La Cámara Penal confirmó la condena de la exjueza María Luisa Pérez Vara, a un año de prisión en suspenso y dos de inhabilitación por "incumplimiento de deberes", tras el crimen de Luis Medina y su novia, en 2013. Los jueces José Luis Mascali, Guillermo Llaudet y Javier Beltramone señalaron que la ex magistrada "prescindió de la ley como si no existiera", al no presentarse ni responder llamados de policías y operadores judiciales, cuando había que librar medidas de prueba urgentes. La investigación ratificó que Pérez Vara estaba en Cariló cuando debía estar cumpliendo el último día de su turno. Los magistrados no le dieron más pena -la Fiscalía había solicitado dos años en suspenso‑ porque consideraron su edad (ya está jubilada) y la falta de antecedentes. La defensa presentó un recurso de inconstitucionalidad para intentar que el caso sea analizado por la Corte provincial.

Antes de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema procesal penal, el Código de Transición refería que el magistrado o magistrada del fuero penal era "el director de la investigación" -hoy lo son los fiscales- y que "durante la instrucción las normas de competencia por turno eran aplicables en los primeros momentos de la actuación judicial". Frente a esa normativa, la acusada "no ejecutó" las leyes provinciales, según expresa el fallo de la Alzada.

La falta de actuación de la ex magistrada, en el caso, quedó en evidencia el último día de su turno como titular del Juzgado de Instrucción 5ª. Alrededor de las 6 de la madrugada del 29 de diciembre de 2013, Medina y su pareja, Justina Pérez Castelli, fueron acribillados en Circunvalación y Ayolas, cuando iban a bordo de un Citroën DS3, hacia el hotel ubicado en el predio del casino.

Pese a las innumerables llamadas de policías y operadores judiciales, Pérez Vara nunca atendió el teléfono. No hubo forma de contactarla hasta entrada la tarde, cuando alegó problemas de salud.

Ante esa cuestión, el fallo de Cámara indica que "la imputada conocía la ilegalidad de no estar presente ni atenta para evacuar consultas y dirigir el procedimiento en el turno". Además, cuando se logró una comunicación -ya por la tarde, cuando habían intervenido otros magistrados en el caso‑, "no fue sincera cuando se la compelió para que la visitara un médico del Poder Judicial y así corroborar la enfermedad que decía padecer".

La causa en contra de Pérez Vara se inició como consecuencia de la falta de actuación en los primeros momentos del hecho que generó gran conmoción social, por el tinte mafioso del doble homicidio. Además, por aquellos días, la señal del celular de la exjueza fue captada en Cariló y con el correr de la investigación sobre las antenas de telefonía, se comprobó aquella sospecha.

Cuando el fiscal Guillermo Corbella pidió que se le duplique la pena, en febrero pasado, habló de "absoluta indiferencia y falta de compromiso" de parte de la jueza. "Hubo un desprecio absoluto por el bien jurídico. Entorpeció el servicio de Justicia", aseguró.

Frente a ello, los camaristas consideraron que "la procesada ha tenido conocimiento y voluntad" en sus actos de omisión. "Aún en los casos que los jueces -del viejo sistema‑ consideraban que eran incompetentes, debían realizar las diligencias impostergables de una investigación y luego remitir la causa a quien considere competente", sostuvieron.

Antes de la sentencia penal de primera instancia, dictada el año pasado por el juez Julio Kesuani, desde la Procuración de la Corte Suprema de Justicia se inició una investigación administrativa, que cerró meses después con la aplicación de una multa de 2.950 pesos para la exjueza.

En tanto, el crimen de Medina, quien era conocido como un empresario de la noche y estaba bajo la lupa como sospechoso de negocios ligados al narcotráfico, está impune, ya que el expediente no registra avances sobre los presuntos autores.