El Ejecutivo Municipal ratificó con cinco argumentos su decisión de mantener publicada en la web oficial municipal la nómina completa con el nombre, apellido, número DNI, monto del salario que percibe cada uno de los 3567 empleados municipales, su categoría y tipo de vínculo que mantiene con el estado municipal.

La publicación, ubicada en la solapa denominada Gobierno Abierto, generó la reacción de la Unión de Trabajadores Municipales (UTM) que conduce el gremialista Pedro Serrudo.

Esa organización gremial reclamó, mediante una nota al procurador municipal, Ramiro Angulo, que se restrinja, elimine o corrija esa publicación.

El gremio argumentó que vulnera la ley de Protección de Datos Personales, sostuvo que se trata de un “acto ilícito y mal intencionado”, que para proceder de ese modo se requiere del consentimiento informado y advirtió que iniciará acciones civiles o penales, contra el Estado municipal y los funcionarios que dispusieron la publicación de la lista.

Serrudo se notificó personalmente de la respuesta del Ejecutivo, firmada por el coordinador Jurídico y Legal, Daniel Nallar.

En esa nota la Municipalidad destacó que “La puesta en conocimiento de los datos mencionados en la página web del municipio capitalino, es dar efectivo cumplimiento a la Ordenanza 13.930 (Principios de Transparencia), que la publicación referida tiene como finalidad dar a conocer datos de naturaleza pública; que la publicación de los DNI es un elemento identificatorio de las personas, que permite diferenciar homónimos; que la Ley 25326 (Protección de Datos Personales) prevé en su artículo 5° apartado 2 que 'no será necesario el consentimiento'" cuando "se trate de listados cuyos datos se limiten a nombre, documento nacional de identidad, identificación tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento o domicilio”.

Finalmente, la Municipalidad informó al gremio que la ley nacional 27.275, de Derecho de Acceso a la Información, a la que se encuentra adherida la provincia de Salta mediante la ley 8.173, no contempla dentro de las excepciones previstas, la publicación de datos de la persona, como el DNI.

El asesor legal de UTM, Marcelo Astigueta, dijo que la ordenanza 13.930 regula el principio de transparencia de la función pública, en cuanto al derecho de acceso a la información de los órganos de la administración del Estado por parte de los ciudadanos.

Advirtió sin embargo que "la ley tiene supremacía, está por encima de la ordenanza y hemos detectado, una infracción, por incumplimiento a la ley 25.326, de Protección de Datos Personales, en donde no se respetan justamente los derechos de supresión de datos personales".

“Nosotros no nos oponemos a la ordenanza, a lo que sí nos oponemos claramente, es la publicación del DNI de cada uno de los representados por UTM”, dijo Astigueta.

Insistió en que están "pidiendo el cumplimiento de la ley, porque la ordenanza tiene que estar supeditada a ley y de acuerdo a la reglamentación tiene que haber un consentimiento informado, precedido de una explicación al titular de los datos, adecuado a su nivel social y cultural, de la información a que se refiere el artículo 6° de la ley 25.326".

Dijo el representante legal de UTM que el Ejecutivo "miró solo el artículo 5° de esa ley, pero no el 6°, que establece que cuando se recaben datos personales, se deberá informar previamente a sus titulares en forma expresa y clara cinco ítems, que en este caso no se tuvieron en cuenta".

La UTM insistió ante el Ejecutivo en la rectificación de la información y advirtió que si no procede de ese modo, interpondrá una acción judicial.