rosario

Sábado, 20 de junio de 2015

CIUDAD › RECHAZAN LA APELACIóN DEL EXPOLICíA GIULIANO

A juicio sin chistar

El juez Carlos Carbone no admitió la presentación del
excomisario acusado de enriquecimiento ilícito, que pretendía
la nulidad por considerar que la acusación es "infundada".

 Por Lorena Panzerini

La Cámara Penal rechazó un recurso de apelación del ex comisario mayor de la Unidad Regional II de Policía, Hugo Giuliano, quien fue procesado hace un año por enriquecimiento ilícito. El policía pretendía la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio, por considerarla "infundada", ya que no establecía el monto apreciable de incremento del patrimonio.

Sin embargo, ahora el planteo deberá ser tratado a instancias del juicio. El juez Carlos Carbone no admitió la presentación, en el marco de la ley 13.004, que regula el nuevo sistema penal, y que plantea que no son apelables cuestiones que no causen un gravamen irreparable. Ahora, el policía deberá esperar al juicio para hacer su planteo, aunque su abogado, Carlos Edwards adelantó que presentará un nuevo recurso de inconstitucionalidad. Según recuerda la resolución, Giuliano está acusado por la "incrementación de su patrimonio en calidad de funcionario público no coincidiendo dicho enriquecimiento con los haberes que percibía por su desempeño en la órbita policial".

El policía fue denunciado en 2004 por Apropol, el gremio policial no reconocido, que presentó un resumen de movimientos de tres cuentas que Giuliano tenía en bancos privados, y un conjunto de propiedades que le pertenecerían.

Al principio de la investigación, intervino la Dirección de Asuntos Internos, donde el expediente demandó dos años y finalmente descubrió y agregó otros bienes que ingresaron a la causa judicial abierta en 2008. Giuliano tenía varias propiedades entre viviendas y locales comerciales, títulos públicos, dos automóviles, una lancha y constancias de viajes reiterados realizados al exterior tanto por él como por familiares directos. Algunos bienes eran propios y otros de familiares consanguíneos inmediatos.

En el fallo de procesamiento del juez Juan Andrés Donnola, de abril de 2014, se indicó que una perito contadora de la Corte Suprema de Santa Fe afirmó haber llegado a conclusiones semejantes a las alcanzadas por la Oficina de Investigaciones Patrimoniales de Asuntos Internos: el oficial investigado tenía un conjunto de bienes mucho mayor al que puede demostrar con ingresos lícitos.

Pese a ello, la causa estuvo varios años abierta sin que Giuliano fuera citado a indagatoria, lo que prolongó los plazos. Incluso, en 2013 fue sobreseído por vencimiento de los plazos legales, pero el fiscal Esteban Franichevich (fallecido) rechazó esa resolución porque sostenía que había prueba para enviarlo a juicio por crecimiento injustificado de su patrimonio, y apeló la resolución que lo dejaba fuera del expediente.

Así, la Alzada declaró nula la decisión de dejar fuera de proceso al ex funcionario por carecer de una valoración de la prueba; y el expediente recayó en el juzgado de Donnola, que lo procesó.

Giuliano llegó a desempeñarse como jefe de la Agrupación Unidades Especiales de la policía rosarina. Su caso fue el primero en la provincia que lleva a juicio por enriquecimiento ilícito a un ex alto funcionario policial luego de que dos fallos de la Cámara Penal avalaran la continuidad de las investigaciones en torno al acusado.

En su momento, basado en el trabajo de peritos contables, Donnola entendió que "se observa una variación apreciable y desproporcionada del patrimonio de un personal policial que en principio no encuentra justificación en los ingresos normales de su cargo y de su familia".

El juez evaluó la ausencia de documentación adecuada que permitiera acreditar movimientos patrimoniales en actividades que deberían por su esencia encontrarse debidamente comprobadas.

Desde Asuntos Internos se había indicado que el imputado no contaba con los ingresos documentados para justificar su evolución patrimonial. El juez valoró el testimonio del ex director Mario Franco, quien sospecha que el imputado no contaba con los ingresos documentados para justificar su evolución patrimonial.

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