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Sábado, 25 de junio de 2011

Abandonos y proyectos

Después de años y años, dos legisladores finalmente hicieron lo que debería haber hecho el Ejecutivo porteño. Presentaron un proyecto de ley para castigar a los que demuelen y vandalizan el patrimonio.

 Por Sergio Kiernan

nEste martes se hablaba, con amargura, del problema. Es que puede haber leyes, puede catalogarse, puede evitarse la demolición, pero no el truco ladino que viene después. El caso salió en la Tertulia patrimonial en la Flor de Barracas, de las que organiza Mónica Capano –que preside la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico y Cultural porteño– y en la que estaban buena parte de las ONG que intentan cuidar la zona sur. Los de Barracas daban el caso de la Asociación Obrera Santa Lucía, salvada con un esfuerzo notable de la piqueta. Resulta que el edificio fue tapiado pero dejaron las ventanas abiertas, para que la lluvia y el viento ensuciaran, pudrieran, arruinaran. Esto se hace para poder declarar un edificio catalogado como una ruina, buscando demolerlo.

Y lo peor es que es impune. No hay castigos.

Lo que levantó el ánimo en la tertulia fue la noticia de que dos diputados porteños, Patricio Di Stefano y Fernando Sánchez, acaban de presentar un proyecto justamente para que finalmente las leyes tengan dientes.

O mejor dicho, la ley, porque todo esto se remonta a la vieja 1227, el papel más castigado en la historia legislativa de la Ciudad Autónoma, lo que debe ser decir mucho. La 1227 es la ley que define, al fin, el patrimonio en forma legal, bache superlativo en el que vivíamos los porteños. La ley ordenaba que el Ministerio de Cultura crease un régimen de sanciones para los que destruyeran o arruinaran bienes catalogados, y no sólo los edificados sino los “muebles” también. Pero la gestión Ibarra-Telerman no mostró el menor apuro por transformarla en realidad.

Con lo que la pobre 1227 durmió en el cajón de la subsecretaria de Patrimonio porteño, Silvia Fajre, hasta que la diputada Teresa de Anchorena se lo sacó de un amparo. La 1227 fue finalmente reglamentada y publicada, pero sin el régimen de penalidades.

Esta tarea la tomó para sí la sucesora en el cargo, Josefina Delgado, que hasta convenció a su ministro de Cultura Hernán Lombardi de que le firmara el proyecto. El trámite necesitaba la aprobación del colega de gabinete Daniel Chaín, encargado de Desarrollo Urbano. Pero Chaín, claro, no iba a firmar algo que le quitaba a su área el monopolio de la inspección de obras, aunque sea en un sector que no le interesa en particular. En un terso y breve texto, Chaín rechazó la idea y recomendó que la archivaran. El régimen de penalidades pasó a dormir en un cajón. Nunca más se habló del tema.

El proyecto de Di Stefano y Sánchez crea el régimen para sancionar “las infracciones contra la categoría de bienes que integran el Patrimonio Cultural” porteño descriptas en el artículo cuatro de la 1227. La sencillez conceptual del nuevo régimen pasa simplemente por incorporarlo al Régimen de Faltas: el tema pasa a ser de la órbita de la Justicia y le pasa directamente por arriba a Chaín o, por caso, a Lombardi. En legalés, el proyecto de los diputados se incorpora al anexo I de la ley 451 –el Código de Faltas– como capítulo III de la sección dos.

La ley se aplica a todas las categorías de patrimonio que identifica la 1227: sitios y lugares históricos, monumentos, jardines históricos, conjuntos o grupos de edificios, áreas de preservación, zonas y piezas arqueológicas relevantes, colecciones y objetos y fondos documentales. Vale la pena citar el capítulo sobre edificios:

“2.3.3 Conjunto o Grupo de Construcciones, Areas. Quien manche, ensucie, o dañe total o parcialmente un conjunto o grupo de construcciones, áreas, declarado como bien de interés cultural, y definido en los términos de la Ley 1227 es sancionado con una multa de entre cinco mil (5000) a treinta mil (30.000) unidades fijas. En el caso de que se trate de su demolición total o parcial la multa será de entre cincuenta mil (50.000) a doscientos mil (200.000) unidades fijas”.

“Cuando el responsable de manchar, ensuciar, dañar total o parcialmente un conjunto o grupo de construcciones, áreas, fuere profesional o empresario es sancionado/a con multa de entre treinta mil (30.000) a trescientos mil (300.000) unidades fijas y/o inhabilitación y/o suspensión en el uso de la firma. En el caso de que se trate de su demolición total o parcial la multa será de entre doscientos mil (200.000) a seiscientos mil (600.000) unidades fijas e inhabilitación y suspensión del uso de la firma por un término de cinco (5) años”.

Para que quede claro, la unidad fija es una moneda antiinflacionaria que va cambiando de valor y ahora “cotiza” a aproximadamente un peso y medio. Con lo que un profesional que se cargue un edificio catalogado puede pagar hasta casi un millón de pesos de multa, más la inhabilitación y de trabajo y firma por cinco años. Este tipo de rigor aclararía instantáneamente el panorama y podría acabar con ciertas mañas. Por ejemplo, los vecinos de Barracas podrían denunciar el deliberado abandono en que está el Santa Lucía ante la Justicia porteña. Los jueces podrían comprobar que efectivamente un edificio histórico legalmente protegido está siendo degradado. Si lo consideran un descuido, pueden cobrar una multa mínima, de unos 70.000 pesos actuales, más la orden de reparar el daño. Si lo consideran un acto deliberado, la multa puede pasar los 300.000 pesos. Y si hay un arquitecto, ingeniero o empresario involucrado, el techo es casi un millón. Estas cifras cambian completamente la ecuación económica, les retiran a los inspectores –que suelen no ver nada hasta que hay derrumbes con muertos– el monopolio del control y abren a los ciudadanos un recurso invaluable. Sería cosa de tiempo para que la Justicia vaya creando gradaciones para aplicar la ley, como el que arruina una APH de muchos edificios o tapa un túnel colonial.

Lo mismo ocurrirá cuando un juez se encuentre con la previsible defensa de algún demoledor, que el bien en cuestión no está explícitamente incluido en la 1227 sino catalogado por otra ley. No es difícil pensar que los juzgados aplicarán el espíritu de la ley y no la numeración.

Hace muchos años, en Gran Bretaña, pasaban cosas así. Los ingleses son más respetuosos de leyes y reglamentos que nosotros, pero aun así hay hijos del rigor. Uno demolió una casa muy antigua, pese a la prohibición de British Heritage, la autoridad de aplicación. BH fue a la Justicia y pidió la máxima sanción de la ley. El juez hasta se permitió opinar que la ley le parecía excesiva, pero que no había ninguna duda de que el infractor había sido debidamente advertido. Con lo que lo condenó a reconstruir el edificio con materiales y técnicas de época. El astronómico costo de esto hizo las cosas más fáciles: el empresario infractor se declaró en quiebra y el suyo fue el último caso de esa gravedad.

¿Cuesta mucho soñar con algo así?

Arqueólogos

Hablando de iniciativas legales, la misma Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico y Cultural de nuestra ciudad presentó un proyecto realmente peculiar con el diputado porteño Francisco Nenna. Resulta que Capano y su equipo andan mucho con arqueólogos y terminaron mapeando una zona arqueológica del tango, nada menos. La idea es incluir en los bienes protegidos por la Ley 1227 un perímetro donde nació nuestra música, delimitado por las calles Vieytes, Coronel Rico, Cantilo, Paracas, Ituzaingó, Uspallata, Martín García, Irala, Villafañe, Caboto y Pedro de Mendoza. El área, como puede verse, recorre Barracas y La Boca.

Los arqueólogos se deben haber divertido recorriendo estas zonas mistongas, porque lo que buscaban era cafetines atorrantes, conventillos, bodegones, burdeles y esquinas marcadas en poemas rantes. Resulta que estos edificios siguen ahí, remodelados y arruinados, olvidados y tapados, con sus pozos de basura coloniales bajo el asfalto y sus aljibes cegados.

En La Plata, mientras, tratan de proteger mucho más que marcas del pasado. La oposición al Código de Ordenamiento Urbano se expande horizontalmente. Luego del tajante fallo de la Suprema Corte de la provincia, ordenando que no se lo aplique, se armó un verdadero frente transversal contra el proyecto. Mientras las ONG patrimonialistas manifiestan su apoyo a la Corte y su fallo, concejales, diputados y senadores bonaerenses del Frente para la Victoria, la UCR, la CC, la Unión Celeste y Blanca, el GEN, el PRO y Nuevo Encuentro emitieron este miércoles un documento criticando el Código. Además de señalar los problemas de hacinamiento y contaminación que puede causar, subrayan el ataque al Casco Fundacional, “el área de mayor valor patrimonial, alentando a la demolición de propiedades de incalculable valor”.

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Imagen: Leandro Teysseire
 
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