El amparo presentado por la asociación Mamás Cannabis Medicinal (Macame) de Santa Fe para que no las penalicen por cultivar la planta con la que producen el aceite para el uso terapéutico de sus hijos llegó ayer a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que habilitó por primera vez en el país una audiencia pública por la causa. "Estamos aquí para pedir que estas familias sean ayudadas y no perseguidas por el Estado, ni policial ni judicialmente. Pedimos que se declare no punible el cultivo de cannabis cuando tenga fines terapéuticos", planteó el abogado de Macame, Domingo Rondina. "En el expediente se demostró que no hay riesgos en los preparados caseros de la planta de cannabis y sí muchos beneficios", consideró el abogado.

La audiencia pública realizada ayer estaba programada en dos jornadas, pero se decidió que se concrete ayer en un solo día. En primer lugar expusieron los amigos del tribunal, el Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Santa Fe, la Asociación Civil Fe y Esperanza Papis Adicciones, el CELS y el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF). También hablaron el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal; Mariana Graso y Pablo Ordoñez por la Defensoría General de la Nación, y el Fiscal de Estado de Santa Fe, Rubén Weder.

Al comenzar su exposición, que se extendió por más de 50 minutos y fue interrumpida varias veces por los ministros de la Corte que preside Horacio Rosatti para realizarle preguntas, Rondina remarcó que "siendo conductas privadas no punibles del artículo 19, no pueden exigirse autorización estatal ni inscripciones. También pedimos la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 27.350 -que da el marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal del cannabis- porque impone para la provisión gratuita del aceite la incorporación a un programa que regula el Ejecutivo". 

"La sustancia que las madres usan no son estupefacientes porque no se procesa con calor, por ello no es diferente el encuadre de este caso al de una familia que cultiva en su patio valeriana o tilo, y preparan un té con esas plantas. Todas las madres actúan bajo indicación y control de sus médicos libremente elegidos", agregó el abogado.

Tras la audiencia, Rondina dijo a Rosario/12 que la Corte "se mostró empática con las mamás al convocar a esta audiencia, y las preguntas que realizaron demuestran que tienen dudas sobre la posible confusión del aceite casero que fabrican con un medicamente. También si es un producto susceptible de causar daños que el Estado debería controlar o sí como nosotros decimos es un producto doméstico que sólo genera beneficios".

El abogado remarcó que el Estado nacional "expresamente consintió que no hay efectos graves producto del aceite casero de cannabis, y admitió que el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) "no controla ni ayuda para mejorar la calidad de lo producido, solamente es una base de datos de personas que cultivan". Rondina dijo que no está en contra del registro, pero consideró que "no debe habilitarse el control del Estado sobre estas conductas que son privadas".

Rondina pidió a la Corte que "exhorte al Congreso para que dicte una norma similar a la que existe con la masticación de hojas de coca, donde la ley de estupefacientes dijo que no es punible por tratarse de una práctica cultural que no dañe a nadie".

"Nada ha sido fácil para nosotras. Nos tocó esta parte porque la luchamos y la seguimos luchando y luchando por siempre. Van a haber muchos días para analizar y entender", posteó Laura Acosta, presidenta de Macame Santa Fe.