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Viernes, 27 de abril de 2007

CIUDAD

La muerte del menor en el IRAR habría habido "abandono de persona"

El juez Artigas se excusó de seguir investigando la muerte de Néstor S., mientras la mamá de la víctima presentó en el mismo juzgado una denuncia para que se investigue "homicidio agravado".

El Juez de Menores, Leandro Artigas, se declaró ayer incompetente para proseguir la investigación de la muerte del menor Néstor S., ocurrida la semana pasada en el Instituto de Rehabilitación de Adolescentes de Rosario (IRAR). La causa recayó en el Juzgado de Instrucción de la 9ª Nominación, a cargo de Javier Beltramone, quien se encontraba en turno el día en que ocurrió la muerte del chico. Artigas entiende que en los hechos que culminaron con el fallecimiento del menor habría habido "abandono de persona". Además, en el juzgado de Artigas se recibió ayer una denuncia efectuada por la madre de la víctima en la que solicita que se investigue la presunta comisión del delito de "homicidio agravado". En tanto, desde la Defensoría del Pueblo se sumaron a las voces críticas en relación a la intervención del IRAR dispuesta por el ministerio de Gobierno, al indicar en un comunicado que "designar al Servicio Penitenciario al frente de esta intervención significa, lisa y llanamente, vaciar de contenido la aplicación de la Ley Nacional Nº 26.061 basada en el sistema de protección integral de los niños, niñas y adolescentes".

La decisión tomada ayer por el juez de Menores, Leandro Artigas se fundamenta en que dos de los delitos que debería investigar trascienden la competencia del fuero de Menores, ya que la investigación preliminar de su juzgado involucra como posibles autores de esos delitos a mayores, desvinculando a los menores internados en el IRAR.

El magistrado entiende que en los hechos que culminaron con el fallecimiento del menor habría habido "abandono de persona" ﷓delito previsto en el art. 106 del Código Penal﷓. Además, en el juzgado del Dr. Leandro Artigas se recibió ayer una denuncia efectuada por la madre de la víctima en la que solicita que se investigue la presunta comisión del delito de "homicidio agravado".

Por lo señalado, ayer se hizo cargo de la causa Javier Beltramone, quien inmediatamente dispuso una serie de medidas, entre ellas tomar declaración a dos chicos internos del Instituto, trámite que ya se realizó al mediodía en el Juzgado de Instrucción N° 9. El magistrado tiene previsto, además, realizar entre hoy y mañana una inspección ocular en el IRAR.

Por su parte, desde la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe manifestaron, a través de un comunicado, su preocupación ante la Intervención del Instituto de Recuperación del Adolescente de Rosario (IRAR) dispuesta por el Ministerio de Gobierno de la provincia a través del Servicio Penitenciario provincial. Según el texto, debe tenerse en cuenta que buena parte de los jóvenes allí alojados son personas menores de 16 años, absolutamente inimputables, con lo cual el fundamento de su encierro es la "protección".

Para la Defensoría, las medidas aplicadas sobre los jóvenes en situación de encierro deben cumplir determinadas condiciones atento a que "las políticas públicas y su prestación" deben prioritariamente "mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes. Las políticas públicas de los Organismos del Estado deben garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes".

Asimismo, la Ley Nº 26.061 sostiene que "la privación de libertad personal, entendida como ubicación de la niña, niño o adolescente en un lugar de donde no pueda salir por su propia voluntad, debe realizarse de conformidad con la normativa vigente", para lo cual son de aplicación los artículos 37º y 40º de la Convención sobre los Derechos del Niño.

La situación de las personas alojadas en el IRAR ﷓que en general no tienen actividad alguna﷓, la precarización laboral del personal (situación irregular, falta de pago, carencia presupuestaria para poder sostener los talleres, ausencia de coordinación con otras instituciones), la falta de presupuesto y las deplorables condiciones edilicias (expresadas en el comunicado de esta Defensoría del Pueblo de fecha 20 de abril pasado), han generado una situación de violación de los Derechos Humanos fundamentales sobre las personas allí alojadas y sus respectivos núcleos familiares.

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La Defensoría del Pueblo se sumó a las voces críticas en relación a la intervención del IRAR. "Designar al Servicio Penitenciario es vaciar de contenido la Ley Nacional Nº 26.061".
 
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