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Diputados tratará la inmunidad de los Bancos Centrales

El bloque del oficialismo buscará esta semana avanzar en la sanción del proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo para que los Bancos Centrales extranjeros tengan inmunidad ante los tribunales argentinos, lo que habilitará a la Argentina a firmar convenios de reciprocidad en la materia. La norma tiene media sanción del Senado, que la aprobó por unanimidad.

La intención del Frente para la Victoria es poder convertir en ley esta semana, la iniciativa que protege los activos de bancos centrales extranjeros. La bancada oficialista que conduce la bonaerense Juliana Di Tullio decidió acelerar para el martes la firma del dictamen que se discutirá en el marco de un plenario de comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Finanzas.

En esos cuerpos el oficialismo tiene mayoría para imponer la firma del despacho de comisión, lo que le permitiría convocar a una sesión especial para este miércoles para convertir en ley esta iniciativa que fue aprobada el pasado 10 de Julio en el Senado.

Fuentes de la bancada oficialista dijeron que la intención "es emitir dictamen el martes y, si podemos, aprobarlo el mismo miércoles, porque es un tema que tiene consenso entre las bancadas parlamentarias mayoritarias".

Ya el Senado aprobó por unanimidad esta iniciativa diseñada por el gobierno nacional y todos las bancadas parlamentarias expresaron su aval a que la Argentina, como en otros países, cuente con una ley que otorgue inmunidad a los activos de los bancos centrales extranjeros.

Por ese motivo, en el oficialismo sostienen que el plenario de las comisiones, que conducirán los titulares de Relaciones Exteriores, Guillermo Carmona, y de Finanzas, Carlos Heller, emitirá un dictamen con un amplio respaldo a esta iniciativa de la mayoría de las bancadas políticas.

El proyecto establece que "los Bancos Centrales extranjeros u otras autoridades monetarias extranjeras son inmunes a la jurisdicción de los Tribunales argentinos". Solo estarán exceptuados de esa protección en caso de "consentimiento expreso a través de un tratado, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante una declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial; por reconvención basada en la misma relación jurídica o cuando la demanda versare sobre una actividad ajena a sus funciones".

Se fija que "los activos de un Banco Central Extranjero o una autoridad monetaria extranjera que sean utilizados para el normal desenvolvimiento de las actividades estaduales relativas a la ejecución de la política monetaria, gozan de inmunidad de jurisdicción" ante la Justicia argentina respecto de cualquier medida coercitiva que pudiera afectarlos. Esta inmunidad "será aplicable en la misma medida en que los activos del Banco Central de la República Argentina gocen de inmunidad conforme la legislación del país al cual pertenece el Banco Central extranjero de que se trate".

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