rosario

Domingo, 12 de febrero de 2006

SANTA FE

La "asociación ilícita"

A los tres empleados de la EPE que fueron procesados -dos por fraude en perjuicio de la administración pública y el restante por hurto simple- se le imputaron delitos excarcelables pese a que el juez Carlos Carbone entendía que había sobrados elementos incorporados en la causa como para incluirlos bajo la figura de la "asociación ilícita". Esta modalidad delictiva contempla "prisión o reclusión de tres a diez años a quien forma parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión", según el Código Penal. Aquí los argumentos del magistado que fueron refutados por la Fiscalía de Cámara.

Para Carbone, los agentes de la EPE Juan Carlos Spetale, Humberto Muriel y Angel Colazo "podrían concurrir realmente con el delito de la Asociación Ilícita prevista en el artículo 210 del Código Penal". Esto a raíz de "los elementos positivos de incriminación constituidos por cierta forma de indeterminación delictiva en perjuicio de la empresa provincial como lo revelan las escuchas, el modus operandi, organización, elementos técnicos coordinados, diferentes roles que ellos cumplían y que solo el tiempo en que duró esta investigación con las constataciones practicadas revelarían ese requisito de permanencia que se le exige a este tipo de banda u organizaciones y que no respondían a un simple impulso o una simple consumación de hechos individuales o aislados".

Pese a ello, oportunamente el fiscal Peña rechazó esos argumentos y la Cámara de Apelaciones se pronunció de manera ambigua al respecto. Por esa razón el juez resolvió dictar el falta de mérito sobre este delito a los tres empleados de la EPE que estaban imputados.

Fuentes judiciales confiaron a Rosario/12 que en el juzgado interviniente existe malestar con la Fiscalía por no haber avalado la figura de la asociación ilícita, que no es excarcelable. "Parece que hubo un llamado desde arriba para parar la investigación, de lo contrario no se entiende la postura del fiscal ante la contundencia de las pruebas".

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