SOCIEDAD › LA POLICIA INTERVENDRA EN CASOS QUE AHORA SON SIMPLES FALTAS

Más atribuciones para la Federal

Con el nuevo Código Contravencional, la policía controlará a vendedores ambulantes, la venta nocturna de alcohol, cuidacoches y otras faltas que hasta ahora están en la órbita de inspectores municipales. Advierten que puede ser una fuente de recaudación ilegal.

 Por Eduardo Videla

A la prohibición de la oferta de sexo en la vía pública en casi todo el ámbito de la ciudad y a las restricciones a los cortes de calles se sumaron ayer duras penas para otras contravenciones: el nuevo Código Contravencional porteño, aprobado ayer a las 3.30 de la madrugada, sanciona con penas de multa o arresto la venta nocturna de alcohol en lugares no autorizados, la reventa de entradas, afectar el desarrollo de un espectáculo artístico o deportivo, conducir en estado de ebriedad o la explotación de juegos de apuestas en forma clandestina, entre otros. La mayor parte de las actuaciones quedará a cargo de la Policía Federal, lo que le otorga un formidable poder a esa fuerza: cuando entre en vigencia el nuevo código quedarán bajo su órbita el control de la venta ambulante ilegal, los cuidacoches no autorizados, la venta nocturna de alcohol, infracciones que hasta ahora eran sancionadas por inspectores municipales. “Se ha creado un nuevo foco de recaudación ilegal”, advirtió el diputado del ARI Fernando Melillo.
El texto, que se aprobó luego de siete meses de debate, comenzará a aplicarse 120 días después de su promulgación. Una de las novedades del flamante código es que fija una sanción precisa para cada contravención. El que está actualmente en vigencia establece una escala de once sanciones –desde el simple apercibimiento hasta el arresto– entre las cuales deben optar los jueces. La norma sancionada ayer contempla una base de tres sanciones: los trabajos de utilidad pública, la multa y el arresto. Esta última pena está contemplada para 43 de las 68 figuras contravencionales previstas. Otra de las novedades es el castigo a los reincidentes agravando en un tercio las penas que se reiteren dentro de los dos años de sancionada la primera.
“Lo importante es que ya tenemos un nuevo Código Contravencional”, dijo ayer el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, quien adelantó que se tomará los diez días que marca la ley para analizar el texto sancionado y promulgarlo o vetar los artículos con los que no está de acuerdo.
Para el titular de Compromiso para el Cambio, Mauricio Macri, principal fogonero de la reforma, la norma constituye “un enorme avance, aunque no es todo lo que pretendíamos”.
El diputado Helio Rebot (PJ-macrista) sostuvo que el nuevo código logra la “solución exacta” para sancionar la venta ambulante no autorizada: “Por un lado, se penaliza a las organizaciones mafiosas y, por otro, se deja a salvo a los vendedores de baratijas y artesanías”.
En cambio, Fernando Melillo, diputado por el ARI, consideró que la inclusión de nuevas figuras contravencionales como la venta ambulante o la venta nocturna de alcohol (que hasta ahora eran faltas) “transforman a la policía (que debe intervenir ahora en estos casos) en inspectores municipales”, desatendiendo su tarea específica, que es la prevención del delito. “Se engaña a la gente como que si esto tuviera que ver con la seguridad. Lo único que puede modificar esto es que de parte de los fiscales haya indicaciones muy precisas hacia la policía”, señaló. “Además –advirtió– crea un nuevo foco de recaudación ilegal por parte de la policía.” Para el diputado Ariel Schifrin (Confluencia), la norma es lisa y llanamente “inaplicable y autoritaria”.
Por su parte, Miguel Talento (kirch-
nerista) sostuvo que el nuevo código “mejora el actual de un modo racional y con una característica de moderación”. Respecto de las protestas callejeras, Talento apuntó que “se ha reafirmado el criterio de que el ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye una contravención”.
El artículo sancionado el jueves a la noche por la Legislatura establece que será sancionado con multa de hasta 1000 pesos o trabajos de utilidad pública quien “impida u obstaculice la circulación de vehículos”, pero pone a resguardo el “ejercicio de los derechos constitucionales”, siempre que se dé aviso a la autoridad competente “con razonable anticipación” y se “respeten las indicaciones respecto a su ordenamiento”. Los dirigentes piqueteros repudiaron los términos de este artículo. “Esta es una limitación a los derechos públicos y a las garantías constitucionales de manifestar”, expresó Néstor Pitrola, líder del Polo Obrero. “Cuando no podamos avisar nos vamos a movilizar igual, porque así se ganaron los derechos de la clase trabajadora”, advirtió.
También anunciaron que desafiarán la nueva norma las trabajadoras sexuales nucleadas en la Asociación de Mujeres Meretrices (Ammar). “Nosotras vamos a seguir como siempre en nuestros lugares de trabajo”, dijo Elsa Caballero, secretaria adjunta del gremio. Y aseguró que en los próximos días analizarán con sus abogados las presentaciones judiciales contra el nuevo código.
La norma aprobada ayer establece multas de hasta 400 pesos a quien ofrezca o demande servicios sexuales “en forma ostensible” a menos de 200 metros de viviendas, escuelas o templos religiosos. En estos casos, la policía sólo podrá intervenir por indicación de un fiscal. Esa supuesta pérdida de caja, sin embargo, estaría compensada largamente por la intervención policial en otras contravenciones.

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Los legisladores le sacaron a la policía la atribución para actuar en casos de oferta de sexo.
 
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