La Corte Constitucional de Colombia ordenó este viernes al gobierno de Iván Duque que adopte “siete planes de choque” para las regiones que fueron identificadas por la Defensoría del Pueblo como “zonas con emergencias humanitarias recurrentes”. Asimismo, le encomendó presentar un informe sobre los resultados de la implementación del plan en cada uno de los departamentos de Antioquia, Chocó, Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Córdoba y el Norte de Santander.

“La Sala Especial de Seguimiento, con ponencia de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, constató que persiste el Estado de Cosas Inconstitucional en materia de prevención del desplazamiento y protección de la población víctima de dicho flagelo. A esta conclusión llegó luego de realizar un análisis de los resultados de la política pública y de la respuesta institucional ante la existencia de falencias estructurales identificadas en el Auto 373 de 2016”, explicó la Corte en un comunicado que compartió a través de su página web.

A continuación, la Corte detalló que los indicadores de la Unidad para las Víctimas reflejaron un retroceso en la garantía de los derechos a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de la población. En cuanto a esto, explicó que es una consecuencia de la agudización del conflicto armado en los departamentos que se mencionan más arriba, en la expansión hacia otros departamentos, el aumento de la violencia en el país y el crecimiento sostenido de desplazamientos masivos y confinamientos.

“De acuerdo con el diagnóstico de la Corte, este contexto se agravó como consecuencia de la transformación y continuidad de cuatro factores: la presencia de cultivos para usos ilícitos; el reclutamiento, uso y utilización de menores de edad por actores armados; las minas antipersonales y municiones sin explosionar; y, los riesgos en contra de líderes, lideresas y autoridades étnicas”, añadió en el comunicado.

Por consiguiente, subrayó que el gobierno superó el bloqueo institucional por la falta de una política pública en materia de prevención. Sobre esto, la Corte explicó que se dio un “incumplimiento de parámetros constitucionales mínimos en la formulación de la política pública, la ausencia de resultados en la mitigación de los riesgos y vulnerabilidades de la población ante el desplazamiento, y la persistencia de fallas y problemas en el diseño y gestión de la respuesta estatal”.

Asimismo, detalló que hubo prácticas inconstitucionales “en materia de coordinación entre la Nación, los departamentos y los municipios”, y un “aumento sostenido de las solicitudes de protección y problemas en la respuesta de la Unidad Nacional de Protección”.

Por otro lado, enfatizó que hubo falta de continuidad en la respuesta institucional en el marco de la pandemia por coronavirus. “Esto, debido a que los planes diseñados para prevenir el desplazamiento no se adaptaron y, fueron insuficientes para mitigar los riesgos que se acentuaron por la pandemia”, aclaró.

En referencia a las recomendaciones, la Corte indicó que la Sala Especial adoptó 21 medidas dirigidas hacia el Poder Ejecutivo y a los organismos de control.

Entre ellas, se destaca la formulación de una estrategia de “articulación y racionalización de la política pública de prevención”, la formulación de un protocolo de respuesta que “profiera una alerta temprana y advierta sobre casos de riesgo extraordinario o externo” para que se activen las rutas previstas en el programa de protección, y la compulsación de copias a la Procuraduría General de la Nación para que “analice las denuncias formuladas en contra de la Fuerza Pública por comunidades del Cauca, y adopte medidas”.