LA UTA realiza un paro de 24 horas desde la medianoche, que afecta especialmente a las líneas de colectivos que conectan el AMBA, por el incumplimiento de los aumentos de salarios resueltos por el Gobierno. En tanto, el ministro de Economía y precandidato a presidente por Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, cuestionó a los empresarios de las cámaras de autotransporte de pasajeros, a los que calificó como "parásitos del Estado que pretenden extorsionar" y sostuvo que buscan que el Gobierno "les garantice la rentabilidad" de sus ganancias. Para el gobierno, la medida se trata de un lockout empresarial.

Cuál es la diferencia entre un paro de colectivos y un lock out

Mientras que el paro lo realizan los trabajadores para exigir mejores condiciones laborales, salarios, vacaciones y otros derechos, un "lock-out" es un paro realizado por uno o más empresarios que buscan defender sus intereses profesionales o económicos para ejercer una presión contra el Estado y los propios empleados. Es decir, en estas huelgas, los empleados son sujetos pasivos.

En Argentina, el derecho de los trabajadores a realizar una huelga está contemplado por la Constitución Nacional en el artículo 14 bis. Sin embargo, no es lo mismo hablar de un paro laboral de una comunidad de empleados que de un sector empresarial: estos paros patronales son los conocidos popularmente como "lock-out", y carecen de reglamentación legislativa.

No obstante, esta acción no es considerada un delito dentro del Código Penal. La única mención realizada al respecto se encuentra en el artículo 158, que establece: "Será reprimido con prisión de un mes a un año (...) el patrón, empresario o empleado que, por sí o por cuenta de alguien, ejerciere coacción para obligar a otro a tomar parte en un lock-out y a abandonar o ingresar a una sociedad obrera o patronal determinada".

En este sentido, la patronal decide "a voluntad" y de forma "no definitiva" cerrar el establecimiento donde se realizan las actividades laborales o prohibir la continuidad de las actividades, para retomar sus servicios "con otras condiciones" o tratando de "mantener las existentes", apunta la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ).

"Se lo define como el cese temporario de tareas, decretadas con carácter parcial o total, por uno o varios empleadores en defensa de sus intereses profesionales o económicos frente a los trabajadores", resume el organismo dependiente de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Seguí leyendo: