con la cual acogerse a la Pensión Universal para el Adulto Mayor, que será para todos a los 65 años. Hasta el momento, con las moratorias lanzadas por el kirchnerismo, el trámite podía iniciarse a los 60 años en el caso de las mujeres y al cabo de cinco años accedían a un haber pleno, que como piso era la jubilación mínima, tras saldar la deuda de aportes atrasados. En su lugar, con la nueva ley deberán esperar a los 65 y, a menos que lleguen a completar los 30 años de aportes bajo los lineamientos de la moratoria de 2005 que permitía completar las contribuciones hasta 1993, cobrarán de por vida el 80 por ciento de la jubilación mínima.

La ley dispone que, a diferencia de quienes accedieron a la moratoria, esa “pensión universal” no genera ningún derecho a pensión a los herederos. El instrumento será financiado con rentas generales. El nuevo esquema crea jubilados de “primera” y de “segunda”, porque coexistirán aquellos que accedieron al beneficio con los aportes correspondientes por haber trabajado en blanco y aquellos que fueron víctimas de la precarización laboral y solo cobrarán el 80 por ciento de ese mínimo. Los individuos que cumplan con los requisitos podrán acceder a la “pensión universal” durante los próximos tres años. La fecha de caducidad está atada a los plazos de la futura reforma del sistema previsional ya que, según se desprende del proyecto, pasaría a conformar el piso del nuevo esquema.

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La nueva pensión por vejez limita el cobro al 80 por ciento de la jubilación mínima y no genera derecho a pensión en los herederos.
 
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