El Senado avanza con el tratamiento de una ley que garantice “equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de la diversidad sexual” en los medios de comunicación audiovisual, que contempla un cupo para personas trans del 1 por ciento. Las comisiones de Banca de la Mujer y de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, llegaron a un dictamen de consenso. El proyecto, presentado por la senadora Norma Durango, del Frente de Todos, recoge una propuesta del colectivo Periodistas Argentinas y aportes de otras redes de comunicadoras y especialistas en el tema. La iniciativa establece un régimen de cumplimiento obligatorio para los medios de gestión pública e incentivos para que el sector privado adhiera, por ejemplo, con beneficios en el acceso a la pauta oficial y el otorgamiento de “un certificado de equidad”. Se promueve, además, que hagan capacitaciones “en temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria”, implementen políticas de cuidados y protocolos de atención de casos de violencia por razones de género. La propuesta incluye una cláusula transitoria que aclara que “hasta tanto se garantice la equidad en la representación de los géneros, los puestos de trabajo en los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal serán cubiertos de manera progresiva atendiendo a las vacantes que se produzcan”.

El dictamen establece que la norma abarca a los medios alcanzados por la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Quedan incluidos en los servicios de gestión estatal aquellos bajo la esfera de Radio y Televisión Argentina S.E., Contenidos Públicos S.E., Télam S.E., y todo otro servicio de comunicación del Estado Nacional que se cree luego de la sanción de la presente”, se especifica en el artículo 2°.

El proyecto se debatió en una reunión plenaria de las comisiones de Banca de la Mujer y de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, presididas por lxs senadorxs Durango, y Alfredo Luenzo, ambos del oficialismo. “Creemos que en los medios se nota muchísimo la dificultades para que las mujeres se incorporen. Son minoría en las redacciones y no están en los órganos de decisión. Es un proyecto que busca un paso más en los derechos. Proponemos la equidad en la representación de los géneros, en la integración de todo el personal afectado, desde una perspectiva de diversidad sexual. La idea no es dejar al arbitrio de cada gestión la incorporación de la perspectiva de género”, explicó Durango. Días atrás, las directoras de los medios públicos firmaron un compromiso en ese sentido, en el marco de una reunión de la Comisión Bicameral Permanente de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización (ver aparte).

Al defender la iniciativa, Durango mencionó los datos de un relevamiento realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, que encabeza la periodista Sandra Chaher –una de las voces expertas que hicieron aportes al proyecto–: las mujeres son el 64 por ciento de las estudiantes de carreras de comunicación y periodismo, pero apenas el 30 por ciento de quienes trabajan en medios, en promedio. La idea, dijo la senadora, es llevar la propuesta para su votación al recinto cuanto antes.

Al borrador que llegó a la reunión se le incorporaron dos modificaciones: por un lado, en el artículo 2°, se eliminó la obligación para los medios de gestión privada, a partir de planteos de la oposición. Se acordó que se cree un régimen de incentivos, para su adhesión. El senador Luenzo, de todas formas, recordó que “cuando se habla de medios privados, en realidad gestionan licencias que les concede el Estado”. Se planteó también la dificultad para su cumplimiento en medios más pequeños.

Por el otro lado, se suavizaron las sanciones por incumplimiento de la ley: voces del oficialismo y la oposición coincidieron en quitar la inhabilitación del funcionarix como pena máxima, como estaba en la propuesta original, porque se consideró “excesivo”. Y quedó: “a) Llamado de atención; b) Apercibimiento. Estas sanciones no excluyen aquellas que pudieran corresponder en virtud del carácter de funcionario/a público/a del/de la infractor/a.”

Las senadoras más conservadoras y resistentes al proyecto fueron Silvia Beatriz Elías de Pérez, de Tucumán, del bloque de Cambiemos, y Clara María del Valle Vega, de La Rioja, que ingresó por Cambiemos Fuerza Cívica y ahora tiene un monobloque: llegaron a objetar el cupo del 1 por ciento para personas trans. Y reclamaron que se tenía que aclarar en el texto que tuvieran idoneidad para ocupar el puesto.

Al planteo opositor respondieron varias senadoras oficialistas, muy ofuscadas: Silvia Sapag, de Neuquén, dijo: “Por lo que estamos escuchando el patriarcado no es privativo de los varones”. La chaqueña María Inés Pillatti Vergara, de Chaco, recordó: “Cuando tratamos el cupo femenino, fue una ley de discriminación positiva. Muchas de nosotras estamos acá por el cupo. Ni a los hombres ni a nosotras se nos pidió idoneidad. Es una obviedad”. La tucumana Beatriz Mirkin señaló: “Si se hubiera puesto capacidad para ingresar al Congreso, hubiera sido discriminatorio”.

“Esta ley es más que necesaria”, coincidió la mendocina Arabel Fernández Sagasti. “Estamos hablando de ampliación de derechos. Soy licenciada en Comunicación, he trabajo en medios. No saben lo difícil que es para una mujer imponer su punto de vista cuando la mayoría de gerentes son varones. Estoy a favor de la regulación. La inclusión de los medios púbicos es necesaria pero también los privados”, proclamó María Eugenia Catalfamo, de San Luis, también del oficialismo y la más joven en ingresar al Senado.

Con las dos modificaciones propuestas, se acordó sacar dictamen de mayoría y se empezó a firmar esta semana: el proceso es lento porque la firma electrónica demanda 18 pasos por cada senador o senadora.

¿Qué establece el proyecto?

En el capítulo II crea un “Régimen obligatorio para los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal”, y en el artículo 4°, define el principio de equidad. “La equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en el acceso y permanencia a los puestos de trabajo, en los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal, debe aplicarse sobre la totalidad del personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones. En todos los casos, debe garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex en una proporción no inferior al uno por ciento (1%), de la totalidad de su personal”.

La definición es amplia, sin otras precisiones, para que el Poder Ejecutivo –que deberá designar la autoridad de aplicación– determine en la reglamentación cómo se debe cumplir. La idea es que sea un concepto superador de la paridad. “Son muchas y muy variadas las estructura que se deben modificar, de manera gradual, y por lo tanto tenemos que darles libertad para accionar a fin de que la norma sea aplicable. No existe ninguna legislación similar que hable de equidad de géneros y por eso decidimos hacerlo así”, explicó una asesora que trabajó en la redacción.

El capítulo III establece un “Régimen de promoción para los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada con y sin fines de lucro”. En este caso, la autoridad de aplicación “creará un registro” y “expedirá un certificado de equidad en la representación de los géneros para aquellos prestadores que incluyan dicho principio en sus estructuras y planes de acción”. Ese certificado “acreditará la implementación y promoción” de una serie de propuestas con vistas a incorporar la perspectiva de género y “puede ser utilizado en todas sus estrategias de comunicación institucional”. La reglamentación debe determinar el procedimiento de inscripción y vigencia. Este registro tiene carácter público y debe ser periódicamente actualizado.

El certificado de equidad

La iniciativa establece, en su artículo 7°, que para acceder al registro y obtener el certificado los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada, “deben elaborar anualmente un informe donde acrediten progresos en materia de equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual, detallando el cumplimiento de al menos cuatro (4) de los siguientes requisitos”:

a) Procesos de selección de personal basados en el respeto del principio de equidad en la representación de los géneros;

b) Políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual;

c) Implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, de conformidad con la normativa vigente en la materia;

d) Acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras;

e) Disposición de salas de lactancia y/o de centros de cuidado infantil;

f) Promoción del uso de lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación; y

g) Protocolo para la prevención de la violencia laboral y de género.

En el artículo 8 se establece que los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada a los que se otorgue el certificado de equidad en la representación de los géneros “tienen preferencia en la asignación de publicidad oficial efectuada por el Sector Público Nacional, integrado por los organismos comprendidos en el artículo 8° de la Ley 24.156, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, sin perjuicio de los criterios objetivos y requisitos establecidos por la normativa vigente en la materia”.

Los medios públicos

La propuesta normativa dice que en relación a los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal, la Autoridad de Aplicación debe:

a) Garantizar el cumplimiento del principio de equidad en la representación de los géneros;

b) Controlar la distribución equitativa de tareas y funciones en los servicios de comunicación;

c) Promover, en articulación con los organismos pertinentes, políticas de cuidado para quienes se desempeñen en los servicios de comunicación;

d) Realizar campañas institucionales de concientización y sensibilización para el fomento de la igualdad de las personas y la erradicación de la violencia por razones de género;

e) Promover el uso del lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación;

f) Capacitar en las temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, a todas las personas que se desempeñen en los servicios de comunicación, sin perjuicio de las disposiciones previstas en la Ley 27.499 (Ley Micaela);

g) Elaborar protocolos, guías de actuación y materiales de apoyo con perspectiva de género y de diversidad sexual, destinados a transmitir y garantizar los principios de igualdad, equidad y no discriminación;

h) Fomentar la difusión de noticias y producciones con perspectiva de género, diversidad sexual e interculturalidad;

i) Procurar acciones para la prevención de la violencia simbólica y mediática en la producción y difusión de contenidos y mensajes, con perspectiva de género, diversidad sexual e interculturalidad en los términos de la Ley 26.485;

j) Impulsar el intercambio de experiencias entre organismos e instituciones a nivel nacional e internacional, incluyendo organizaciones de la sociedad civil vinculadas con el objeto de la presente;

k) Elaborar un informe anual respecto del estado de cumplimiento de la presente ley que deberá elevarse a la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización;

l) Aplicar el régimen de sanciones establecido en la presente.

En la Cámara de Diputados, la oficialista Mónica Macha, presidenta de la comisión de Mujeres y Diversidades, viene realizando una serie de foros federales –ya se hicieron tres, con más de doscientxs participantes en cada encuentro– con comunicadoras, representantes de medios y la academia, para redactar un proyecto con un espíritu similar.

En la RTA

El Directorio de Radio y Televisión Argentina (RTA), que preside Rosario Lufrano, creó la Dirección de Género y Diversidad, y designó como titular a la doctora Susana Sanz. El área tendrá como objetivos promover la igualdad de oportunidades y la ampliación de derechos tanto al interior de los medios públicos como en sus contenidos. Desde el canal se informó que se dedicará “a la creación de un colectivo de género, impulsar acciones que amplíen y visibilicen la participación de las mujeres en los distintos ámbitos de RTA, garantizar la equidad en la representación de géneros y la inclusión de cupo trans y el colectivo LGBTIQ+ y trabajar en la generación de una agenda conjunta con Televisión Pública y Radio Nacional, que hasta ahora venían trabajando de manera separada y sin apoyo institucional”.

Además, “trabajará en un protocolo para situaciones de violencia de género, promover políticas de inclusión de las diversidades en relación con el género, la cultura y la etnia, y desarrollar campañas desde los medios públicos tendientes a la detección y procedimientos ente situaciones de abusos sexuales o violencia de género”.

 

Sanz es abogada, Magister en Antropología Social, docente e investigadora. Fue directora de Asistencia Técnica del Consejo Nacional de la Mujer y responsable del Área de Promoción de los Derechos de las Mujeres y la Participación Pública. Actualmente, integra ad honorem el Consejo Asesor del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad y es docente de la Maestría de Derechos Humanos y Democratización para América Latina, en el Centro Internacional de Estudios de la Universidad Nacional de San Martín.