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Martes, 6 de marzo de 2012

CIUDAD › CONDENAN AL BANCO GALICIA

Por práctica abusiva

Una sucursal rosarina del Banco Galicia fue condenada por la Justicia local a pagarle cerca de 50 mil pesos a un hombre de 70 años, por emitirle una tarjeta de crédito que no solicitó ni retiró. Además, por una supuesta deuda cercana a los tres mil pesos, lo habían informado al Banco Central como "deudor de riesgo medio". Para el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 6 de Rosario, el Banco "tuvo una práctica abusiva, con serio menosprecio del demandante; y trató de prevalerse de la condición social del consumidor para imponerle sus productos o servicios". En la investigación, quedó probado que el accionar de la entidad afectó y agravó la salud del hombre.

La causa se inició en 2008 con la demanda de Horacio Hilario G. contra la sucursal 103 del Galicia, de Pellegrini al 1100. El hombre relató que el 12 de febrero de ese año recibió un resumen de cuenta correspondiente al período diciembre 2007﷓enero 2008 por 83,42 pesos; y una nota emitida por el Banco en la que le comunican que la tarjeta está disponible en la sucursal. En la presentación, aseguró que él jamás la solicitó.

En el resumen de cuenta se indicaba que los gastos habían sido realizados por Laura Florencia G., la hija del demandante, efectuados mediante una extensión que tampoco había sido solicitada por el hombre.

Tras ello, el hombre llegó a la sucursal acompañado de su esposa para intentar solucionar el problema, aunque no obtuvo respuestas. En consecuencia, las actuaciones comenzaron en la Oficina de Defensa del Consumidor, donde en una audiencia de mediación, el apoderado de la sucursal reconoció que Horacio Hilario G. "nada adeuda en concepto de tarjeta y a pesar de ello, la entidad financiera continuó con sus pretensiones de cobro hacia el actor y del informe otorgado por el Veraz, surge que el Banco Central individualiza como deudor al actor por un crédito a favor de la demandada por la suma de 2.700 pesos".

Sumado a ello, el afectado "padeció un cuadro de angustia que repercutió en su equilibrio anímico o estabilidad emocional, que le demando atención médica", según expresa el fallo de los jueces Juan Carlos Marchese, Horacio Allende Rubino y Néstor García, para quienes "la conducta desplegada por el Banco es contraria al trato digno y equitativo que merecen las personas". Y agregaron que "la propia demandada convirtió al actor en un consumidor involuntario, vinculando dos tarjetas de créditos, una de las cuales aparentemente pudo haber sido solicitada de acuerdo al dictamen contable por Laura Florencia G.".

Para los magistrados, "la entidad habilitó sin autorización una tarjeta de crédito a favor del actor, la que nunca fue retirada ni utilizada, vinculada a una extensión a favor de una tercera persona". Además, para la resolución, tomaron en cuenta varias irregularidades como "la remisión al actor de los resúmenes de cuenta (8 en total) informándole de los consumos que el mismo no había realizado y la deuda correspondiente; la inscripción del actor en la base de datos del Banco Central de la República Argentina; los reclamos extrajudiciales formalizados por el actor, tendientes a que se lo desvincule de la propia situación generada por la entidad bancaria; y la denuncia formalizada por ante la Secretaria de Comercio Interior". En ese sentido, dejaron claro que "no se trata de un simple error, sino de un accionar abusivo de la accionada".

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