Martes, 1 de mayo de 2012 | Hoy
17:44 › UN CORTE A LA VIOLACIóN DE DERECHOS
El gobernador Mario Jorge estableció por decreto que, en consonancia con un fallo de la Corte Suprema de Justicia, esa práctica debe concretarse para casos de embarazos producto de violaciones, en un plazo de diez días posteriores al pedido de la mujer; destacó que se preverá "una protección de la víctima con un seguimiento por 90 días", y aseguró que se aceptará "la objeción de conciencia" por parte de los profesionales que, por razones ideológicas y religiosas, se nieguen a realizarlas.
"Las intervenciones se realizarán en los hospitales de Nivel 4 de las ciudades de Santa Rosa, General Pico, Realicó, General Acha, y 25 de Mayo", precisó el mandatario al hacer el anuncio en la Casa de Gobierno provincial del decreto 279/12, que acata los límites de la interpretación de los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal que hizo el máximo tribunal e instruye al Ministerio de Salud provincial a elaborar un protocolo hospitalario para la atención y asistencia sanitaria de prácticas de aborto no punible.
Hace casi un mes, luego de que la Corte ratificara esa interpretación, la aplicación de esa medida provocó polémicas en la provincia, a tal punto que el ministro de Salud pampeano, Mario González, había asegurado no acataría el fallo basándose en un veto de 2007 del gobernador Jorge a una ley sobre ese tema.
Tras esas declaraciones, el propio mandatario desautorizó los dichos de su ministro y confirmó que La Pampa acataría la disposición de la Corte. Por su parte, la bancada opositora del Frente Pampeano (Frepam), que integran la UCR y el socialismo, ratificó su posición de "respetar en todos sus términos el fallo de la Corte Suprema".
Asimismo, el decreto señala que no debe dejar de mencionarse que los fallos de la Corte Suprema son obligatorios para el caso individual fallado pero que, dada la trascendencia social del pronunciamiento en cuestión, han hecho que la provincia tome la recomendación para considerar necesario a la luz de los nuevos preceptos interpretativos, reglamentar a través de un protocolo hospitalario la práctica del aborto no punible establecido en el articulo 86 del Código penal.
El anuncio de hoy era muy esperado por las distintas organizaciones locales y provinciales que defienden los derechos del género, debido a que hace cuatro años el propio gobernador había vetado un protocolo por el aborto no punible en casos de violación.
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