El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio planteó ayer un cambio en la calificación del crimen de Jimena Salas, para agregar el agravante de "femicidio no vincular" a la acusación que desde hace cuatro años venía tramitándose con la calificación de homicidio calificado con otros agravantes. 

El fiscal indicó que en función de los datos reunidos en el transcurso de la audiencia, corresponde el nuevo encuadre del hecho, que ahora calificó como homicidio calificado por ensañamiento, alevosía, criminis causa y femicidio no vincular.

También aclaró que el cambio en la calificación no altera la situación de los dos acusados que están siendo juzgados, por lo que el albañil y vendedor ambulante Sergio Vargas sigue acusado como partícipe secundario y a la pareja de la víctima, Nicolás Federico Cajal Gauffín, se le sigue atribuyendo encubrimiento agravado.

Vargas terminó involucrado en este hecho porque el día y la hora en que Jimena Salas fue asesinada, el 27 de enero de 2017, andaba vendiendo sandalias en el barrio San Nicolás de la localidad de Vaqueros. Para el equipo del Ministerio Público Fiscal que participa del juicio, la fiscala Ana Salinas Odorisio y los fiscales Gustavo Torres Rubelt y Ramos Ossorio, actuó como campana de los asesinos materiales que aún no han sido identificados. El abogado Marcelo Arancibia, que asiste al albañil, anunció que Vargas declarará hoy.

Para el cambio de calificación, Ramos Ossorio explicó que en función del desarrollo de las audiencias y de las declaraciones de los testigos, el Ministerio Público Fiscal haría uso de las facultades que prevé el artículo 466/67 del Código Procesal Penal para "precisar la imputación original que tiene que ver con el delito base". 

A cuatro años del crimen y punto de finalizar el juicio, en el que no se juzgan a los asesinos materiales, el fiscal consideró que el encuadre adecuado para la acusación corresponde a un femicidio no vincular porque se trató de la muerte violenta de una mujer, cometida por dos hombres, según los perfiles genéticos H1 y H2 que se encontraron en la escena del crimen y permanecen sin identificar.

El fiscal fundamentó la variante de "femicidio no vincular" según lo establecido en la Convención de Belem Do Pará, que describe entre las formas de violencia contra las mujeres "todo tipo de violencias: simbólica, física, psíquica, económica". "La decisión de arrebatarle la vida a una mujer de forma violenta configura un femicidio sin lugar a duda. Conforme a los perfiles genéticos H1 Y H2, eran masculinos por lo tanto entendemos que se encuentra actualizado el tipo penal", afirmó.

Además, el Ministerio Público Fiscal anunció la decisión de incorporar el inciso 7 del artículo 80 del Código Penal, que prevé el agravante de criminis causa, "tiene que ver con la comisión de un delito conexo, en este sentido, la sustracción de un elementos que entendemos ha sido acreditado en la jornada de ayer", dijo Ramos Ossorio. El fiscal explicó que los atacantes decidieron "ingresar a un domicilio habitado en horas del mediodía donde sabían que estaba presente la víctima y por lo tanto tenían incorporada la noción o decisión de matarla al momento de ejecutar el delito conexo".

Asimismo, Ramos Ossorio dijo que esta modificación no debería resultar extraña para la defensa. "Siempre estuvimos hablando de un homicidio calificado, siempre se puso en consideración la muerte de la víctima y siempre se puso en consideración al momento de la imputación de los dos (acusados) la perpretación de un delito conexo", manifestó.

Las defensas de Cajal Gauffín, ejercida por el abogado Pedro Arancibia, y la de Vargas, a cargo de Marcelo Arancibia y Luciano Romano, no objetaron la decisión fiscal, aunque pidieron precisiones sobre la situación de sus defendidos. Salinas Odorisio destacó que el encubrimiento "más que un delito base es un delito precedente (...) no se varía la acusación ni la plataforma de ninguno de los dos", ratificó. 

Además, el defensor de Vargas en la parte civil, Marcos Rubinich, preguntó a Marta Aguilar, abogada del niño, querellante en esta causa en representación de las hijas de la víctima, si adhería a esta nueva calificación de la fiscalía y manifestó que sí.

Además de la anunciada declaración de Sergio Vargas, para hoy también está citada su hermana, Verónica Vargas, quien encabeza las manifestaciones señalando que su hermano "es un perejil" y que el Ministerio Público Fiscal carece de pruebas. La mujer contó a Salta/12 que quería presenciar el juicio pero no pudo porque al estar citada como testigo recién podía hacerlo luego de su declaración. 

También se espera que declare la última pareja de Vargas y madre de sus dos hijas. Verónica Vargas añadió que su hermano era ayudante de albañil y que cuando no tenía trabajo se dedicaba a la venta ambulante. 

Un testigo amigo 

En la audiencia de este miércoles declaró un amigo de Cajal Gauffín y padrino de las hijas mellizas que el acusado tuvo con la víctima. El hombre dijo que lo conocía desde la infancia. Aseguró que apenas se enteró del hecho se trasladó a la casa del imputado, con su pareja, quien también era muy amiga de Jimena. Indicó que cuando llegó no pudo hablar con su amigo porque estaba "como bloqueado". Aseguró que siempre vio a la pareja de Cajal Gauffín y Salas "unida en todos los proyectos" que encaraban, tanto cuando decidieron hacer tratamiento de fertilidad para ser padres como cuando sacaron el crédito de Procrear para construir la casa propia.

Sobre la cremación del cuerpo de la víctima a 72 horas del asesinato, el testigo afirmó que sabía que esa era la voluntad de Salas, porque así lo había manifestado una vez en una charla que mantuvieron, entre él, su esposa y Cajal Gauffín. Dijo que ninguno quería "ser una carga para los demás" y eso pensaban respecto al mantenimiento de un lugar en un cementerio. "Ninguno de los cuatro era religioso ni practicante", afirmó. La fiscala le preguntó entonces qué implicaba que fuera "padrino" de las niñas y si hubo bautismo en una iglesia católica, el hombre respondió que sí.