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Una reparación para los expulsados del país por la última dictadura

La Corte avaló un reclamo de una exiliada para cobrar una indemnización y equiparó su situación a la de los presos. Tendrá validez sólo en ese caso. Pero es un antecedente para otros reclamos.

Por Irina Hauser y Victoria Ginzberg

Después del asesinato de su marido y del secuestro de uno de sus hijos, Susana Yofre de Vaca Narvaja consiguió asilo en la Embajada de México. Luego se fue a ese país, amparada bajo el status de refugiada política. Ayer, la Corte Suprema señaló que tiene derecho a percibir una indemnización por el tiempo que estuvo exiliada, y por primera vez equiparó esa situación a la de los presos políticos.
El fallo de la Corte –que anticipó Página/12– fue firmado por sus siete actuales miembros: Enrique Petracchi, Augusto Belluscio, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Raúl Zaffaroni y Elena Highton de Nolasco. En un escueto fallo, los ministros aseguraron que compartían la opinión que había elaborado en marzo el entonces procurador, Luis González Warcalde, y revocaron la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que se había opuesto al reclamo de Yofre de Vaca Narvaja.
“Las condiciones en las que la actora tuvo que permanecer y luego abandonar el país –sobre las que no existen controversias– demuestran que su decisión de ampararse, primero bajo la bandera de una nación amiga y emigrando después, lejos de ser considerada como ‘voluntaria’ o libremente adoptada, fue la única y desesperada alternativa que tuvo para salvar su vida ante la amenaza del propio Estado o de organizaciones paralelas, o cuanto menos, de recuperar su liberad, pues consideró que al momento de su decisión de extrañarse ya sufría la mengua de tal derecho básico”, había afirmado González Warcalde. Para el procurador, el asilo en la embajada ya implicaba una privación de “la libertad ambulatoria”.
Yofre de Vaca Narvaja se presentó originalmente en la Subsecretaría de Derechos Humanos reclamando ampararse en las reparaciones económicas que se otorgaron a los presos políticos y a los familiares de desaparecidos. Cuando el Ministerio de Interior le negó el pedido, apeló ante la Cámara, que también lo rechazó. Pero el procurador recordó que el máximo tribunal ya había considerado en otras oportunidades que el tiempo de exilio podía ser equiparado, a los efectos de la indemnización, a una privación de la libertad. La diferencia con los casos anteriores es que aquellos se trataban sobre personas que se habían escapado después de haber estado secuestradas, mientras estaban en “libertad vigilada”. Y la Corte había aceptado incorporar el tiempo de exilio en el cómputo de las indemnizaciones que iban a percibir por haber estado detenidas o desaparecidas.

El alcance

Este fallo no implica que todas las personas que se tuvieron que ir del país están en condiciones de pedir una reparación económica. La decisión de la Corte se aplica a este caso particular. “Si bien se trata de una construcción jurisprudencial y abre un camino para futuros reclamos, se trata de una situación particular. No cualquiera podría hacer una demanda, tendría que poder demostrar que, si no se iba, la mataban”, explicó a Página/12 Tomás Ojea Quintana, uno de los abogados de Yofre de Vaca Narvaja. Algo parecido remarcó un ministro del máximo tribunal, quien destacó que este caso puntual tiene características especiales, ya que “era evidente que esta mujer no tenía otra alternativa que el exilio, pero no significa que se aplique automáticamente a otros casos; éste fue analizado con mucho cuidado”.
La reparación económica para las personas que se tuvieron que ir del país porque fueron perseguidas por la dictadura es algo que se está discutiendo desde hace varios años. En el Senado existe un proyecto de Marcelo López Arias que establece una indemnización para los exiliados. Es una reiteración de una iniciativa que se había presentado en 1999 y que había perdido estado parlamentario debido a que desató un debate que trabó su tratamiento. Algunos cuestionamientos que se plantearon entonces volvieron a surgir ayer, cuando se conoció la decisión de la Corte. Mabel Gutiérrez, de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, planteó sus reservas con el tema. “Existen muchas medidas reparatorias que se deben hacer para los exiliados: el reconocimiento de los años de aportes de jubilaciones perdidas, de empleos que se perdieron, de la nacionalidad a los hijos que nacieron afuera. Siempre hemos reivindicado a los exiliados como víctimas de la dictadura, como a los presos y desaparecidos, y ellos hicieron un trabajo muy importante en el exterior, un trabajo de ayuda y de denuncia. Pero también hay que tener en cuenta que hay un montón de gente que fue perseguida y que no se pudo ir, que sufrió el exilio interno y sería injusto que quedara afuera”, señaló la dirigente del organismo de derechos humanos.

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Los integrantes de la Corte consideraron que en este caso el exilio debe ser equiparado a una detención.
 
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