Hace algo más de un año, el gobierno nacional –a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos– convocó a especialistas, magistradxs, fiscales, defensorxs oficiales, académicos y operadores en materia de infancia y adolescencia, para discutir los ejes medulares de una futura e imprescindible ley penal juvenil.

Fueron ocho mesas temáticas que –mediante un diálogo abierto y pluralista– construyeron un consenso básico pero central para delinear un anteproyecto de ley. La experiencia fue enriquecedora, repleta de matices y donde todxs lxs que participamos tuvimos posibilidad de expresar y argumentar nuestrxs posiciones. La última mesa, vinculada a la edad mínima de responsabilidad penal juvenil (es decir, relacionada a la baja o no de la edad de punibilidad de lxs adolescentes) fue la que alcanzó el mayor consenso de todas. Una mayoría abrumadora, conformada por personas con diversas profesiones, ideologías y edades, nos pronunciamos tajante y fundadamente en contra de la baja de la edad de punibilidad.

Sin embargo, pasaron cosas. Sorpresivos fenómenos climáticos domésticos también arreciaron sobre aquel trabajo de diálogo, tan fomentado como luego negado. El consenso se agrietó, lo agrietaron. Y lo que fueron apenas voces minoritarias, marginales y huérfanas de todo fundamento se erigieron en un consenso tan mágico como coincidente con las posturas de lxs anfitriones.

Lxs bajacionistas lograron, desde una posición ínfima, volcar sus pretensiones no sólo en cierto discurso oficial, sino en algunos tímidos papers que circularon en distintas actividades. Y digo cierto discurso oficial porque, al mismo tiempo, el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (integrado por los organismos de protección de infancia y adolescencia de todas las provincias y la CABA, y presidido por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) aprobaron un anteproyecto de ley penal juvenil en el que la edad de punibilidad se mantenía en los dieciséis años.

Por aquel entonces, hilvané las pretensiones bajacionistas con diversos acontecimientos que cristalizaban un grave retroceso en materia de derechos humanos de lxs niñxs y adolescentes (tareas de inteligencia sobre actividades estudiantiles; ingresos indebidos a escuelas secundarias; incremento de las aprehensiones de niñxs cada vez más pequeños; represiones en comedores comunitarios; intentos de criminalizar la protesta estudiantil; entre tantísimas otras). Y, por supuesto, todo esto enmarcado en un grave proceso de empeoramiento de las condiciones de vida de lxs niñxs y adolescentes, en lo que respecta al goce de sus derechos económicos, sociales y culturales.

En aquella coyuntura (grave pero menos que la actual) postulé que, en rigor, lxs bajacionistas predicaban un modo (nada novedoso) de ajuste para la infancia y la adolescencia. Consistente en desembarcar con el derecho penal en un segmento etario que sólo debe ser abordado por el conjunto de políticas públicas de satisfacción y protección de derechos. Es decir, la baja de la edad consistía y consiste en un ajuste de las políticas sociales hacia la infancia y adolescencia redireccionando su abordaje hacia el derecho penal.

Desde aquel entonces hasta hoy siguieron pasando cosas, diversas e invariablemente perjudiciales para este colectivo. Pero una en particular cristalizó con absoluta nitidez aquella discusión. Se trata de la Decisión Administrativa 1605/18, mediante la cual el Jefe de Gabinete de Ministros efectuó una modificación al presupuesto del corriente año. En sus fundamentos se destaca la necesidad de incrementar los fondos de diversas áreas, entre ellas, los del Ministerio de Seguridad. Y, al mismo tiempo, se explica que tales aumentos se financiarán con la reducción de los presupuestos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Esta reducción impacta fundamentalmente en las políticas vinculadas a la primera infancia y a los programas federales de protección de niñxs y adolescentes. Es decir, se trata de fondos que las políticas de seguridad le arrebatan a nuestrxs niñxs y adolescentes.

Quizás constituya una ingenuidad por parte de quienes –aún– creemos en la ley o, mejor dicho, en su vigencia y respeto. Porque bien sabemos que la creencia abstracta en la ley y en el diálogo es un mecanismo discursivo que suele usarse para negarlos en los hechos. Pero bien cabe destacar que, entre tantos otrxs especialistas y organismos, Unicef recordó un bello artículo que establece específicamente que “la previsión presupuestaria en ningún caso podrá ser inferior a la mayor previsión o ejecución de ejercicios anteriores. Dispóngase la intangibilidad de los fondos destinados a la infancia, adolescencia y familia establecidos en el presupuesto nacional” (art. 72, ley n° 26.061).

Lxs bajacionistas y las reducciones presupuestarias de los fondos destinados a la niñez y la adolescencia no sólo configuran las dos caras de una misma moneda de ajuste. Además, son ilegales y perversos. Básicamente porque no hay mayor perversión que cuando la política criminal y de seguridad le arrebata la alegría y los globos a la infancia y adolescencia.

* Defensor público oficial ante los tribunales orales de menores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.