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Miércoles, 1 de agosto de 2012

CIUDAD › PROCESAN AL CARRERO QUE CAUSó UN CHOQUE FATAL

Está acusado de homicidio culposo

Fue procesado por la Justicia Damián Acevedo, el carrero que a fines de junio de 2011 provocó un accidente de tránsito en la autopista a Córdoba, en el que murió Hugo Darío Giaquinta, conductor de una camioneta en la que llevaba a sus hijos a la escuela. Acevedo, de 30 años, circulaba en un carro con tracción a sangre --por su trabajo de changarín-- y cuando pretendía cruzar la autopista, cerca de la rotonda de calle Wilde en Funes, fue embestido por una camioneta que intentó esquivarlo, conducida por el comerciante de golosinas, de 54 años, que falleció en el acto. El changarín salió ileso y quedó detenido, pero poco después de un mes desde la detención recuperó la libertad, que mantendrá tras la resolución del juez de Instrucción 4º, Juan Carlos Vienna, quien lo procesó bajo la figura de "homicidio culposo".

El año pasado, la fiscal Nora Marull había pedido que la causa fuera caratulada como homicidio con dolo eventual, lo que motivó el rechazo de un pedido de libertad presentado por la defensa del hombre que hacia tareas de cartoneo. Esa denegatoria fue apelada y la Cámara Penal revocó la resolución. Para el juez, Acevedo "no asintió el probable resultado; sin prever la posibilidad del resultado muerte".

El 30 de junio de 2011, a primera hora de la mañana, en el kilómetro 298 de la autopista, Acevedo conducía un carro de cirujeo tirado por una yegua que también murió en el accidente. Al intentar cruzar la calzada, fue embestido por una camioneta Honda CRV conducida por Giaquinta, quien falleció en el momento. Tras intentar esquivar el carro, el comerciante, que llevaba a sus hijos a la escuela --quienes resultaron ilesos-- dio de lleno contra la yegua.

Tras ello, Acevedo quedó detenido. Cuando se apeló la denegatoria de sustitución de prisión, la Sala II de la Cámara Penal decidió que no había obstáculos para que el changarín continuara con el proceso en libertad, "sin perjuicio de imponerle las restricciones que se estimen necesarias" para garantizar su comparecencia en el proceso.

Al procesarlo, el juez sostuvo: "Con su actuar desaprensivo e indolente, el imputado llegó a un resultado fatal para la víctima. Aunque no querido, ése fue el resultado por su obrar culposo. Cruzó la autopista por un lugar prohibido y en la absoluta oscuridad, y no obstante ello prosiguió con su plan. Hizo caso omiso a todas las reglas". En una decisión que resulta llamativa, el juez trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 400 mil pesos.

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