El gobierno nacional suspendió hasta fin de año la aplicación de la movilidad jubilatoria para ajustar trimestralmente los haberes previsionales dictada por el macrismo, con lo cual la variación de las jubilaciones y pensiones seguirá tomándose a través de decretos del Poder Ejecutivo.

La medida fue tomada “ante la realidad impuesta por la pandemia de coronavirus” que hace “sumamente difícil, ya no solo construir una fórmula de movilidad seria, razonable y perdurable, sino prever o predecir cómo se comportarán las variables económicas en los próximos meses”, indica la decisión firmada por el presidente Alberto Fernández.

La medida fue oficializada a través del decreto 542/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial e indica que el Poder Ejecutivo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la puesta en marcha de la norma que establece un incremento trimestral en los haberes.

El texto indica que durante este período el Poder Ejecutivo determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general “con el fin de preservar el poder adquisitivo de los mismos, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos”.

La fórmula había sido suspendida por 180 días a través de la ley 27.541 de Emergencia Pública votada en diciembre del año pasado. Allí se estableció que dentro del mismo plazo el Poder Ejecutivo debía convocar una comisión para que propusiera un proyecto de ley de movilidad que “garantizara una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios y de las beneficiarias del sistema en la riqueza de la Nación”.

Sin embargo, la cuestión fue prorrogada hasta fin de año debido a que la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus “ha impactado en la recaudación de los recursos de la seguridad social, en las remuneraciones al trabajo y en la evolución de los precios al consumidor”. Así se lo informará a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que debía tratar el tema.

En este contexto, se “tornan inciertos los indicadores o parámetros más relevantes utilizados para establecer una metodología rigurosa de cálculo con el fin de determinar la movilidad de los haberes previsionales”, dice uno de los considerandos del decreto.

También se reconoce que la pandemia provocó “una importante contracción, lo que también repercute sobre la recaudación nacional” y puntualizó que “la tasa de inflación mensual frente a esta coyuntura de restricciones, pierde parte de su capacidad informativa sobre una canasta de consumo cuya composición se ve severamente alterada en las actuales circunstancias”.

Además, la medida admite que “los principales indicadores y parámetros utilizados para determinar la movilidad de los haberes previsionales se han visto o se verán severamente afectados” por las medidas sanitarias y sociales lanzadas en el marco de la pandemia.

A la vez, puntualiza que “cualquier esquema de movilidad debe garantizar cierta estabilidad real en los beneficios previsionales frente a diferentes contextos macroeconómicos, así como establecer un nivel que se pueda sostener en el tiempo, dada la capacidad de los recursos fiscales”.