El represor Miguel Etchecolatz, que cumple múltiples condenas por delitos de lesa humanidad, había solicitado el beneficio del arresto domiciliario amparado en el presunto riesgo que corre de contraer coronavirus en la cárcel. Pero la Cámara de Casación Penal opinó lo contrario, por lo que continuará encerrado en el penal de Ezeiza. La Alzada también le rechazó el beneficio a Néstor Cendón, carcelero del centro clandestino de detención conocido como "Vesubio".

La Sala I del máximo tribunal penal federal del país declaró "inadmisible" la petición de arresto domiciliario que realizó la defensa de Etchecolatz, quien dirigió la Policía Bonaerense durante la última dictadura cívico militar y ordenó, propició y participó de secuestros y torturas por las que recibió siete condenas, varias a prisión perpetua. Su solo nombre es todo un símbolo que resume la magnitud de los crímenes de la última dicadura cívico militar, dado el papel central que tuvo dentro del aparato represivo. Se vincula, por ejemplo, a la Noche de los Lápices, o a las dos desaparaciones de Jorge Julio López.

La defensa del ex hombre fuerte de Investigaciones de la bonaerense se amparó en la situación sanitaria generada por la pandemia. Pero los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña rechazaron el planteo, argumentando que las autoridades penitenciarias "han adoptado medidas de aislamiento" en el lugar de detención de Etchecolatz y "hasta el momento no se han reportado casos positivos ni sospechosos", informaron fuentes judiciales. Al momento de definir su fallo, los magistrados también tuvieron en cuenta la "gravedad de los delitos" de lesa humanidad por los que está condenado, sucedidos en centros clandestinos de detención que funcionaron en el territorio bonaerense.

En el caso del ex agente penitenciario Néstor Cendón, actuó la Sala IV de Casación con la misma conclusión: el rechazo a habilitarle la prisión domiciliaria por integrar el represor el grupo de riesgo de contagio de la covid-19. Los camaristas Mariano Borinsky y Javier Carbajo declararon "inadmisible" el recurso interpuesto por la defensa de Cendón, y remarcaron "la gravedad de los delitos" por los cuales está condenado a prisión perpetua. Además, destacaron que la fiscalía y la querella particular en la causa se opusieron a dar el beneficio de arresto domiciliario. Cendón fue condenado por violaciones a los derechos humanos en El Vesubio. Conocido también con el nombre de “La Ponderosa”, comenzó a funcionar en 1976 bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal y funcionó hasta 1978, cuando, según pudo reconstruirse, fue demolido ante la visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Según datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, desde marzo pasado hay casi 140 imputados y condenados en causas de lesa humanidad que, con el argumento de un posible contagio de coronavirus, pidieron que se los deje cumplir encierro en sus casas. Hasta la semana pasada, según el informe hecho a partir de la información aportada por las fiscalías, el 72% de los pedidos fueron denegados, y al 19% se le concedió domiciliaria o excarcelación. Un 9% estaba aún sin resolver, en trámite. Entre ellos se encuentran las repudiadas domiciliarias concedidas al exmarino Rogelio Martínez Pizarro, uno de los médicos que asistía a los militares en las salas de torturas, y también los partos de las embarazadas en la ex Esma. Y la del exaviador naval Luis Ambrosio Navarro, condenado a prisión perpetua por su participación en los vuelos de la muerte. Ambos fueron mandados a sus casas la semana pasada por la Sala II de Casación Penal, con las firmas de los jueces Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci