Dos productores del sur de la provincia deberán plantar ejemplares de quebracho blanco y colorado y financiar una campaña para prevenir la tala indiscriminada en esa zona, entre otras medidas. Así lo resolvió el juez federal de Garantías, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, en el marco de la causa iniciada por una denuncia que realizó la Administración de Parques Nacionales (APN), en diciembre de 2019.

En aquel momento se detectaron dos cargamentos de árboles talados sobre camiones, que, luego se pudo conocer, habían sido comprados por Carlos Mateo y Francisco Barbero. Ambos quedaron imputados por el delito de encubrimiento, dado que si bien no fueron quienes talaron los árboles, compraron la madera a sabiendas de que venía de la Reserva.

En la causa intervino el Área de Flagrancia de la Unidad Fiscal Salta, a cargo del fiscal general Francisco Snopek. La acusación se formalizó como encubrimiento por ánimo de lucro. En una acción conjunta entre la querella (a cargo de APN) y la defensa, se llegó a un acuerdo. Si se incumple, la causa se reactivará y los acusados deberán volver a comparecer ante el juzgado.

La coordinadora de Asuntos Penales de la Dirección de Asuntos Contenciosos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de APN, Natalia Cardozo, explicó a Salta/12 que las acciones a desarrollar por ambos imputados apuntan a concientizar sobre la prohibición de la tala en la zona. Esto implicará que por un año y medio Barbero y Mateo deberán colocar carteles de 1 metro 40 centímetros de alto por 1 metro 20 centímetros de ancho con leyendas cuyo contenido será decidido por la APN. Los carteles, que se deberán establecer en el primer mes que transcurra desde el cumplimiento de la sentencia, deberán ubicarse en las cercanías de la Reserva natural nacional.

Además, deberán pagar publicidades de un minuto que concienticen sobre la prohibición de la tala. Será el equivalente a siete pases diarios en un lapso de dos meses en una radio local con llegada a la Reserva y poblaciones aledañas. También deberán plantar ejemplares de lapacho y quebracho por un valor de 30 mil pesos, lo que, segun estimó Cardozo, alcanzará para 100 ejemplares. “Estamos viendo de encontrar el mejor lugar posible y los mejores ejemplares”, dijo la abogada de la APN. Los imputados deberán además pagar la suma de 15 mil pesos en calidad de resarcimiento a APN por los daños causados.

Cardozo explicó que la intención en este tipo de causas es encontrar alternativas a las disposiciones del sistema penal que permitan la restauración del ambiente afectado.

A ello agregó la necesidad de cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), a los que adhirió el país y que en su punto 4 indica la necesidad de cumplir con la educación ambiental.

“Es la primera vez que resolvemos de esta manera con material de concientización para cumplir con la Ley general del Ambiente”, y reestablecer la situación a lo que estaba originalmente, antes de producirse el daño. “Por eso es un precedente nuevo”, añadió la funcionaria.

Una de las posibilidades es que la tala la hayan efectuado quienes viven cerca o dentro de la Reserva, donde se encuentra la comunidad wichi Eben Ezer. A fines de los 90 los originarios llegaron a la zona a trabajar en algunas fincas y quienes los contrataron nunca los llevaron de nuevo a su comunidad de origen: El Traslado, ubicada en el departamento San Martín. 

Empezaron entonces a ocupar parte de los ex lotes fiscales 32 y 33. En 2005 el salvataje de estas tierras vino de la mano del gobierno de Néstor Kirchner, quien recompró una extensión que el ex gobernador y actual senador nacional Juan Carlos Romero había decidido vender a productores de agroganadería. Ya en 2014 las tierras fueron formalizadas como una Reserva Natural Nacional.

El director regional NOA de la APN, Facundo Bertolami, afirmó que es política de la entidad nacional el atender la situación de vulnerabilidad social de esta comunidad. Pero sostuvo que se debe definir cómo, y esto solamente podrá ser una vez que se decida de manera colectiva, con el involucramiento de la comunidad originaria.

La resolución judicial

El juez Rabbi Baldi explicó que, en caso de incumplimiento por parte de los productores, la acción penal podría reactivarse. Aunque no provocaron el daño de manera directa, la fiscalía señaló en la imputación la participación activa de ambos productores en la recepción de los ejemplares extraídos de un sector prohibido de la Reserva Nacional Pizarro, que posee 7.876 hectáreas de flora y fauna protegida.

En este caso, y según lo establecido por la fiscalía en la audiencia de formalización, los ejemplares talados pertenecían al Lote 1 de la reserva, donde está asentada la Comunidad wichí Eben Ezer, que tiene un contrato de comodato con Parques Nacionales para ocupar una determinada área y desarrollar tareas autosustentables.

Pese a que un sector se hallaba demarcado, la extracción los ejemplares se realizó en una zona prohibida, en donde no puede ingresar la comunidad wichí y mucho menos los acusados, puesto que la prohibición se dispuso para la protección de más de 300 especies de árboles existentes allí, entre ellas las variedades de quebracho, itín y yuchán (palo borracho).

Snopek resaltó la importancia del acuerdo arribado, puesto que se logrará reparar el daño ambiental causado. Entendió que los productores además podrán aportar a la concientización de la importancia de la Reserva natural de esa zona.