Tras una reunión del Comité Operativo de Emergencia (COE) se dispusieron nuevas medidas que implican la liberación de más de una restricción sanitaria impuesta por la pandemia de la covid-19.

Entre ellas, se decidió que el uso de barbijos o tapaboca deje de ser obligatorio al aire libre. En cambio, su uso será obligatorio en espacios cerrados como escuelas, supermercados, lugares bailables y gastronómicos, cines, teatros, transporte público, ámbito laboral, eventos masivos y en espacios abiertos compartidos.

Se eliminaron las restricciones horarias de circulación en todo el territorio provincial.

El horario de funcionamiento de gastronómicos y locales bailables será de acuerdo a la regulación de cada municipio. 

En lugares cerrados y ventilados se permite hasta un máximo del 70 por ciento de aforo en relación con la capacidad habilitada y no pudiendo superar las mil personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas.

En lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar el distanciamiento.

Los eventos masivos de más de mil personas deberán funcionar al 70 por ciento de su capacidad y contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento (mail: [email protected]) en la que se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos.

Se deberá garantizar que el 100 por ciento de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra covid-19 (2 dosis).

Los locales gastronómicos deberán funcionar al 70 por ciento de su aforo y los asistentes tienen que estar inoculados, al menos, con la primera dosis de la vacuna contra coronavirus.

Los casinos y salas de juego podrán funcionar al 70 por ciento de su capacidad y la totalidad de las personas que concurran deberán contar con el esquema completo de vacunación contra covid-19.

Los locales bailables funcionarán con el 50 por ciento de su aforo y no deben superar las mil personas. Para la prestación del servicio, los establecimientos deben adecuar sus instalaciones para el armado de burbujas, garantizando las condiciones de higiene y seguridad y el estricto cumplimiento de las pautas generales de comportamiento.

Se deberá garantizar que el 100 por ciento de las personas que asistan a estos locales cuenten con el esquema completo de vacunación contra coronavirus.

Los salones de eventos funcionarán con el 70 por ciento de su aforo y no deben superar las mil personas. Los asistentes deben contar con las dos dosis de la vacuna contra covid-19 y respetar el protocolo específico.

Las reuniones familiares y sociales en domicilios particulares podrán tener un límite de 20 personas en lugares cerrados y en espacios ubicados al aire libre de hasta 100 personas.

En cuanto a los eventos deportivos, deberán funcionar al 50 por ciento de su capacidad y las personas que asistan deben contar con el esquema completo de vacunación.

Los gimnasios pueden funcionar al 100 por ciento de su capacidad. Las personas que concurran deben haber sido inoculadas con, al menos, una dosis de la vacuna contra el coronavirus.

Los catamaranes pueden funcionar al 100 por ciento de su capacidad. Todos los pasajeros a bordo deben contar con el esquema completo de vacunación covid-19.