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 Por Alfredo Fernández *

Guillermo Alfonso Monzón Paz fue un abogado penalista y jurista guatemalteco asesinado a los 37 años, hace poco más de 30, el 27 de febrero de 1981. Lo acribilló una decena de hombres muy cerca de su casa. Lo remataron con un tiro de gracia. Algo similar sucedió con otros siete profesionales asesinados ese día en distintos puntos de Guatemala.

Su trabajo como catedrático de Derecho Penal en la Universidad de San Carlos y su tenaz empeño por conseguir justicia le costaron la vida. Su gran pecado fue recorrer las cárceles, las estaciones de policía y los cuarteles buscando a personas desaparecidas por el régimen militar, interponiendo recursos de exhibición personal y denunciando públicamente los hechos. También escribió un libro sobre la violencia institucionalizada en su país.

En estos días, en la Universidad de San Carlos, se desarrolló en Guatemala el Congreso Latinoamericano de Derecho Penal y Criminología, en reconocimiento a Raúl Zaffaroni y en homenaje a Monzón Paz.

Al referirse al Derecho Penal del Enemigo, Raúl Zaffaroni ha desnudado, desde los orígenes del Derecho Penal hasta nuestros días, la tradición legitimante del ejercicio discriminatorio del poder punitivo del Estado, uno de cuyos ropajes fue la aplicación de la doctrina de la seguridad nacional.

La lógica discriminatoria que conceptualiza y justifica un trato diferente a quien circunstancialmente se elige como enemigo es una realidad vigente en el Derecho Penal. Queda brutalmente expuesta en la aplicación sistemática del terrorismo de Estado, pero también es claramente identificable en el ejercicio del poder punitivo del Estado en sociedades que se reivindican y se suponen democráticas, pero que estigmatizan y dan trato discriminatorio a enemigos que identifican y persiguen sistemáticamente. Basta ver el ejemplo de lo que sucede en la Unión Europea con la instauración de normativas discriminatorias a los inmigrantes, o la supresión de garantías que se efectúa en Estados Unidos bajo la excusa de combatir el terrorismo para detener, interrogar y torturar personas por su simple pertenencia a una etnia, un pueblo o una religión determinada.

Los principios de la Revolución Francesa de los que tanto se han jactado las democracias de los países centrales son sistemáticamente pulverizados con este doble estándar que no sólo se aplica y se pretende justificar en el Derecho Penal, sino que campea en el Derecho Internacional (los bombardeos a Libia son la prueba más reciente) y en la organización jurídico institucional de la mayoría de las naciones.

En la Argentina, basta con mirar un rato algunas señales de noticias, informarse de cuál es el perfil de las personas que superpueblan cárceles y comisarías, asistir al trato discriminatorio que pretenden dar a la inmigración de países vecinos las autoridades porteñas o comprobar que la misma matriz persecutoria tienen la mayoría de las reformas penales y procesales que se llevan adelante, para darse cuenta de que Zaffaroni no habla de cuestiones abstractas y lejanas, sino de una realidad que padecemos día a día.

Desde 2003, nuestro país ha conseguido ponerse de pie asumiendo el desafío de generar más ciudadanía, más igualdad, más derechos. En esta última etapa, esta tendencia ha sido reafirmada y fortalecida con la puesta en marcha de una política de seguridad federal que está comenzando a demostrar que velar por la seguridad pública no es incompatible con la vigencia de las garantías constitucionales.

Ir por más es terminar con ese doble estándar por el cual, todavía hoy, muchas personas padecen el trato discriminatorio del Estado.

* Presidente de la Fundación Conurbano.

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