En una clase de psicología de quinto año en el Colegio Secundario 5098 de la ciudad de Joaquín V. González, en la que se abordaba el tema del acoso sexual, tres estudiantes identificaron que estaban siendo víctimas del profesor de Química, Daniel Ludueña

El docente de psicología comunicó mediante acta la situación al director, Julio Cuéllar, y al vicedirector, Víctor Cuéllar Sosa, para que pusieran en práctica el protocolo correspondiente. Los directivos dieron parte a la supervisora del Ministerio de Educación, Mariana Soloaga, y Ludueña fue apartado preventivamente del cargo. 

Padres y madres manifestaron sus quejas porque las autoridades educativas se negaron a informar a la policía, a la fiscalía penal y a la Asesoría de Menores e Incapaces para que tomen intervención.  

El profesor y presunto acosador también enseña en otras instituciones educativas del departamento Anta y es director del Bachillerato Salteño Para Adultos de El Quebrachal. Además, preside la Liga Anteña de Fútbol y fue concejal de J. V. González. El docente fue denunciado años antes por acoso sexual pero el Ministerio Público Fiscal informó que esa causa fue archivada porque se comprobó que los mensajes con contenido sexual dirigidos a estudiantes habían sido emitidos desde una cuenta falsa creada por una estudiante que había reprobado la materia.

Padres y madres se reunieron el miércoles por la tarde con las autoridades del colegio, luego de enterarse por sus hijxs de lo que había pasado en la clase de psicología. Manifestaron que la dirección de la institución se negó a radicar la denuncia. 

Incluso el padre de una de las estudiantes, compañera de las chicas presuntamente acosadas, quiso radicar la denuncia en la Comisaría 50 pero no se la quisieron tomar con el pretexto de que la hija no era la víctima de acoso y diciéndole que habían consultado a la fiscalía y desde allí habían respondido que estaban al tanto y esperaban a que se resuelva el "protocolo de educación", cuando no es lo que corresponde. 

Según el artículo 31 de la ley 26.061 el agente público que sea requerido para recibir una denuncia de vulneración de derechos a niños, niñas y adolescentes "se encuentra obligado a recibir y tramitar tal denuncia en forma gratuita, a fin de garantizar el respeto, la prevención y la reparación del daño sufrido, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de grave incumplimiento de los deberes del funcionario público".

Ante la consulta de Salta/12, la Fiscalía negó haber sido consultada por la policía para la toma de la denuncia de uno de los padres. Finalmente y tras insistencia, la fiscala María Celeste García Pisacic, decidió ocuparse del tema y tomó la denuncia a la mamá de una de las niñas que fue acosada, y también a la madre y al padre de otras dos compañeras. 

La mamá de una de las chicas, denunció que la adolescente le relató a su padre que viene siendo víctima de acoso sexual por parte de Ludueña desde aproximadamente el 10 de septiembre, mediante mensajes de whatsapp pidiéndole que se quedara afuera, luego de las clases, para verse a solas con ella. La madre aportó las capturas de pantalla a la Fiscalía. La estudiante le había preguntado al docente el motivo de su pedido y éste le contestó que era para hablar "de tantas cosas que pasan". La madre especificó que la hija borró parte de la conversación pero ella le aportó el contexto y el relato del contenido del "diálogo" con Ludueña. El profesor le preguntaba además a la niña si tenía "privacidad" en sus mensajes, es decir si alguien más tenía acceso a ver su teléfono. 

La madre contó en la Fiscalía que cuando le preguntó a su hija por qué no le había contado antes, la chica explicó que tenía miedo y que su papá había estado enfermo, por lo que temía su reacción ante el docente. También le contó que Ludueña enviaba mensajes a sus compañeras y a una de ellas le pidió fotos inapropiadas, y dijo que cuando dejó de responderle los mensajes, Ludueña cambió de actitud con ella y como represalia le bajó la nota acusándola de haber "copiado" una trabajo que ella había realizado. 

Otro padre también radicó una denuncia sobre la base del relato de su hija. Detalló que mediante mensajes de texto de whatsapp el profesor Ludueña "se comunicaba con varias menores (de edad) todas mujeres, con actitudes babosas o insinuaciones e inclusive (hubo) circunstancias en (las que) le habría pedido a una alumna fotos íntimas así como en otro caso le ofreció hacerle un regalo de cumpleaños y le habría manifestado 'te regalo lo que vos quieras'".

Además, el padre dejó constancia en su denuncia de que al interpelar a un directivo por qué no daban parte al Ministerio Público Fiscal ni al Ministerio Público Pupilar según establece la ley 7093 de protección integral a niños, niñas y adolescentes de Salta, éste le respondió que la institución no haría la denuncia porque la situación surgida "era una cuestión de machismo", expresiones con las que habría minimizado lo que además es un delito de acoso sexual y grooming. El denunciante manifestó que aunque su hija no había sido acosada por el docente, entendía que era su obligación luego de haber tomado conocimiento de esta situación, radicar la denuncia para que la Fiscalía investigue.

La mamá de otra estudiante también denunció que había tomado conocimiento a través del relato de su hija que una compañera "tenía problemas con el profesor de química que en el aula le hablaba, le decía cosas fuera de lugar". La adolescente refirió que la compañera víctima de acoso se sentía incómoda pero no comunicaba a su familia lo que le hacía el docente.

"Esta situación se desbordó en la clase con el profesor (de psicología) en la que se abordó el tema del acoso y cómo (este delito) también se puede dar por parte del profesor. En esta circunstancia fue que los alumnos de la clase hablaron y expusieron diversas situaciones poniendo de resalto el nivel de agresividad (del) profesor (Ludueña) en los últimos tiempos", manifestó la madre. Añadió que era generalizada la incomodidad de las estudiantes del curso, incluso cuando debían pasar al frente, "ya que era evidente la actitud que tenía el acusado con las alumnas".

El docente que imparte la materia psicología había dado la opción a sus estudiantes de elegir temas para trabajar en el último cuatrimestre en el que aborda problemáticas psicosociales que afectan a adolescentes. Uno de los estudiantes eligió como tema el acoso sexual y lo trataron el martes último. En ese marco estallaron los relatos de las estudiantes que se identificaron como víctimas por parte del profesor de química, y también hablaron sus compañerxs que estaban al tanto de esto. Por los testimonios de estudiantes y padres y madres se sabe que el profesor de psicología dio inmediata intervención y labró un acta con todo lo sucedido en su clase, al vicedirector Víctor Cuéllar Sosa, que se encontraba en esos momentos en la institución. Pese a que este directivo aseguró que cumplirían con un "protocolo", dijeron que omitió su deber de denunciar esta situación. 

Tanto el director como el vicedirector y la supervisora fueron consultados por Salta/12 pero no respondieron. Años antes ya hubo otros docentes denunciados por acoso sexual a estudiantes en el Colegio 5098.

Incumplimiento del deber de denunciar 

Desde el Ministerio de Educación se informó a Salta/12 que la supervisora se reunió ayer con los directivos en el Colegio 5098. El docente fue separado de su cargo preventivamente. Sin embargo, dijeron que "no es obligación del Ministerio realizar la denuncia penal. Puede hacerlo cualquiera de los padres. Mientras tanto el Ministerio está realizando las acciones pertinentes según lo que marcan las normativas vigentes y lo que dicen los abogados". 

Además, especificaron que hubo una consulta al abogado del departamento jurídico, Martín Bollinger, y habría instruido que "no tenían la obligación de hacer la denuncia en la Justicia. Que si algún padre lo hacía estaba en su derecho".

Sin embargo, la ley provincial 7039 en su artículo 23 manda que "todo funcionario público o miembro de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales de las enunciadas en el art. 15, que tomare conocimiento (de) que un niño o adolescente sufriere un perjuicio o abuso físico o mental, descuido, trato negligente, malos tratos, abandono, explotación y/o abuso sexual, o resultaren víctimas de faltas o delitos, están obligados a poner la situación en conocimiento del Ministerio Público Fiscal y Pupilar, según corresponda dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) horas". 

También la ley nacional 26.061, en su artículo 30 se refiere al deber de comunicar. "Los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión".