Un conflicto gremial se activó esta semana en torno al uso de redes sociales digitales: la empresa estatal Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, responsable de las centrales nucleares Atucha I y II, comienza el año con una denuncia de sus trabajadores. El reclamo es por las restricciones “a las libertades individuales y constitucionales” que impone un nuevo “manual de uso” empresarial. Esto atañe tanto a redes sociales como a medios de comunicación tradicionales y según la empresa busca "colaborar con la protección de la reputación corporativa".

Aunque el Sindicato de Luz y Fuerza de Zárate sostiene que la disposición “pretende acallar nuestras voces”, la empresa señala que el procedimiento solo refiere a no divulgar “información que tenga que ver con la empresa”. Sin embargo, la resolución que inició el conflicto se presenta como “una guía” para “controlar” la “participación responsable” de los empleados “en el uso personal de sus redes sociales y/o medios de comunicación digital y tradicional”. La norma fue publicada esta semana, aunque se firmó el 17 de diciembre de 2020. Y el rechazo se funda en lo impreciso de los términos, además de las consecuentes arbitrariedades laborales y jurídicas que puede implicar.

Es tan amplia la descripción de “participación responsable” que demarca que muchos ámbitos laborales, cotidianos, estarán vedados para los trabajadores en sus redes. La resolución habilita también la supervisión a medios tradicionales pero la impugnación se centra en “el uso persecutorio” en redes sociales, y advierte sobre el disciplinamiento que procura la normativa. “La empresa pretende controlar las redes sociales de sus trabajadores para verificar su comportamiento y expresiones” sostiene el comunicado que repudia la Resolución 344/2020 de la estatal Nucleoeléctrica Argentina S.A., que proetende “controlar” expresiones y comportamientos del personal en redes sociales, advierte el secretario general de esa representación gremial, Néstor Iparraguirre.

Desde la empresa sostienen que “este procedimiento es común a muchas empresas” y que el objetivo es lograr una participación responsable “solo respecto a información estratégica de la empresa”. Sin embargo, establece que los comentarios en redes pueden ser revisados, y las declaraciones a medios tradicionales deben tener autorización. También define sanciones a quien incurra en su incumplimiento. Esto motivó una nota en repudio y una carta documento del sindicato. Ninguna fue contestada. Se decidió entonces denunciar públicamente el carácter persecutorio que pesa sobre “la opinión de los trabajadores”, a partir de esta norma. 

Esto obligó a la empresa a emitir un comunicado precisando los términos del procedimiento, pero no anula la acción de control "diario" que establece la resolución. De ahí que la representación gremial sostenga que esto responde a un historial de confrontaciones y restricciones a la actividad sindical. La continuidad de un conflicto "con algunos directivos de la empresa", señalan, apuntando a quienes se mantienen en sus cargos desde el macrismo, arrastrando una relación conflictiva con el gremio desde 2017. En ese momento se llegó a un punto de inflexión cuando su secretario gremial adjunto, Damián Straschenco, denunció envenenamiento con agua pesada, en un episodio todavía sin resolución judicial.

“Los términos de la resolución son tan amplios que no hay parámetros claros para comprender qué pretenden –detalla Straschenco--, y bajo ningún punto cabe que la empresa revise lo que ponen los trabajadores en las redes sociales”. En su defensa la empresa sostiene que con cada trabajador se firma una cláusula de confidencialidad. El argumento se remonta a una anécdota mediática: “Coca Cola también hace firmar un convenio de confidencialidad, por la fórmula de la gaseosa, mucho más vale eso para nosotros que manejamos energía nuclear”, justifican. En ese antecedente se resguarda lo que “arbitrariamente” puede implicar sanciones que van desde apercibimientos hasta despidos.

Es una zona difusa donde conviven reclamos gremiales con información empresaria. Allí se ubica el conflicto: “Si uno no está conforme en cómo lo trata la empresa, tiene la libertad de decirlo –replica Straschenco– y aunque mencione a la empresa, hablo de mis condiciones laborales”, sostiene. Es claro que el objetivo de la norma, explica “responde a una política de disciplinamiento y es persecutoria con nuestro sindicato”.

Los reclamos que sostiene el gremio van desde flexibilización laboral hasta las últimas paritarias a la baja, en un 11 por ciento. “Y entre otras cosas –agrega Strachenco--, reclamamos la falta de reconocimiento a los trabajadores que asumieron su responsabilidad desde el inicio de la pandemia”. En el invierno de 2020, la empresa reconoció que la productividad de las centrales nucleares alcanzó sus máximos niveles en 30 años. “Pero no hubo reconocimiento a los trabajadores que lo hicieron posible”, reflexiona. Aunque distingue que la resolución “es un paso de un derrotero de acciones que impone un directorio, no la empresa, sino quienes la conducen, porque la empresa somos todos”.

Para evaluar la “participación responsable”, la norma establece un control sobre toda actitud personal en redes. “Eso no tiene que ver con las obligaciones del trabajador con la empresa –describe Straschenco--, lo que uno sea, o haga fuera de la empresa, no puede significar sanción dentro de la empresa”. Las sanciones están en el convenio por una cuestión laboral, apunta. Pero esto “no aplica en lo más mínimo a el uso de redes sociales”, puntualiza. “Mi opinión es mi opinión, por mas loca o errada que pueda ser –concluye Straschenco–, si alguien quiere callarme está pretendiendo cambiar mi actitud de vida, coercionarme, porque no me van a cambiar, pero me obligan a callarme”.