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Podría haber también una causa penal

Un abogado encargado profesionalmente de defender los intereses del Estado explicó a Página/12, con pedido de reserva de su identidad, qué estudiará ahora la OA.
Una de las prácticas obligatorias en el Estado es la licitación. En ese caso, las normas indican respetar el segundo llamado, sin variar las condiciones después.
Otra es la contratación directa. Cuando se recurre a este sistema deben cumplirse ciertas condiciones. Por ejemplo, el Estado debe pedir tres cotizaciones y cumplir la reglamentación sobre publicidad.
Puede haber razones de urgencia o de especialización, pero no es el caso con un polígono, donde no está en juego el interés nacional en cuestión de horas ni hay un solo concesionario posible en la Argentina.
Los funcionarios que revisaron el expediente sospechan que, como no se cumplió ninguna de esas normas, el servicio de polígono de tiro fue concedido con un régimen peculiar, típico de una empresa privada, y de una empresa privada desaprensiva.
Por ahora la causa administrativa está en manos del juez Martín Silva Garretón, el mismo que a principios de los ‘90 cuestionó la privatización atolondrada de Aerolíneas Argentinas.
Pero cuando la OA termine el análisis, a esa causa podría sumarse una denuncia penal. Eso, claro, si la conclusión de la oficina estatal es que hubo malversación de fondos públicos al haberse violado la forma de contratar o que funcionarios cometieron el delito de administración fraudulenta.
También podría constituir un delito penal el cambio de las condiciones de contratación en medio del proceso de negociaciones entre la Gendarmería y el concesionario.

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