Roberto Domingo Mazzoni fue, durante los años de la dictadura, una de las caras visibles y tenebrosas del Poder Judicial del Chaco. Condenado en 2019 a once años de prisión por el Tribunal Oral Federal de Resistencia, la Cámara de Casación Federal confirmó la condena del exfiscal federal y ordenó a los jueces chaqueños que revisen los casos por los que lo habían absuelto. Para desgracia de Mazzoni, los integrantes de la Sala IV de Casación Federal también aceptaron revisar el sobreseimiento que le había dictado la Cámara de Apelaciones de Resistencia por su participación en una detención de 1975.

En octubre de 2019, el TOF de Resistencia condenó a Mazzoni por dos casos, los de Mirta Clara y María Gregoria Pérez, pero lo absolvió por los de Aníbal Ponti, Hugo Ramón Barúa y Eugenio Domínguez Silva. La condena del TOF había sido por apremios ilegales. Al filo de la feria judicial, los casadores Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo --en sintonía con la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y la fiscalía-- entendieron que debía ser condenado por tormentos, por lo que enviaron el caso nuevamente al TOF no sólo para que vuelva a examinar las absoluciones sino también la calificación legal en uno de los casos emblemáticos de la participación judicial en delitos de lesa humanidad.

A Mirta Clara la detuvieron junto con su esposo, Néstor Sala, el 5 de octubre de 1975. La llevaron a la Brigada de Investigaciones de Resistencia y, después, a la alcaidía. Un mes más tarde tuvo su primera comparencia ante el juzgado federal, donde Mazzoni era entonces secretario judicial. La mujer denunció los tormentos. Mazzoni no hizo nada. Al mes siguiente, volvieron a llevarla. Ella volvió a pedir un abogado para denunciar las torturas que padecían, incluso ella que estaba cursando un embarazo avanzado. Le mostró las quemaduras en sus piernas. Mazzoni no tuvo que contestar. Sólo manoteó el teléfono y discó. “Brigada, ¿a la señora Sala hay que preguntarle algo más?”. El mensaje era claro: su conexión con el lugar de los padecimientos era directa.

A María Gregoria Pérez la detuvieron el 21 de octubre de 1975. Cuando la llevaron al juzgado federal, entró un joven con un arma de fuego y se la dio a Mazzoni. “Le manda a usted un regalo el señor Thomas”, le dijo. Mazzoni admiró el arma y le apuntó a la presa política sin más. “Anote, Resca --le dijo al prosecretario--. La detenida va a comenzar a declarar”.

Durante el juicio, también se examinó la conducta de Mazzoni cuando pasó a desempeñarse como fiscal federal de primera instancia en Resistencia y cómo evitó investigar las denuncias de los padecimientos de los presos políticos. En el expediente quedó acreditado que desde 1976 el fiscal ante la Cámara de Resistencia Pericles Festorazzi le empezó a pedir que promoviera investigaciones, incluso tuvo intimaciones de la Cámara y del propio procurador general. Para la fiscalía, Festorazzi fue la contracara de Mazzoni y el ejemplo que mostraba que había funcionarios judiciales que hacían su trabajo aún en tiempos del terrorismo de Estado.

“Me parece que es un fallo importante”, dijo a Página/12 el fiscal ad hoc Diego Jesús Vigay. “Al confirmar las condenas y revocar las absoluciónes, consolida toda la reconstrucción que se ha llevado adelante en cuanto a la complicidad judicial de funcionarios de la Justicia Federal del Chaco con el terrorismo de Estado, que abarca puntualmente al exfiscal Mazzoni, pero que también incluía al exjuez federal Ángel Córdoba y al exfiscal federal Eduardo Flores Leyes, quienes fueron procesados incluso por hechos más graves y lamentablemente fallecieron antes del juicio oral”, agregó.

Después del fallo de la Sala IV, el TOF de Resistencia deberá, además, revisar las absoluciones que dictó en los tres casos de los presos políticos. Todos ellos, Ponti, Barúa y Domínguez Silva, fueron detenidos en 1975. Domínguez Silva incluso tenía 17 años. “Se observa que el tribunal de juicio soslayó ciertas apreciaciones de los testigos que podrían resultar relevantes a fin de esclarecer la responsabilidad penal de los imputados en los hechos bajo juzgamiento, todo lo cual evidencia la ausencia de fundamentación suficiente de la sentencia”, sostuvo Borinsky.

Uno de los argumentos que había esgrimido el tribunal para absolver a Mazzoni por estos casos fue que había impulsado la acción penal respecto de los padecimientos de Ponti, pero todo el impulso fue ordenar que se hicieran copias de la denuncia cinco años después de los hechos. El TOF incluso se justificó diciendo que Mazzoni no tenía mucho para hacer porque la investigación penal estaba en cabeza de los jueces y que el fiscal estaba en una posición de subordinación. Ese razonamiento fue fustigado por los casadores. “De ello no se sigue que cualquier comportamiento que no sea la más total y completa inacción --como sugiere la resolución bajo estudio-- baste para satisfacer las altas exigencias que el acceso de los ciudadanos a la justicia --materializados por nuestro ordenamiento positivo en la prohibición de su retardo o denegación-- implica para el ejercicio de una magistratura judicial”, escribió Hornos.

En la misma resolución, la Sala IV confirmó la condena a once años del penitenciario Pablo Casco y le reenvió al TOF para que revise una absolución que había dictado.  Casación deberá ahora evaluar si convalida o revoca el procesamiento de Mazzoni por haber presuntamente participado de la golpiza de Barúa al momento de ser detenido por el grupo de tareas de la Brigada de Investigaciones, lo que reimpulsaría la investigación penal contra el exfiscal federal.