Esta fue una afirmación del ex Presidente de EE.UU. Bill Clinton, no mía. Obvio que más allá del insulto o la descalificación, coincido con el fondo del enunciado. Y esto tiene que ver con el párrafo de los diez puntos emitidos por el presidente Macri referido al derecho de los trabajadores y más específicamente al empleo y por el cual propone mendazmente la Creación de empleo formal a través de una legislación laboral moderna, que se adapte a las nuevas realidades del mundo del trabajo sin poner en riesgo los derechos de los trabajadores.

La cruda y dura realidad de este período presidencial, que afortunadamente culminará el diez de diciembre de este año (lapso de espera agobiante) demuestra un escenario de ocupación laboral totalmente contradictorio con el postulado macrista.

En efecto, hoy la desocupación ya pasó los dos dígitos de conformidad a lo informado por la casi totalidad de las consultoras especializadas en el tema. Alguna de ellas –el caso de CESO por ejemplo, dirigida por Andrés Asiain– informa que asciende a 11,1 puntos porcentuales. Incluso hay estimaciones que lo sitúan en 12,5. Destaco que en el tercer trimestre de 2015, en la culminación de la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, la desocupación era mucho menor: 5,9%. Creo que, como ha quedado demostrado a lo largo de la historia, el derecho del trabajo no crea ni destruye empleo. A lo sumo lo que puede hacer es distribuir con más equidad y más razonabilidad, el empleo existente. Esto lo puede hacer, por ejemplo, mediante la regulación de la jornada de trabajo, reduciendo su límite máximo. Ello, además de permitir la redistribución del trabajo existente aumentaría la productividad y disminuiría tanto el ausentismo como la siniestralidad laboral, tal como quedó demostrado en un estudio realizado por la OIT en 1998. Y es que la sobreocupación afecta notablemente el rendimiento de los trabajadores, entre muchas otras afecciones que provoca.

En este 2019 se celebran los 100 años de la creación de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.). El primer convenio de la OIT. –esto demuestra la relevancia del tema– Convenio Nº 1 estableció como regla la limitación de la jornada a 8 horas diarias y 48 horas semanales. Dispone su art. 2: “En todas las empresas industriales públicas o privadas, o en sus dependencias, cualquiera que sea su naturaleza, con excepción de aquellas en que sólo estén empleados los miembros de una misma familia, la duración del trabajo del personal no podrá exceder de ocho horas por día y de cuarenta y ocho por semana…”

En nuestro país la limitación de la jornada se estableció originalmente el 12 de septiembre de 1929 mediante la sanción de la ley 11.544,  que fijó el límite máximo para la jornada diaria y salubre en 8 horas diarias o 48 semanales; de la jornada nocturna en 7 horas diarias, y de la insalubre en 6 horas diarias o 36 semanales. Pero esta ley excluía a “… los trabajadores agrícolas, ganaderos y el servicio doméstico…” que en virtud de dos normas –una de Aramburu y otra de Martinez de Hoz-Videla– tenían jornadas más extensas que podían llegar a las 12 horas diarias.

Afortunadamente la Ley 26844 “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” (abril/2013) estableció para los y las trabajadoras de casas particulares (antes denominado “servicio doméstico”) una jornada máxima de 8 horas diarias o 48 semanales; y la Ley 26.727 (2011) de trabajo agrario redujo para éstos la jornada semanal de 48hs a la de 44 hs (desde el día lunes hasta el sábado a las 13hs).

Obviamente que sería bueno extender esa jornada semanal a la mayoría de los trabajadores, como lo propuse a través de reiterados proyectos de ley que no obtuvieron sanción pese a que una medida de esta naturaleza implicaría una inmediata habilitación de puestos de empleo, producto de una distribución más equitativa de las horas de trabajo reduciéndose a la par la sobreocupación y el desempleo.

Pareciera ser que los “puntos” de Macri son los trabajadores, ya que cuando postula la “Creación de empleo a través de una legislación laboral moderna” si se analizan sus antecedentes o su ideología queda en evidencia que, de acuerdo a todos los proyectos oficiales, lo “moderno” es la flexibilización laboral. Por esto y mucho más decimos: basta MACRI.

Héctor Pedro Recalde: Abogado laboralista, presidente de Fuentes.