El Tribunal Superior de Justicia porteño rechazó el recurso de queja presentado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada) en la causa que, hábeas corpus mediante, pedía declarar “sujetos de derecho no humano” a los tres chimpancés, Martín, Sasha y Kangoo –que viven en el Ecoparque– con el objetivo de que sean liberados y trasladados a un santuario de animales en Brasil. Tras la resolución, los animales continuarán viviendo entre rejas, aunque hay pendiente un amparo colectivo presentado por el Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Capital Federal.

El fallo del tribunal, fechado el 19 de diciembre pasado, no hizo lugar a la queja de la Asociación por el fallo de la sala I de la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal que había confirmado el rechazo en primera instancia que dictó el juez Norberto Tavosnanska, a cargo del juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas N°17 de la Ciudad.

El litigio se remonta al 28 de noviembre de 2017, cuando Tavosnanska rechazó el hábeas corpus presentado por los animalistas en “atención a la preocupante situación” en la que se encontraban los primates, de los cuales no sabían nada desde el 23 de junio de 2016”. En esa época, el gobierno porteño había comenzado la transformación del ex zoológico en Ecoparque.

Y el presidente de Afada, Pablo Buompadre, sostenía que la presentación se había hecho “después de varios intentos de consenso con las autoridades para lograr el traslado de los ejemplares que se encuentran en estado de precariedad”. Además, recordaba que existía jurisprudencia nacional e internacional sobre el tema. La justicia de Mendoza, tras una presentación de la ONG, había declarado “sujeto de derecho no humano” a la chimpancé Cecilia y la trasladó al Santuario de Grandes Primates de Sorocaba, en San Pablo. 

En otro fallo, la Justicia porteña declaró a la orangutana Sandra “un sujeto no humano titular de derechos fundamentales” y que “como un sujeto, su cautiverio y exhibición viola los derechos que ella titulariza, aunque se le alimente y no sea tratada con crueldad”.

Sin embargo, tanto en primera instancia como en Cámara dijeron que “no es posible asimilar a los animales a personas humanas” y dieron por concluido el reclamo sin expresarse sobre el verdadero motivo, que es el estado de los animales.

El fallo de la Cámara de Apelaciones, para la que los animales “poseen derechos, garantías y obligaciones”, sostuvo que el hábeas corpus no resguarda “el derecho a la libertad de quienes no son personas humanas”.

Para la abogada Laura Velasco, del Instituto de Derecho Animal, la decisión judicial “es una regresión en la jurisprudencia argentina. Y es regresivo porque no consideran a los animales seres sintientes y conscientes de acuerdo a la Declaración de Cambridge del año 2012, donde importantes neurocientíficos del mundo se reunieron y declararon que los animales no humanos tienen conciencia. Entre ellos estaba Philip Low –investigador  del Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT) y ex asesor de la administración del Presidente Barack Obama–. También Stephen Hawking apoyó la declaración que sostiene que los animales tienen los sustratos neurológicos necesarios para generar conciencia y la capacidad de sentir dolor, placer, miedo y temor como los seres humanos”. 

“No somos la única especie que tiene conciencia, y la Declaración cambia nuestra relación con las otras especies, cambia nuestra situación en el mundo, y nos tiene que hacer replantear el trato y destrato con los animales. Lamentablemente en la justicia falta mucho por hacer sobre el derecho de los animales. Tenemos jueces que no entienden sobre el derecho los animales”, agregó.

Por otra parte, la especialista remarcó que el Instituto presentó un amparo colectivo, que incluye a todos los animales, a diferencia de Afada que interpuso hábeas corpus por los tres chimpancés.

“El hábeas es particular para cada individuo, y se lo rechazaron porque no los consideraron sujetos. El amparo, que está en el juzgado de (Juan Manuel) Converset, es un instrumento más amplio, en el que además incluimos los árboles añejos y las construcciones que son monumentos nacionales”.