“La flagrancia ¿Sabe qué es?, es un perfume... ¡Me cagó la noche!”. La expresión de un secretario del juez Julián Ercolini dirigida a un policía que lo despertó con un llamado a las dos de la mañana cuando creía estar frente a un caso de “flagrancia”, pasó a formar parte del libro gordo de chistes del mundillo judicial. Eran los primeros días en que se aplicaba la nueva ley que establece que las personas que son sorprendidas cometiendo un delito, al tratar de cometerlo o inmediatamente después con algún objeto o rastro, serán llevadas ante un juez o una jueza como mucho a las 48 horas  para que decida si queda o no en libertad y tenga un juicio rápido. El gobierno nacional presentó públicamente esta reforma como “el fin de la puerta giratoria”. En el mes que lleva de aplicación, mostró un alto riesgo de hacer colapsar los tribunales y de multiplicar el desborde de los lugares de detención (ya saturados), según reflejan los relatos de fiscales y jueces. Algunos ven rasgos positivos como la celeridad obligada en la definición de las causas, el procedimiento oral y la cercanía temporal con el hecho, así como otros negativos como la persecución focalizada en las personas en situación se calle, por delitos leves y tentativas, a lo que se suma que por cumplir con estos juicios tienden a quedar de lado los más complejos, desde expedientes de violencia de género hasta crimen organizado.  

A juzgar por quienes conocen de cerca la situación penal y carcelaria, uno de los problemas que presenta la “flagrancia” es que es instalada como modalidad de detener y juzgar sin parar en un momento en que las cárceles federales ya de por sí llegaron a un record de superpoblación. Hay en los últimos tiempos, en general, más detenciones, porque las fuerzas de seguridad y parte del sistema penal se ven envalentonados por el (falso) lema gubernamental que asocia la cárcel con la reducción del delito. El Servicio Penitenciario Federal (SPF) reconoce que tiene 11.000 presos, mientras que en 2001 eran 6500. La Procuración Penitenciaria (que vela por los derechos de los detenidos) advierte que la capacidad es de 9500, de modo que hay superpoblación, lo que deriva en hacinamiento y tratos inhumanos.

Un termómetro de la situación y de los arrestos por delitos menores lo ofrece la alcaidía del Palacio de Tribunales (o unidad 28), que es un lugar de detención transitoria pero está colmado de manera permanente. La Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin) comparó el promedio de presos que ingresaban allí en una quincena entre septiembre y octubre de 2016 y otra que abarca los comienzos de la aplicación de la “flagrancia” en diciembre: en el primer caso el promedio fue de 113 personas alojadas por día, en el segundo escaló a 132. La nueva modalidad se empezó a usar el 1 de diciembre y al día siguiente se produjo el pico de detenidos, que fueron 171. Esta unidad puede albergar como máximo a 220 personas y no está acondicionada para dormir. En esos dos tramos analizados también aumentó el porcentaje de presos que pasan más de 24 horas allí: de 72 a 83 por  ciento. Lo que se sabe es que la mayoría de los detenidos que van al Palacio de Tribunales provienen de dependencias policiales, lo que hace suponer que acaban de ser detenidos y no que fueron trasladados para trámites o audiencias (aunque algunos sí). No hay datos que especifiquen si lo que marca el aumento son los delitos detectados en flagrancia, pero sí comentarios y quejas de funcionarios judiciales: “La flagrancia no da respiro”.

“Estamos administrando la pobreza”, se lamenta la fiscal de instrucción Cristina Caamaño. Cuenta una experiencia reciente: Emanuel, un chico de 20 trepó a una persiana metálica y logró meterse en un local de telefonía, pero fue descubierto; cuando quiso salir corriendo, se lastimó, terminó cortajeado atrapado por la policía ensangrentado. Ni siquiera concretó el robo, o sea que fue una tentativa. El joven fue apresado y empezó a actuar la maquinaria judicial. El dueño del local, o sea la víctima, se mostró apenado por el chico, no quiso ir a la audiencia y dijo que no iba a pedir nada. “Esa causa era la nada misma, no lo que reflejan muchas causas: pibes no terminaron la primaria, que consumen paco, personas en situación de calle son la mayoría de los detenidos, por arrebatos o robos insignificantes. Dedicamos un día entero o más a esto porque la ley pone plazos rápidos, y todo los días hay más, y no nos ocupamos de las causas graves”, advierte Caamaño. “Esto es como aplicar el sistema acusatorio exclusivamente a la flagrancia. Pero tenemos un acusatorio aprobado para todos los delitos que no se aplica. Entonces no podemos aplicar lo que se llama principio de oportunidad, que a los fiscales nos permitiría diferenciar lo que nos parece importante y lo que no, y estamos restringidos para usar variables previstas en el sistema acusatorio como resolución alternativa de conflictos. Si en un caso como el de Emanuel la víctima quiere pedir algo, como la reposición del vidrio, o seguir el juicio aunque la fiscalía desista, podría. Pero ahora nos obligan a llevar todo a juicio, porque el único interés es mostrar que hay actividad. No se trata de que todo el mundo vaya preso, eso no es solución. Esto es un parche”, advierte.

El fiscal Santiago Vismara, que estuvo de turno recibiendo los detenidos de cinco comisarías entre el 11 y el 15 de diciembre, tuvo nueve imputados por casos flagrancia, seis de ellos sin techo, viven en la calle. Fueron todos delitos contra la propiedad, tentativas y robos consumados de carteras y celulares. En su experiencia, las víctimas sí tuvieron un papel activo y se buscaron vías de resolución de conflicto. Dos aceptaron reparaciones económicas. Notó deficiencias y dice que fue difícil cumplir con los plazos.

“El problema es que no hay una estructura diseñada para esto. Si se usara el código acusatorio aprobado el año pasado, debería haber un grupo especial de fiscales dedicados a flagrancia. Pero ahora, mientras estamos en una audiencia de flagrancia tenemos que tramitar miles de otras causas. Yo que estoy en la fiscalía de Saavedra tengo que cruzar toda la ciudad hasta Tribunales para las casos de flagrancia, a veces un día entero invertido en esto”, señala la fiscal Claudia Katok. Lo dice algo apenada, porque cree que la oralidad es una de las mejores cosas que le pueden pasar al sistema de justicia. “Tenemos que estar todos presentes, jueces, fiscales y defensores. Es muy importante el contacto con las personas”, sostiene. Otra de las consecuencias negativas que observa es que por más que todo el proceso de juzgamiento pueda ser más rápido, tiene consecuencias sobre la libertad de los imputados: “Flagrancia puede haber en un robo o un delito leve como resistencia a la autoridad por el cual una persona que hubiera estado detenida unas horas quizá quede presa uno o dos días”. Su colega Estela Andrades, pide la creación de una Unidad Especial de Flagrancia y una secretaría de gestión de audiencias. Ella, que subroga en otra fiscalía, tuvo que hacer malabares para que no se le superpusieran las 16 audiencias de flagrancia que tuvo.

Chiche nuevo

Engolosinados con la novedad, en los primeros días de diciembre cuando entró en vigencia la ley el Gobierno festejaba que se había logrado la primera condena en 36 horas, contra una mujer que había robado prendas en un comercio de Caballito: seis meses de prisión. Después, en menos de dos días, ya había más condenas contra tres hombres por intentar robar de equipos de música de varios autos. Hubo denuncias de violencia de género, pero como eran casos con denuncias previas pasaron al ritmo judicial habitual. A fin de mes, la Corte Suprema emitió una acordada (a raíz de un reclamo de la Procuración Penitenciaria) en la que le dice al Ministerio de Justicia, del que depende el Servicio Penitenciario Federal, que se debe ocupar de resolver la situación de sobrepoblación en las unidades carcelarias y que tome con urgencia medidas para evitar que los detenidos pasen la noche en la Unidad 28, donde duermen amontonados y en el suelo, y garantice condiciones dignas para quienes son alojados allí.

La ley de flagrancia (27.272) fue aprobada el 7 de septiembre y lleva casi un mes y medio en vigencia. Prevé que las personas que sean detenidas in franganti deben ser llevadas ante un juez entre las 24 y 48 horas posteriores al hecho. Hay una audiencia de imposición de cargos donde se define si la persona queda en libertad, si se le concede una probation, se hace un juicio abreviado o un juicio oral. Sigue una segunda audiencia, de clausura que debe ser a los 10 días a más tardar si la persona está detenida o a los 20 si está en libertad. Puede haber hasta cuatro audiencias pero el proceso no puede demorar más de 40 días. Los juicios son unipersonales (un solo juez), a menos que el imputado pida el tribunal colegiado en ciertos casos graves.

El fiscal correccional y de juicio Ariel Yapur tiene una mirada optimista: “La ley es mala técnicamente y se introduce en un esquema que no estaba preparado para esto, entonces hay desajustes; pero estoy convencido que hay cuestiones que dependen de cómo nos organizamos el trabajo como fiscales. Por ejemplo, si uno quiere ocuparse de los temas de criminalidad económica, priKmero podría resolver los delitos que le molestan a la opinión pública, que no son los robos de banqueros ni los casos de corrupción. Algunos operadores judiciales boicotean las audiencias de flagrancia porque no quieren ir, no quieren estar. El desafío es nuestro”. Según Yapur, los casos de flagrancia son de fácil esclarecimiento y la inmediatez “hace que los testigos cuando vienen se acuerdan de todo”. “Algunos colegas me dicen que convalida los procedimientos policiales fraguados, pero yo creo que es al revés, que con este sistema para la policía es más difícil fraguar”, señala.

La flagrancia en realidad ya existía en las normas de procedimiento, lo que hace la nueva ley es acortar los tiempos. “Acelera los casos menores y los eleva a juicio con consecuencias gravísimas, a mi modo de ver, por la selectividad penal que implica y por el colapso del sistema carcelario. El criterio no puede ser mandar presas a personas sin parar”, advierte la fiscal Mariela Labozetta, titular de la Unidad de Violencia contra las Mujeres (UFEM). Labozetta evalúa que así como en los casos en que se presentan testigos, éstos recuerdan más por la cercanía, hay otros tantos hechos como arrebatos de carteras u otros robos donde si no hay testigos lo que guía el caso y determina su rumbo es el sumario policial. “La nueva ley criminaliza a los pobres”, afirma.

“Estamos detectando una presión enorme en el sistema penitenciario. Los detenidos de flagrancia que no pueden ir a la Unidad 28 van a Devoto, Marcos Paz y Ezeiza, donde tampoco hay lugar”, dice el fiscal José Nebbia, titular de la Procuvin. “La flagrancia empina una curva que ya es ascendente. Pero una de las consecuencias de todo esto es que para liberar pabellones están empezando a mandar condenados de lesa humanidad a Campo de Mayo”, señala. La excusa es cuidar su estado de salud en la tercera edad y hacer lugar para detenidos en las cárceles, pero es una detención VIP a la vieja usanza, un privilegio que los represores habían perdido y ahora recuperan y que ningún preso común tiene para sí.

Jueces disconformes

“No me gusta el criterio de eficiencia por sobre el de razonabilidad. Es indefectible que el sistema así planteado no puede ser bueno y va a ir en contra de las causas que no sean de flagrancia. Hay tribunales que tienen 600 causas desde antes de esto. Habrá justicia rápida para casos de poca monta, para el resto no”, advierte Ivana Bloch, jueza de tribunal oral. Tampoco la convencen los juicios unipersonales: “Se prestan a la corrupción”, dice. A la vez rescata que las audiencias orales por delitos detectados in fraganti logran parte del verdadero espíritu de la oralidad y evitan reeditar la etapa de instrucción escrita como suele suceder en los juicios orales que se demoran años en llegar y obligan a remontar un expediente casi desde cero. “Otro efecto positivo que obliga que los jueces poco afectos a concurrir a tribunales a tener que estar presentes siempre”, considera.

Desde su propio ángulo pragmático, la tradicional y conservador, la Asociación de Magistrados mostró coincidencias sorprendentes con las críticas de muchos fiscales al sistema, a punto tal que cuando estaba por entrar en vigencia la ley difundió un comunicado que decía que en múltiples reuniones con el Ministerio de Justicia, se habían topado con que “falta de previsión logística” para el traslado y alojamiento de los detenidos y carencia de “recursos materiales y humanos para que dicho procedimiento pudiera llevarse a cabo en las condiciones mínimas necesarias”. El texto remarcaba que varias cámaras, entre ellas la Cámara Federal, firmaron acordadas diciendo que el sistema es difícil o imposible de implementar. Lo que dicen los jueces de esta entidad es que no quieren que los hagan cargo de un eventual fracaso del modelo.

“Por ahora, el modo en que todo está planteado es sólo trabajar para el Guinness y que los acusados se conviertan rápido en condenados. Toda la selectividad del sistema penal ahora es doble porque a la habitual se le suma la de la flagrancia, en desmedro de problemáticas que se empezaron a captar más, como la violencia de género. A la vez es mayor la reincidencia”, dice Adrián Martín, juez de tribunal oral, integrante de la Asociación Pensamiento Penal. “El sistema penal sigue siendo medieval. No se piensa sobre qué delitos va a trabajar sino que se invisibiliza los que la policía decide seleccionar, que son los callejeros. El derecho no es neutral ni aséptico -intenta desmitificar–. No es que uno reivindique la lentitud ni la prisión preventiva. Pero la flagrancia no resuelve el problema de la inseguridad”.