El Gobierno regularizó el salvoconducto para los cuidadores de personas mayores. Las tareas de cuidado de los adultos mayores es una de las excepciones autorizadas por el DNU del aislamiento social preventivo obligatorio, pero quienes ejercen ese rol deberán circular con una declaración jurada elaborada por el Ministerio de Desarrollo Social. En el caso de cuidadores profesionales precisarán que el documento esté firmado por la persona a cuidar o un familiar.  

La resolución de la Secretaría de Familia y el PAMI contempla que "las personas mayores se encuentran entre los grupos de riesgo a los que más seriamente afecta el coronavirus COVID-19", que "un amplio porcentaje de las personas mayores de 60 años o más viven solas o con otra persona mayor" y que ellas "necesitan de cuidados, asistencia y apoyos especiales para la realización de su vida cotidiana". 

En ese contexto, el Ministerio de Desarrollo Social formalizó la declaración jurada para que familiares y cuidadores profesionales queden exceptuados de la medidas de aislamiento ordenadas por el Decreto 297/20 y puedan "llevar adelante todo lo que esté a su alcance para colaborar con las personas mayores de edad en la realización de las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria".


Permiso de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires

El cuidado de adultos mayores es una de las condiciones de excepción para las medidas de aislamiento que el Gobierno dispuso en la primera versión del DNU anunciando por el presidete Alberto Fernández en la noche del jueves. Excepciones que fueron ampliadas a varios sectores productivos un día después. 

De todas formas, quienes reúnan las condiciones para circular sin peligro de ser detenido o penados por violar la cuarentena, deben emitir un permiso de tránsito. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires se debe completar una declaración jurada on line para cumplir con la medida.