En medio de la crisis económica, la AFIP lanzó un “régimen de facilidades de pago” para cancelar deudas impositivas vencidas hasta el 31 de enero de 2019, inclusive, con sus respectivos intereses y multas. El programa tendrá un máximo de 60 cuotas, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual será de 1.000 pesos. Los contribuyentes interesados deberán suscribirse al sistema “Mis Facilidades”, a partir del 15 de mayo.

El nuevo plan, cuya reglamentación se publicó este lunes en el Boletín Oficial, otorga la posibilidad de regularizar períodos impagos vinculados con obligaciones impositivas y previsionales, e incluye retenciones y percepciones impositivas.

Entre los beneficios de la iniciativa se destacan para las pymes, monotributistas y autónomos una tasa máxima del 2,5 por ciento mensual y un pago a cuenta de sólo el 1 por ciento de la deuda.

En cambio, no están incluidos en este plan de facilidades de pago los anticipos, pagos a cuenta, intereses provenientes de capital cancelado, el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, ni sobre los combustibles líquidos y gas natural, como así tampoco las obligaciones vinculadas con regímenes promocionales e impuesto específico sobre la realización de apuestas.

La tasa máxima del 2,5 por ciento mensual también regirá para el resto de los contribuyentes que realicen un pago inicial a cuenta del 20 por ciento de su deuda, en tanto aquellos que opten por un pago a cuenta del 5 o 10 por ciento no gozarán de este beneficio.

La primera cuota del plan de facilidades vencerá el próximo 16 de septiembre de 2019, cualquiera sea la fecha de ingreso al plan.

El cálculo de la tasa se determinará cada tres meses, en base a su valor vigente el día 20 del mes anterior a cada trimestre. Como ejemplo, la tasa del trimestre octubre-diciembre de este año se fijará con el valor del 20 de septiembre.

Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de este mes y el 31 de agosto, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20 por ciento; en este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.

Este régimen admitirá también, a partir del 1 de junio, la refinanciación de las deudas incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero último, con un pago inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.