El anuncio del gobierno nacional, que declaró vía DNU a las prestaciones de internet y televisión por cable como servicios públicos "en competencia", y a la telefonía móvil como servicio público y suspendió posibles aumentos en las tarifas hasta el 31 de diciembre despertó dudas y fantasmas poco fundados en algunos sectores. Se levantaron voces, desde la oposición fundamentalmente, advirtiendo que la regulación hará que el servicio empeore y que no lleguen las inversiones. Desde los sectores privados no fueron tan enfáticos. En tanto que el gobierno justificó la medida y la oportunidad de ejecutarla, en la obligación de "cumplir el compromiso de terminar con la lógica de los tarifazos y avanzar en garantizar el acceso a los servicios para todas y todos".  

En pos de desarmar las narrativas que en pocas horas se construyeron en portales y redes sociales, que suponen que mediante el DNU el gobierno estatiza las empresas prestadoras de servicios, congela las tarifas, que significará un freno en las inversiones o que empeorará la calidad de los servicios, los especialistas consultados por Página/12 precisaron los reales alcances y la interpretación del decreto.

La decisión del Ejecutivo restablece criterios en torno a dos grandes luchas en materia de telecomunicaciones. En primer lugar, el decreto repone en parte y amplía lo establecido en la ley "Argentina Digital" de 2014, que derogó parcialmente el ex presidente Mauricio Macri. Aquella ley clasificaba a la telefonía móvil, internet y tv de cable como servicios públicos "en competencia". 

Un servicio público en competencia, reconoce a la competencia como mecanismo y otorga una mayor capacidad del mercado para fijar precios y condiciones. El reciente DNU sostiene esta clasificación pero va un poco más allá: establece a la telefonía móvil como servicio público. De esta forma, obliga a los operadores a respetar el principio de continuidad y no cortar el servicio, así como otorga al Estado facultades para establecer condiciones de universalidad en el acceso

El decreto hace mención a una "prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad". Asimismo, las prestadoras deberán pedir autorización al Estado para el aumento de tarifas, con un esquema de costos que justifiquen esa suba.

El segundo criterio refiere a una puja que lleva años y recupera el especialista en medios de comunicación e industrias culturales Martín Becerra. La Ley de Telecomunicaciones que definió a la telefonía como servicio público no alcanzaba a la móvil, porque es del año 1972. Este "vacío legal" fue ocupado por las empresas privadas de telefonía móvil para no acatar esta normativa más restrictiva que el libre mercado.

Sector privado

Algunos nombres propios de las principales empresas que deberán suspender sus aumentos hasta el 31 de diciembre son Telecom, Movistar y Claro, que habían anunciado subas en las prestaciones de telefonía, internet, cable y hasta teléfono fijo semanas antes del anuncio. También Telefónica, Cablevisión, Telecentro, Personal, Claro, Fibertel y Speedy.

"Lo que seguramente vaya a suceder es una profundización del enfrentamiento mediático entre el grupo Clarín y el Gobierno, porque esto afecta directamente a las finanzas del grupo al tener que contar con la autorización del gobierno para elevar las tarifas", reflexiona Agustín Espada, investigador del Conicet y del programa de investigación “Industrias Culturales y Espacio Público” comandado por Martín Becerra. Varias de las empresas mencionadas forman parte del grupo Clarín. 

Servicio público y estatización

"Servicio Público” en derecho significa servicios de titularidad estatal, publicó el ex senador del Pro Federico Pinedo en Twitter y resumió una fracción del discurso opositor. El DNU no estatiza, aunque sí enfatiza el poder regulatorio del Estado y garantiza, en un momento particular por la pandemia pero también en una era digital, un acceso igualitario con precios coherentes a estos servicios esenciales. 

María Bielli, la legisladora porteña que presentó un proyecto para que se garantice el acceso inalámbrico gratuito a Internet en los barrios postergados, refuerza que internet es un derecho esencial en la medida que permite el acceso a otros derechos, como el derecho social a la educación, al acceso a herramientas del Estado para paliar la situacion económica y a trabajar.

Con esta medida, el gobierno apunta a garantizar el acceso en las zonas alejadas de los centros urbanos, aquellos lugares del país que no son rentables para el sector privado y por lo tanto éste no garantiza condiciones de acceso. Asimismo, las firmas con más reclamos en defensa del consumidor son las telefónicas y también de prestación de servicios de internet, por la mala calidad del servicio y abuso en el precio de facturación y abonos.

La investigadora del área de comunicación y cultura de Flacso Patricia Ferrante explica que no se trata de una novedad extraordinaria: los medios y las telecomunicaciones son objeto de regulaciones diversas en todo el mundo, y un área muy activa en un tiempo de creciente mediatización y digitalización.

¿Freno a las inversiones?

Espada menciona un ejemplo contrafáctico importante en la historia reciente de las telecomunicaciones en el país: mientras estuvo vigente la noción de "servicio público en competencia" con la ley Argentina Digital de 2014, hubo una gran inversión y expansión de servicios de 4g . Es decir, este no fue un impedimento para realizar inversiones. 

Más allá de este decreto, las inversiones privadas de estas compañías se encontraban frenadas, incluso desde antes de la pandemia por el proceso devaluatorio de 2018 y 2019. Entre 2015 y 2019, las empresas de telecomunicaciones invirtieron alrededor de 2.000 millones de dólares anuales, aunque la cartera de comunicaciones esperaba que, gracias a las nuevas normativas, los niveles de inversión de las empresas de telecomunicaciones llegaran a los 5.000 millones al año. Incluso Telecom, una de ellas, reperfiló hace dos semanas 500 millones de deuda en dólares. Lejos está, decreto o no mediante, de planificar inversiones para mejorar el servicio o ampliar su red de cobertura. 

El próximo paso

Una vez publicado el DNU en el boletín oficial, le toca a la autoridad de aplicación establecida, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), reglamentar la medida. Son muchas las definiciones específicas a ser resueltas: el alcance de algunos servicios particulares, las exigencias que debería tener la prestación básica universal, las obligaciones de  velocidades en cualquiera de las modalidades, las pautas para el corte del servicio en caso de falta de pago, entre otras.

Para pisar firme, es importante que el Ente discrimine en las exigencias para grandes y medianos jugadores. "En el caso de las telecomunicaciones, existe mas de un prestador en muchos sectores del país. Está claro que no pueden tratar igual a las continuadoras de Entel que contaron con diez años de exclusividad en la prestación de servicios,  grandes jugadores en el territorio nacional, que a pequeños prestadores regionales. Esperamos que en la reglamentación, se haga una diferencia entre los 3 leones y las más de 1.500 suricatas", explicó Franco Cecchini, el presidente de la Cámara Argentina de Comunicaciones Convergentes en el programa de radio Toma y Daca de AM750, a la vez que advirtió sobre una posible judicialización por parte de las empresas.