Luego de más de un mes de audiencias, el Tribunal Oral Federal 1 de Salta condenó a Ramón Oscar Luna a 11 años de prisión por el delito de "tentativa de femicidio doblemente agravado por el vínculo y violencia de género" contra su ex pareja, en concurso real con lesiones leves en perjuicio de dos guardias.

Luna es un ex policía acusado por narcotráfico que estaba detenido en el Complejo Penitenciario Federal NOA III, en General Güemes. El 17 de enero de 2020, durante una visita de su pareja en el mismo penal, el hombre la atacó con un cuchillo provocándole un corte en el cuello en lo que para la Justicia se trató de un intento de asesinato. 

Durante las audiencias, además de los testigos, entre ellos guardias del Servicio Penitenciario, declararon la víctima y el acusado. La mujer participó del proceso como querellante, representada por la abogada Tania Kiriaco, mientras que Luna fue defendido por el abogado Félix Arancibia. 

El tribunal, integrado por Marcelo Juárez Almaraz, Liliana Snopek y Federico Díaz, coincidió al dictar la pena con la solicitada por el fiscal federal Ricardo Toranzos, del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta.

En su alegato el fiscal afirmó que quedó probada la conducta de Luna, no sólo respecto del momento en que atacó a la víctima, sino también en cada paso previo del plan orquestado por el ex policía. “Luna premeditó todo, dispuso una suma de dinero para ser retirada por su mujer, siendo éste uno de los motivos más fuertes utilizados para asegurarse la presencia de la víctima, a quien incluso le pidió de manera expresa que no fuera con la hija, por lo que vemos que había pensado en todos los detalles”, dijo Toranzos.

Añadió que el ex policía realizó todos los trámites internos para contar con ese dinero, 10 mil pesos, lo cual fue ratificado por testigos del Servicio Penitenciario Federal, quienes ratificaron que Luna solicitó esa plata y explicaron en detalle el protocolo para para obtenerla.

El fiscal recordó que el día del hecho Luna esperó a la víctima con un bizcochuelo, que llevó en un recipiente de plastíco tipo Tapper, y dentro había guardado un cuchillo. El recipiente no fue revisado por los guardias, tal como había previsto Luna, porque, como ratificó al declarar, “nunca lo revisaban”.

Toranzos solicitó un cambio de protocolo para garantizar la seguridad de las personas durante las visitas íntimas. Explicó que las habitaciones dispuestas para los encuentros conyugales tienen las comodidades básicas pero sus puertas carecen de un picaporte interno, por lo que, ante cualquier imprevisto o amenaza de violencia, las personas que están adentro no tienen posibilidad de auxiliarse. Encima, en este caso no funcionaba un intercomunicador interno que había en el cuarto.

“Solo la aparición del guardia que golpeaba las puertas de las habitaciones, minutos antes de que se cumplan las dos horas de la visita, constituía el único elemento de resguardo que, en este caso y de milagro, permitió la intervención de los guardias cuando Luna luchaba con su mujer para rematarla”, afirmó Toranzos.

Por esto, el fiscal y la querella en su alegato final, solicitaron formalmente al tribunal que, en su sentencia, se requiera al Ministerio de Justicia de la Nación y al Servicio Penitenciario Federal un protocolo multidisciplinario para ser aplicado a las visitas, tanto íntimas como de orden familiar, con el fin de que no se repitan situaciones similares y se garantice la seguridad ante cualquier situación de violencia, en especial sobre mujeres.

Controlador y violento 

En el debate se determinó que antes de atacarla, Luna hizo reclamos a su pareja por publicaciones en sus redes sociales. La mujer le recriminó el excesivo control al que la sometía y finalmente le dijo que quería terminar la relación, algo que el ex policía ya esperaba. 

Cumpliendo con su plan, el hombre le pidió un “último beso”, y aprovechó la proximidad para asentar el cuchillo en el cuello de la mujer y hacerle un corte de lado a lado. Instintivamente, la víctima le agarró la mano, tratando de defenderse. El fiscal destacó que "la intención asesina de Luna" era tal que ni siquiera se detuvo viendo ensangrentada a su pareja. En cambio, "la golpeó varias veces e incluso la mordió para que suelte el cuchillo y así rematarla, lo que afortunadamente no sucedió debido a la intervención de un guardia, quien escuchó los pedidos de auxilio".

Y cuando este y otro guardia intervinieron, Luna se resistió y llegó a provocarles lesiones con la cabeza y mordiéndolos, tratando de llegar a la víctima. 

El fiscal destacó que Luna dejó cartas dirigidas a dos hijas, su suegra y a un juez federal, que había preparado con la seguridad de que iba a lograr su cometido. “En estas cartas, Luna reconoció con frases claras y contundentes la empresa homicida que había proyectado, pero que no pudo concretar por la intervención de terceros”, indicó Toranzos.

Que Dios, si existe, me perdone lo que decidí hacer” y “los cuidaré a ustedes y a mi hijita desde el lugar que Dios me mande a descansar”, escribió el ahora condenado a una de sus hijas, mientras que a su suegra le pidió perdón por lo que iba a hacer y dejó instrucciones respecto a sus bienes en favor de la niña.

En este juicio, respondiendo a preguntas del fiscal, Luna reconoció las cartas. “Si está escrito así, no lo voy a negar”.

También la abogada querellante pidió la declaración de culpabilidad. En su alegato, Kiriaco se refirió también al ambiente de violencia de género que la víctima padeció a poco de iniciar la relación de pareja. Explicó que Luna ejerció una posición de supremacía sobre su pareja, a quien llegó a maltratar físicamente.

En cambio, la defensa consideró que el acusado fue autor del delito de lesiones graves, por entender que el ataque no puso en riesgo la vida de la víctima.

Tras deliberar sobre los planteos, el tribunal declaró culpable a Luna. Luego, en el juicio de cesura o determinación de la pena, la fiscalía presentó cuatro testigos que declararon respecto a la conducta de Luna dentro de la unidad carcelaria.

Sobre esa base y evaluando la gravedad del hecho y las condiciones personales de Luna, el fiscal solicitó la pena de 11 años de prisión, mientras que la querella apuntó al máximo de la escala penal, 15 años de prisión.

La defensa, en tanto, pidió que se tuvieran en cuenta circunstancias extraordinarias de atenuación y luego requirió la excepción de superar el mínimo de la pena, cinco años de prisión.

El fiscal replicó recordando que esta posibilidad no corre en caso de violencia de género. Aseguró que la víctima se encontraba en esta de vulnerabilidad, que había sido cosificada por el acusado y criticó los intentos de minimizar el ataque, de no haber sido por la intervención de los guardias “en este momento estaríamos llevando adelante este debate por un femicidio”, aseguró recordando que Luna intentó rematarla.