Graciela era una mujer independiente, tenía su trabajo, su familia y sus hijos. Incluso, una relación "abierta" con su pareja. Todo ello fue tomado por la Justicia como un atenuante a la hora de condenar al femicida, y la causa fue calificada como "homicidio agravado por la relación de pareja". La figura del femicidio fue dejada de lado, pese a que la violencia estaba clara: Ricardo Ratto le asestó 11 puñaladas a Graciela Príncipe. La fiscal Marisol Fabbro dijo que la mató porque ella quería dejarlo; pero, aclaró que no se pudo probar que fuera una relación violenta. Liliana Leyes, secretaria de Género de ATE -donde Graciela era afiliada- aseguró que había pruebas de violencia psicológica y simbólica. La defensa alegó que le corresponden atenuantes al acusado porque la relación era "inversa a lo que suele verse en este tipo de casos: él era quien tenía dependencia afectiva y económica", dijo la abogada como un justificativo. La pena cerró en 25 años, en juicio abreviado. En medio del dolor, los hijos de la víctima avalaron el acuerdo y la fiscal dijo que ellos no querían llevar el caso a juicio oral.

El llanto de los familiares de Graciela se oyó en la sala de audiencias cuando Ratto habló. "Fue un momento muy duro, una locura cometida. Asumo la responsabilidad", dijo el hombre de 59 años que en enero de 2016 citó a Graciela en la zona de la Terminal, discutió con ella, sacó un cuchillo y la apuñaló en plena calle, a las siete de la tarde.

La víctima tenía 54 años y trabajaba como portera en una escuela de barrio Empalme Graneros. Los fines de semana atendía un puesto de venta de pochoclo. Vivía en una casa de barrio Ludueña con su madre y una de sus hijas. Cuando conoció a Ricardo, en 2015, cada uno tenía sus hijos, pero él no tenía relación con los suyos. Su abogada dijo ayer que estaba muy solo, que no tenía trabajo. Ella le consiguió unas horas arriba de un taxi. En la audiencia de ayer también se ventiló que tenían una relación abierta y que ni la psicóloga, ni los hijos de Graciela hablaron de violencia. Sin embargo, cuando él vio que la perdía decidió clavarle once veces un cuchillo. Para la Justicia, no fue un femicidio. 

El año pasado, Fabbro había solicitado la pena de prisión perpetua para el acusado -que intentó esconderse en la localidad de Peyrano-, en la audiencia premiliminar al juicio. Lo acusó de homicidio calificado por la relación de pareja, en concurso ideal con homicidio calificado por femicidio. Ayer, no mantuvo la figura penal por la que tanto militó el movimiento de mujeres.

Los jueces Héctor Núñez Cartelle, Pablo Pinto y Melania Carrara avalaron el acuerdo abreviado durante la audiencia. La fiscal habló de "inexistencia de circunstancias de violencia de género" porque "no había denuncias". "Se ve corroborada la fuerte dependencia económica que él tenía hacia la víctima", dijo; y habló de una "disminución de la escala penal" para el caso en el que la pena máxima era prisión perpetua.

La defensa fue más allá: "Esta es una situación inversa a las que se suele ver, con una relación de subordinación y poder del varón. El tenía dependencia afectiva, familiar y económica. Ella tenía personalidad, trabajo, determinación".

A Leyes, la calificación penal del caso le dejó un sabor amargo: "Esto es un disciplinamiento a las mujeres, por empoderarnos. Nosotras sabemos que antes del hecho hubo varios mensajes de texto hacia allegados de Graciela, amenazas por parte de él. Se hicieron las capturas de pantallas. Había violencia psicológica y simbólica, que no se ve como la violencia física, pero existe y también lleva a la muerte: fueron once puñaladas, ¿eso no es violencia?", se quejó la sindicalista.