La viceministra de Salud, Carla Vizzotti, adelantó que por el aumento de casos de coronavirus en las provincias que han pasado del Aislamientos Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) al Distanciamiento Preventivo y Obligatorio (DISPO) quedarán prohibidas desde este lunes y por un período de 15 días las reuniones sociales en todo el territorio nacional. La decisión se encuadra en la nueva etapa de cuarentena que, desde mañana y hasta el 16 de este mes, continuará sin cambios en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

La medida, será oficializada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que ya firmó el presidente Alberto Fernández. 

"El aumento (de casos) que se ve en las provincias que han pasado de ASPO a DISPO es importante, y es por eso que en el nuevo DNU, en esta nueva normativa y por estos 15 días, hasta el 16 de agosto, se van a suspender las reuniones sociales en todo el territorio nacional", adelantó la viceministra.

facsimil del nuevo DNU donde se prohiben los


Un tope al brote

Esta nueva prohibición, explicó Vizzotti, está pensada "para que allí donde hay brotes se puedan controlar y para que allí donde no hay brote podamos minimizar la posibilidad de tenerlo"

En sintonía con lo que anunció el presidente el viernes pasado, cuando advirtió que quienes incurrieran en la violación del aislamiento estricto en las casas deberán enfrentar consecuencias penales por "favorecer la transmisión de una enfermedad", Vizzotti insistió: "El riesgo aumenta en las reuniones sociales tanto en los lugares donde está autorizado hacerlas como donde no está autorizado y se realizan igual".

Las medidas generales como lavarse las manos, usar tapabocas, ventilar los ambientes, lavar las superficies, toser o estornudar tapándose con el pliegue del codo y mantener dos metros de distancia, advirtió la viceministra, "son las más fáciles y a las vez las mas difíciles de cumplir en un contexto de cercanía".

En ese sentido, también advirtió sobre los momentos de comida o de descanso dentro del ámbito laboral como potenciales focos de contagio porque "nos sacamos el tapabocas para comer" y los espacios donde se llevan a cabo suelen ser "ambientes cerrados".

La ciudad de Buenos Aires y la provincia habían retornado el 18 de julio último a la fase 3 de la cuarentena, con un esquema de apertura escalonada de actividades en los dos distritos y restricciones en la circulación. Sin embargo, este viernes, Fernández anunció que la cuarentena continuaría sin flexibilizaciones hasta el 16 de agosto debido al aumento de contagios y de la tasa de mortalidad en el AMBA. En el resto del país, en tanto, han ido creciendo los casos de COVID-19, principalmente en Córdoba, Mendoza, Jujuy, Chaco y el sur de Santa Fe.

El nuevo DNU para extender la cuarentena

En el nuevo decreto el Gobierno oficializó el período de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus hasta el 16 de agosto inclusive, según corresponda en cada región del país, en lo que implica la novena extensión de la cuarentena que rige desde el 20 de marzo pasado.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 641, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso la renovación del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio desde el 3 de agosto hasta el 16 del mismo mes.

El DNU se dictó con el "objeto de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indelegable del Estado nacional en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de 2020, y de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la situación epidemiológica existente en las distintas regiones del país con relación al Covid-19", dice el texto.

Mientras el ASPO alcanza al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Jujuy y algunos departamentos de La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el distanciamiento social, que implica mayores flexibilizaciones, rige en el resto del país y en los distritos del interior de la provincia de Buenos Aires.

El distanciamiento social fue dispuesto en los "aglomerados urbanos, departamentos o partidos" de provincias que cumplan las condiciones de "no estar definidos por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen 'transmisión comunitaria' sostenida del virus", además de que "el tiempo de duplicación de casos confirmados no debe ser inferior a 15 días".

Como parte de las restricciones dispuestas por el ese distanciamiento, el Gobierno ratificó que quedan prohibidos los "eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas", además de los "eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente".

La infracción a esa última norma "deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal", añade el DNU.

También está prohibida la "práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes", del mismo modo que los cines, teatros, clubes y centros culturales.

Además, el DNU ratifica la limitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional sólo para los "casos" de actividades esenciales, y se sostiene la restricción para el turismo.

Para las zonas alcanzadas por el ASPO, en tanto, queda prohibido también el "dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades", además de "eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas", y "centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes".

Las restricciones del ASPO alcanzan asimismo al servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, con excepción de los trabajadores esenciales, y las actividades turísticas.